Queja

Lima, 25 de agosto del 2015

OFICIO N° 1563-2015/SG

Señores
TRIBUNAL DE ETICA DEL CONSEJO DE LA PRENSA PERUANA
Presente.-

Atención: Secretaria Técnica

Es grato dirigirme a ustedes para presentar ante el Tribunal de Ética, la queja del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, por los artículos periodísticos, mensajes y práctica periodística en general del Diario El Comercio publicados a partir del 19 de agosto del presente, por considerar que se han cometido trasgresiones a la ética periodística en perjuicio de la imagen y los objetivos institucionales del OSCE, de acuerdo a lo siguiente:

RESEÑA DE LOS HECHOS

  1. El periodista Cristofer Acosta tomó contacto con la Jefa de Prensa del OSCE, a través de llamadas telefónicas y mensaje de texto, en virtud del cual le dice que el objetivo de la entrevista es la supuesta pérdida de la información. Cabe precisar que en dicha solicitud no aclara la participación de un fotógrafo ni la de una asistente en principio. De acuerdo a ello, la Presidenta Ejecutiva atendió directamente al periodista (en compañía del Director del SEACE, la Secretaría General y la Jefa de Prensa), quien lejos de tocar el tema desde el punto de vista institucional, empezó a preguntar y cuestionar las causas de despido que habrían sido configuradas por la responsabilidad de Wilber Peña, como ex Jefe de la Unidad de Tecnologías de la Información, en el evento por el que pide la entrevista, mencionando (pero no mostrando) documentos internos (memorándums), en virtud de los cuales dicho ex funcionario no habría actuado con negligencia.
  1. En ese sentido, y en la medida que no habíamos sido advertidos previamente de que la entrevista estaría relacionada a un despido, que dicho sea de paso está judicializado y en primera instancia nos han dado la razón, no contábamos en ese momento con la documentación necesaria para rebatir sus cuestionamientos en temas de forma y de fondo relacionados al caso mencionado, y en razón de ello la Presidenta Ejecutiva solicitó interrumpir la entrevista para poder levantar la información, analizarla verificando lo dicho por el periodista y poder ejercer nuestro derecho de defensa, de ser el caso, en una segunda entrevista.
  1. Dicha solicitud no se acogió por parte del periodista en un principio, quien siguió desarrollando su entrevista, señalando una serie de números de documentos externos y esgrimiendo argumentos, que igualmente requerían levantamiento de información y análisis. Se adjunta el audio de la primera entrevista con el objeto que ratifique lo expuesto (Anexo 1). En varias ocasiones se le solicitó al periodista una nueva oportunidad para la realización de una entrevista y poder hacer ese análisis documental, necesario debido a la mención de hechos y documentos particulares y que no podían ser de cotidiano manejo de la Presidenta Ejecutiva, debido al volumen de la documentación que despacha y a la fecha en la que se produjeron los hechos.
  1. Debido a la situación, en virtud de la cual el periodista pretendía terminar una entrevista que limitaba nuestro derecho de defensa, y por nuestro lado, solicitábamos la posibilidad de buscar la documentación y presentarle los descargos en forma apropiada, finalmente se llegó a interrumpir una entrevista con la anuencia del periodista, en razón que consideramos dispar e inequitativa. En ese sentido, consideramos que como la entrevista no había terminado no era necesario invitar al fotógrafo, en tanto se estaba quedando en continuar con la segunda parte de la entrevista a la brevedad. Sin embargo, el periodista reaccionó de malas maneras, y en forma irrespetuosa nos amenazó con «acusarnos con su jefe», para luego publicar en su twitter, una historia distorsionada de lo que había pasado (Anexo 2).
  1. Nosotros nos adelantamos y conversamos con su jefe, Daniel Yovera, quien nos expresó que esta noticia no estaba en primer lugar y que no sabía si nos daría una entrevista más. No entendíamos lo que había sucedido, ya que el objetivo principal de una investigación periodística es la búsqueda de la verdad y el tratamiento de la noticia con objetividad, sin embargo, se había vulnerado nuestro derecho a defendernos, y poder contestar en forma integral, utilizando con mayor tiempo elementos de análisis documental tal como el periodista lo había hecho. Preocupados por lo que finalmente desarrolle el medio periodístico, nos adelantamos a presentar la Carta N° C.011.2015.UPIM, en virtud de la cual pudimos ejercer nuestro derecho de defensa, adjuntando una serie de documentación, sobre la base de los argumentos, cuestionamientos y documentos que el periodista nos mostró en la primera oportunidad (Anexo 3), en virtud de los cuales quedaba demostrado que el evento producido en noviembre del 2012 se había generado por acto de negligencia de ex funcionarios y que el OSCE había enfrentado el problema con las acciones correctivas, sancionatorias y judiciales correspondientes.
  1. Posteriormente, a nuestra insistencia, aceptaron darnos la oportunidad de terminar la entrevista, en la que menciona algunos documentos adicionales, se toman las fotografías y se conversa en forma general del hecho, sobre el cual se redactaría la noticia (Anexo 4). En esta ocasión, así como en la primera entrevista, fuimos enfáticos en afirmarles que el SEACE es una plataforma electrónica de transparencia, que tiene dos formas de registros: la base de datos conformada con el registro del historial de cada proceso, y los archivos de soporte de dicho historial que llegan a ser entre 6 a 8 archivos en formato pdf o Word. Dicho esto, negamos contundentemente que la base de datos del SEACE v2 haya colapsado, que no se había perdido información sobre el historial de los procesos, y que el daño estaba acotado a problemas de visualización en 400,000 archivos de soporte (representaba menos del 10% de los archivos de soporte que se registraron desde el año 2010 al 2012)[1].
  1. Se repitió que no habían desaparecido ni se habían perdido, y se aclaró repetidamente que dichos archivos y su identificación se encuentran en el SEACE v2, y frente al evento producido en el 2012, la entidad había reaccionado en forma oportuna implementando acciones correctivas (ya se ha verificado la visualización del 92% de los archivos con problemas con la colaboración interinstitucional de las entidades obligadas a custodiar los expedientes originales) y sancionatorias (se sancionó a los responsables y se les inició acciones judiciales correspondientes}. Adicionalmente, le reiteramos (ya que en la Carta N° C.011.2015.UPIM lo habíamos hecho, adjuntando copia de los oficios remitidos a las comisiones del Congreso) que después del evento producido en noviembre del 2012 habíamos seguido cumpliendo con la remisión de información requerida por las diversas instancias, ya sea Comisiones Investigadoras del Congreso, Fiscalías, Poder Judicial, Policía Nacional, etc. En dicha ocasión, la Presidenta Ejecutiva estuvo acompañada de los funcionarios que habían estado relacionados al evento. Y a todos los presentes nos quedó la sensación de que sólo había venido por las fotografías.
  1. Respecto a este punto, se le precisó que sólo se registran en el SEACE los procesos de selección bajo el ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado, no así los procesos provenientes de procesos de concesiones, ni de procesos llevados a cabo en el marco de un convenio de administración de recursos o de un convenio de gestión con un organismo internacional que constituye supuesto de inaplicación de la Ley. Aclarado este punto, se le indicó que los procesos de selección relacionados a los casos emblemáticos que hayan sido desarrollados bajo el ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado, están debidamente registrados y han sido, en su oportunidad, remitidos a las diversas instancias del Congreso, del Poder Judicial y de instancias investigadoras. Se adjunta a la presente las instrucciones para acceder a buscar y encontrar dichos procesos (URL:http://www2.seace.gob.pe/Documentos/1899123085146radD59C4.pdf) (Anexo 5).
  1. Un aspecto importante que precisar es que en ambas entrevistas, el periodista mencionó que tenía una lista de 500 archivos que no podía visualizar. Nunca comentó que dichos archivos estaban vinculados a los casos emblemáticos. Le solicitamos que nos proporcione esa información para ayudarlo a encontrar la información, ya que la tecnología del SEACE versión 2, es muy obsoleta y tiene problemas de enrutamiento y reordena miento de archivos de soporte ya registrados, que son solucionados por nuestros técnicos, en apoyo a las actividades de registro y de búsqueda, no sólo de los operadores logísticos, sino también de cualquier usuario común. Nunca nos proporcionó la lista y no permitió que lo ayudáramos, como si lo hacen muchos periodistas que acuden a nuestro servicio de atención o directamente a través de la Unidad de Prensa, cuando tienen algún problema técnico como usuarios del sistema.
  1. Al día siguiente, se emite la primera noticia publicada el día miércoles 19 de agosto de 2015 en la página inicial del Diario El Comercio con el titulado «Negligencia: se pierden 800 mil archivos de compras estatales» y en la página A2 con el título «Colapsa la base de datos del OSCE» (Anexo 6). De la lectura de ambos títulos se entendería que los archivos se habían perdido o borrado, que no eran 400,000 sino 800,000 (número que no fue cuestionado con algún documento por el periodista en ninguna de las entrevistas) y que además dicha pérdida se ha generado porque colapsó la base de datos, construyendo la percepción de que los hechos se habían producido en el PRESENTE. De la lectura del artículo, se pueden reproducir varias afirmaciones distorsionadas y contradictorias, que no sólo no fueron sustentadas documentalmente, y menos aún fueron parte de ninguna de las entrevistas:

-«…un desperfecto en el servidor del… (OSCE) hizo colapsar el denominado Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE). Se perdió toda la información almacenada de los procesos de contrataciones de fas entidades públicas del país, de los años 2009 al 2012». Este comentario es contradictorio y confuso porque nunca se perdió ni toda ni parte de la base de datos ni tampoco colapsó el SEACE.

-«Desaparecieron casi 800 mil archivos digitales que alojaban las bases de los procesos, las buena pro, los contratos, las cartas-fianza y fa absolución de consultas, y que se centralizan en la base de datos del OSCE». Este comentario además de contradecir el anterior, contiene tres imprecisiones: primero que nunca desaparecieron, segundo que los archivos de soporte no están dentro de la base de datos, y tercero que no fueron 800,000 archivos, sino 400,000 los que tuvieron problemas de visualización, y que además representaban menos del 10% de los archivos registrados entre 2010 al 2012 (4,500,000 aprox.). Actualmente los archivos que tienen problemas de visualización representan 1%, información que también se le proporcionó al periodista y que fue deliberadamente omitida en sus artículos.

-«Entre la información perdido, había obras vinculadas a los casos Coopex-Rodolfo Orellana, a las empresas brasileras, investigadas por el caso Lava Jato, a proyectos investigados por el caso Antalsis, entre otros». Este comentario alude a información que nunca formó parte de las entrevistas y que además, ya había sido documentado por escrito, con los oficios remitidos al Congreso y a las Fiscalías. Además, hay que recordar que los contratos de la empresa Antalsis se inician en diciembre del 2012 en adelante, lo que hacía imposible que dichos archivos hayan sido afectados.

-«El Comercio revela el colapso de una de los bases de datos más importantes del país, ocurrido en la institución que preside Magali Rojas De/godo, amiga del presidente O//anta Huma/a y de fa primera dama Nadine Heredia». Este comentario también tergiversa dos hechos. Primero que el evento fue informado por la Revista Caretas en el 2013 (Anexo 7), y en segundo lugar, que no soy amiga ni del Presidente ni de la Primera Dama, leyenda que se ha venido sosteniendo como verdad tautológica sólo por la coincidencia de que el padre de mis hijas es su promocional del Ejército. Pues, resulta que estoy divorciada hace 11 años, nunca los conocí como amigos de él, y además ya es un general retirado hace dos años, lo que demuestra que no tiene vínculo cercano.

  1. El artículo de dicha fecha continúa con confusas afirmaciones, que creemos son absolutamente desmentidas con lo contenido en la Carta N° C.011.2015.UPIM y sus anexos, y que resulta suficientemente claro. Se concluye finalmente que el evento se produjo por acciones negligentes (tal vez dolosas) del ex Jefe de la Unidad de Tecnologías y un operador, quienes no cumplieron en forma adecuada sus funciones, lo que en el primero de los casos está siendo ratificado por el Poder Judicial. Cabe precisar que en este primer artículo ni en la parte asignada para los descargos (que desde nuestro punto de vista no contienen nuestros argumentos ni documentación mostrada ni anexada), se menciona que a la fecha se ha verificado la visualización de más del 92% de dichos archivos, que sólo falta verificar la visualización del 1% del total de registros efectuados en el SEACE en 3 años, y que en ningún momento OSCE ha tenido algún inconveniente para remitir la información de la base de datos y de los archivos de soporte a ninguna autoridad, y menos a las Comisiones de Investigación del Congreso de los referidos casos emblemáticos, ya que dichas comisiones nos han recibido la información con conformidad, sin quedar nada pendiente de entregar.
  1. El mismo 19 de agosto al medio día, la Presidenta Ejecutiva se vio obligada a dar una conferencia de prensa y desmentir lo publicado por el medio objeto de la presente queja. En dicha conferencia de prensa, se negó rotundamente que OSCE haya perdido información, documentación y menos aún que haya colapsado la base de datos de la plataforma electrónica de transparencia SEACE, tal como se lo comentáramos al periodista responsable del artículo. En efecto, la base de datos del SEACE que se alimenta de la información consignada en la ficha de cada proceso de selección, registrada por los operadores logísticos con su usuario y clave personalizada, se encuentra inalterable, consignando en ella la información de los procesos de selección efectuados desde el 2004, año de su puesta en funcionamiento, hasta la fecha, incluyendo por supuesto la información de los casos emblemáticos mencionados. Adjuntamos a la presente queja el audio de la referida conferencia de prensa (Anexo 8). Adicionalmente, en dicha conferencia de prensa se puede advertir que otro periodista enviado por el mismo medio de prensa objeto de queja, utiliza nueva prueba que sostiene comprobaría que se trata de 800,000 archivos afectados.
  1. Con fecha 20 de agosto, a pesar de las explicaciones se publica un titular con el siguiente título «Documento de OSCE confirma la pérdida de 800 mil archivos digitales» y en la página A2, se vuelve a mencionar la perdida de información, con el título «Transparencia Interrumpida», aludiendo al documento que se menciona en la parte final del numeral anterior (Anexo 9). El referido documento existente corresponde al Memorándum N° 261-2013/OA, en virtud del cual al 15 de febrero del 2013 (Anexo 10) se había identificado que el alcance del daño abarcaba casi 800,000 archivos de soporte. Como ese documento no fue parte de ninguna de las dos entrevistas, y no se nos solicitó nuestra versión al respecto (sólo fue mencionado en la conferencia de prensa), el periodista no pudo contar con la información final (tomemos en cuenta que se trata de un proceso técnico especializado de depuración y control de daños) que se informó cuatro días después, mediante Memorándum N° 277-2013/OA del 19 de febrero del 2013 (Anexo 11), sustentado con un informe suscrito por el mismo Wilber Peña, ex Jefe de la Unidad de Tecnologías, que concluía que el daño afectó a un poco más de 400,000 archivos de soporte. Si la historia se cuenta a medias, con documentos que fueron modificados por otros posteriores y se vulnera el derecho de defensa, es posible que se llegue a estos resultados equivocados, que fueron replicados en forma exponencial en las redes sociales con la cifra y la situación equivocada, y sin advertir como se había revertido dicha situación a la fecha[2].
  1. En el mismo artículo, mencionan comunicaciones de la Secretaría de Gestión Pública y de Proética, a las que le dan una connotación diferente de la original. En lo relacionado a los oficios de la Secretaría de Gestión Pública (SGP) de la PCM (Anexo 12), dichas comunicaciones no señalan ningún aspecto relacionado a la supuesta pérdida de la información, su pedido está orientado a resolver algunos problemas de errores y/o duplicidad en montos y fechas, generados porque la SGP no mantiene una actualización de su información en tiempo real, ya que no se ha asignado línea dedicada a la misma y la actualización de la información del SEACE en el Portal de Transparencia administrado por la PCM sólo es actualizada mensualmente. Y en lo que respecta al Oficio de PROETICA recibido el día 20 de agosto del 2015 (Anexo 13), el pedido resulta comparable a todos los pedidos de información que recibimos diariamente, por lo que será atendido en su oportunidad, salvo en cuanto a que sólo le proporcionaremos la información que está en el SEACE desde su puesta de funcionamiento, es decir hace 11 años.
  1. Durante estos dos días y hasta el fin de semana, se han emitido una serie de mensajes y comentarios por parte del mismo medio de prensa, que reiteraban sus comentarios iniciales a pesar que la conferencia de prensa y la documentación directamente remitida, ya lo habría descargado. Dichas repeticiones constan en redes sociales, páginas electrónicas (Anexo 14), sin considerar el rebote que se generó en diversos medios de prensa a nivel nacional. Llegaron incluso a presentar caricaturas de mal gusto con mensajes en tono de burla, insistiendo que se había perdido información, que se trataba de 800,000 archivos digitales o que había colapsado la base de datos, sin reconocer que la información y documentación proporcionada había demostrado la realidad de las cosas (Anexo 15). Inclusive, implementaron un «Demo» con el registro de un proceso de selección que supuestamente no se visualiza y que anexaba «5 claves para entender pérdida de casi 800,000 archivos» (Anexo 16), frente a lo cual OSCE se vio obligado a registrar en su web las respuestas a esas 5 claves, y colgar un «Demo» en el que obviamente se demuestra que el mismo proceso se visualiza perfectamente (Anexo 17). Finalmente, OSCE remite el día 21 de agosto una solicitud de rectificación dentro de los alcances de la Ley N° 26775, mediante Carta N° C.013.2015.UPIM (Anexo 18), que incluye la explicación reiterativa de los alcances del problema de visualización que ahora sólo afecta el 1% de archivos que se registraron entre el año 2010 al 2012, la misma que no es publicada en su integridad, siendo editada y cambiada su naturaleza a carta de lector, incumpliendo no solo la ley, sino desinformando a los lectores con la objetividad y transparencia que un medio de prensa debe garantizar.
  1. Finalmente, cabe añadir que en muchos de los artículos no sólo se hablaba de archivos digitales, sino también de documentos o expedientes de contratación, respecto a lo cual se aclaró, no sólo al periodista que vino a la entrevista sino también en la conferencia de prensa, solicitud de rectificación y hasta comunicado oficial del OSCE (Anexo 19), en el sentido que la documentación contenida en los expedientes de contratación que las entidades convocantes y contratantes generan y aprueban por cada proceso de selección, en virtud al artículo 7° de la Ley de Contrataciones del Estado, es documentación que debe ser custodiada por dichas entidades públicas contratantes, bajo responsabilidad exclusiva. El registro de la información efectuado por los funcionarios logísticos que cuentan con su clave y usuario no puede ser modificado ni manipulado por terceras personas, ni siquiera por los funcionarios del OSCE, y debe corresponder a la veracidad de la documentación contenida en los expedientes de contratación, bajo custodia de las entidades contratantes.

Agradeceremos considerar el caso expuesto, en virtud de lo cual me pongo a su disposición para acudir a ampliar, detallar o aclarar las dudas que sean necesarias. Espero justicia del Tribunal de Ética para impedir los daños ocasionados por la práctica irresponsable y poco ética del periodismo y se logre una aclaración honesta y objetiva de la noticia.

Atentamente,

MILAGRITOS PASTOR PAREDES

Secretaria General

[1] El promedio de registros electrónicos que se efectúan en el SEACE al año asciende a 1’500,000 registros. En tres años, el número asciende a 4’500,000. En el evento producido en noviembre del 2012 se afectó la visualización del 10% de dichos registros, y ya se ha verificado la visualización del 92%, quedando un promedio del 1% de dichos registros.

[2] En la oportunidad en la que se hacía el control del daño no se utilizaba el término de pérdida de visualización, porque no sabíamos con exactitud la naturaleza y composición del daño. Posteriormente, se identificó que como los archivos no habían desaparecido ni se habían perdido, no se podría hablar técnicamente de pérdida de archivos sino de problemas de visualización de archivos, en tanto los archivos existen con su correspondiente identificación, pero reportan problemas de visualización parcial o total.

(Ver documento original)


Correspondencia

«Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú»

«Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación»

Jesús María, 28 Agosto 2015

OFICIO N°1613 -2015./SG

Señora Kela León
Secretaria Ejecutiva del
Tribunal de Ética
CONSEJO DE LA PRENSA PERUANA
Calle Los Ángeles 211, Miraflores
Presente.-

Es grato dirigirme a usted para precisar que la Queja presentada mediante Oficio IT1563-2015/SG, está referida a las siguientes publicaciones del Diario El Comercio:

Diario El Comercio
Titular Fecha
Portada: «Negligencia: se pierden 800 mil archivos de compras

estatales»

19/08/2015
Interior: » Colapsa la base de datos del OSCE 19/08/2014
Llamada en carátula: «Documentos de OSCE confirma la pérdida de 800 mil archivos digitales 20/08/2015
Interior: Transparencia interrumpida 20/08/2015
Adjuntamos detalle de publicaciones realizadas como consecuencia de las previamente descritas, y que pueden servir de análisis al Tribunal:
Diario El Comercio
Titular Fecha
Otra vez Andrés. Pág. A4. 20/08/2015
Los desperfectos de la base de datos del OSCE. Pág. A7 23/08/2015
Caras y Gestos. Pág. A23 23/08/2015
Los lectores nos escriben. Pág. A21 23/05/2015

(Ver documento original)


Respuesta del medio

Lima, 08 de setiembre de 2015

Señores
TRIBUNAL DE ÉTICA
CONSEJO DE LA PRENSA PERUANA
Presente.-

Atención: Sra. Kela León
Secretaria Ejecutiva

Referencia: Queja planteada por la señorita Milagros Pastor Paredes Secretaria General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

De nuestra consideración:

Por medio de la presente, los saludamos cordialmente y al mismo tiempo damos respuesta a la queja de la referencia (en adelante La Queja) que nos fuera remitida con fecha 01 de setiembre último, y procedemos a presentar nuestros descargos por corresponder.

Al efecto, es de nuestro interés que se conozca la posición de la empresa y aclaración sobre La Queja interpuesta por la Secretaria General del OSCE, la que considera que las publicaciones realizadas en el diario El Comercio los días 19 y 20 de agosto último, tituladas «Negligencia: se pierden 800,000 mil archivos de compras estatales – Colapsa Base de datos del OSCE» y «Documento de OSCE confirma la pérdida de 800 mil archivos digitales – Transparencia interrumpida», transgreden la ética periodística en perjuicio de la imagen y los objetivos institucionales del OSCE; ante lo cual, manifestamos nuestro absoluto rechazo; conforme a los fundamentos siguientes:

l. Respecto de los aspectos de forma que no habría tomado en cuenta el OSCE

1. Sobre el particular, se debe considerar que el Derecho de Rectificación Regulado en el inciso 7, artículo 2° de la Constitución Política del Perú, y que ha sido solicitado en La Queja se encuentra vinculada directamente al derecho al honor de las personas -derechos fundamentales de las personas-, por lo que le es aplicable únicamente a personas naturales y no a OSCE como erróneamente pretende la Secretaria General del OSCE, por lo que La Queja no deberá ser acogida por el Tribunal.

2. De otro lado, considerando que quien ha presentado La Queja es la Secretaria General del OSCE, se debe acreditar el poder de representación suficiente para dicha Queja; sin embargo, se advierte de la revisión de los documentos remitidos que se habría omitido adjuntar la Resolución de nombramiento de la señorita Milagros Pastor Paredes; por lo que de no contar con dicha Resolución no habría representación suficiente para interponer La Queja, debiendo declararse la misma IMPROCEDENTE.

II. Respecto de los fundamentos en que se basa La Queja interpuesta por el OSCE

En caso el Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana (en adelante El Tribunal) considere evaluar La Queja, procedemos en líneas siguientes a rebatir cada uno de los puntos que la fundamentan:

1. La entrevista con la Presidenta Ejecutiva del OSCE, fue solicitada por el periodista, señor Christopher Acosta, a la Jefa de Prensa del OSCE, la cual, fue debidamente coordinada y tal como lo indica la propia representante de la entidad en la reseña de hechos de La Queja, el tema de la entrevista estaba vinculada a la «supuesta pérdida de información de los archivos digitales del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) producida el 4 de noviembre de 2012»; sin embargo, señala la representante del OSCE que el día de la entrevista (04.08.2015) el periodista en vez de tocar el tema sobre la pérdida de información del mencionado sistema, esta debía considerarse como una entrevista cerrada y no preguntar por las causas del despido del señor Wilber Peña (Jefe de la Unidad de Tecnologías de la información) y como no estaba previsto para la entrevista, la Presidenta Ejecutiva del OSCE, de manera unilateral la dio por finalizada.

2. Sobre éste punto, es evidente que la labor periodística tiene que profundizar en una investigación sobre estos hechos sobre todo cuando la responsabilidad por la pérdida de la información del SEACE le fue imputada al señor Wilber Peña, quien fuera desvinculado del OSCE por éstos hechos.

3. A mayor abundamiento, lo que en realidad sucedió, además de tocar el caso del señor Wilber Peña, fue que a la Presidenta del OSCE se le exhibieron diversas pruebas documentales sobre la pérdida de los archivos digitales del SEACE, y al no poder rebatirlas, optó por dar por finalizada la entrevista, indicando que necesitaba realizar el análisis documental necesario, pues consideraba que «las preguntas incomodas del periodista» limitaban su derecho de defensa.

4. Después de éstos hechos, como lo afirma la propia representante de OSCE, el diario accedió a realizarle una segunda entrevista, la cual se llevó a cabo el día 10 de agosto de 2015, en la cual la Presidenta del OSCE denota cierta victimización, indicando que la pérdida de información del SEACE, se generó por un acto de negligencia de ex funcionarios del OSCE (se recogen las impresiones de la Presidenta del OSCE en la publicación del 19 de agosto de 2015) y que en dicho momento se enfrentó el problema tomando las acciones correctivas, sancionatorias y judiciales correspondientes contra los responsables que en ningún momento se han acreditado documentalmente.

Además, argumenta en La Queja, la representante del OSCE, que el SEACE es una plataforma de transparencia que cuenta con dos formas de registro: (i) la base de datos conformada con el registro del historial de cada proceso; (ii) los archivos de soporte de dicho historial que llegan a ser entre 6 a 8 archivos en formato PDF o Word, por lo que negaron: (1) que la base de datos del SEACE haya colapsado; (2) que no se había perdido la información sobre el historial de los procesos (3) que el daño estaba acotado a problemas de visualización de 400 mil archivos; (iv) que el problema no habría generado que se deje de atender la información solicitada por las diversas instancias, ya sea comisiones investigadoras del Congreso de la República, Fiscalías, Poder Judicial, Policía Nacional, entre otros.

En ese orden de ideas, lo que quedó evidenciado de la entrevista periodística era que, para los representantes del OSCE no existió pérdida de archivos, sino un defecto en la visualización de los mismos que habría generado algunos problemas de poca relevancia, y que en consecuencia nuestra representada al informar objetivamente la noticia «habría transgredido la ética periodística en perjuicio de la imagen de la entidad», hecho que negamos rotundamente y que resulta atentatorio contra la Libertad de expresión e información. Nuestra representada ha actuado no sólo respetando la ética profesional periodística al realizar esta investigación, sino también respetando nuestros Principios Rectores, ello queda acreditado y debidamente documentado, además, se le habría concedido a la Presidenta del OSCE dos entrevistas cuyas declaraciones y afirmaciones han sido recogidas en las publicaciones del 19 y 20 de agosto último. No obstante lo anterior, además el di ario El Comercio publicó el día 23 de agosto de 2015 la carta C.013.2015.UPIM que nos hiciera llegar el OSCE, en la cual se hace pública su posición respecto de las publicaciones realizadas, hechos que la entidad convenientemente ha omitido hacer de conocimiento del Tribunal.

5. En líneas siguientes, pasamos a detallar los sustentos en que se basaron las notas periodísticas de fecha 19 y 20 de agosto de 201S a las que hemos hecho referencia en el presente escrito.

III. Respecto de las Publicaciones de los días 19 y 20 de agosto de 2015.

1. El OSCE señala, que en el titular de la nota publicada el 19 de agosto de 2015 en el diario El Comercio «Negligencia: se pierden 800 mil archivos de compras estatales» «Colapsa la base de datos del OSCE», se da la percepción que los hechos (pérdida de archivos digitales) se habrían producido en el presente año y no en el año 2012; sin embargo, la representante del OSCE omite señalar que debajo del título de la nota se observa lo siguiente: “Colapso del Sistema. Documentos digitales de procesos y contratos del 2009 al 2012 desaparecieron y muchos no han sido recuperados»; es decir, al tener estos datos a la vista demostramos que la nota en ningún momento deja la percepción de que los hechos habrían ocurrido en el año 2015, sino que se indican los años con plena exactitud (2009-2012).

2. Adicionalmente, el OSCE argumenta en La Queja que se pueden verificar de la nota varias afirmaciones distorsionadas y contradictorias que no fueron sustentadas documentalmente en el contexto de las entrevistas, lo cual desvirtuamos y pasamos a citar:

«un desperfecto en el servidor del… (OSCE) hizo colapsar el denominado Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE). Se perdió toda la información almacenada en los procesos de contrataciones de las entidades públicas del país/ de los años 2009 al 2012».

3. Señala el OSCE que nunca se perdió ni toda, ni parte de la base de datos y que tampoco colapsó el SEACE. Sin embargo, el colapso del SEACE el día 4 de noviembre de 2012 fue un hecho que verdaderamente existió y que la entidad hasta la fecha no ha negado; incluso, a través de continuos comunicados públicos emitidos el S y 6 de noviembre del 2012, el SEACE señala que no se encuentra plenamente operativo, por lo que los procesos de selección que no puedan ser registrados en éste, serán reprogramados (Ver Anexo N° 1).

4. Adicionalmente, para demostrar éste hecho, contamos con documentos internos producto de las investigaciones que la entidad llevó adelante para determinar el origen del fallo del sistema; tal es el caso del Informe Técnico N° 001-2013/UTI-EVO emitido por el señor Eddy Valenzuela (Operador del SEACE) sobre lo ocurrido el 4 de noviembre de 2012, en el cual el técnico operador detalla que el sistema detectó el problema (no visualización de archivos desde el Servidor de Aplicaciones SEACEv2), iniciando las coordinaciones para darle solución. (Ver Anexo N° 2).

5. Es más, coincidentemente la Contraloría General de la República por esos días realizaba sus labores de Control en dicha entidad y al tomar conocimiento de los hechos del 4 de noviembre de 2012 solicitó un informe al respecto. Adicionalmente, emitió un informe de «Veeduría en Gobierno de – Tecnologías de la Información al Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado» en la cual se identifican entre los siguientes riesgos: (i) que El OSCE no cuenta con un Plan Estratégico de Tecnologías de la Información (PETI), situación que no garantiza que los procesos, recursos y servicios de TI se encuentren alineados; (ii) que El OSCE carece de plan de continuidad de las operaciones y de los servicios de TI alineado con la estrategia de la entidad; así mismo, carece de proceso para evaluar los riesgos y la gestión de incidentes; lo cual ocasionaría que la información y las operaciones críticas de la entidad no se puedan recuperar ante una interrupción grave de las operaciones. (Ver anexo N° 3)

6. Adicionalmente, refiere el OSCE que en el interior de la publicación del día 19 de agosto de 2015 se señala:

«Desaparecieron casi 800 mil archivos digitales que alojaban las bases de los procesos, las buenas pro, los contratos, las cartas-fianza y la absolución de consultas, y que se centralizan en la base de datos del OSCE’.

7. El OSCE argumenta, que el párrafo citado, contiene tres imprecisiones: (i) que los archivos nunca desaparecieron, (ii) que los archivos de soporte no están dentro de la base de datos y (iii) que no fueron 800 mil sino 400 mil los que tuvieron problemas de visualización.

8. Como se puede apreciar, la argumentación del OSCE es poco creíble, pues indica que los archivos nunca desaparecieron; sin embargo, este hecho sucedió como lo demostraremos en líneas siguientes; sin embargo, cabe hacer hincapié respecto de la tercera imprecisión en la cual refiere que la publicación señala: «que no fueron 800 mil sino 400 mil los que tuvieron problemas de visualización».

9. Cabe precisar, que la nota en referencia señala que desaparecieron casi 800 mil archivos digitales, siendo la cifra exacta de 787,783 archivos, cifra, que se encuentra sustentada en un documento oficial de la entidad, Memorandum 261-20013/OA de fecha 15 de febrero de 2013 (información contenida en el SEACE) dirigido por el señor Juan Alberto Sotomayor Casas (Jefe de la Oficina de Administración del OSCE) a Magali Rojas Delgado (Presidenta del OSCE) donde aparece el número total de archivos que no figuraba en el momento que se elaboró la nota en el SEACE, siendo el único al que tuvimos acceso. (Ver anexo N° 4).

10. El OSCE argumenta que los archivos nunca desaparecieron, no obstante ello, en el Informe N° 003-2012-GMD-OSCE de fecha 10 de diciembre de 2012, emitido por GMD (Asesor Externo de soporte digital) sobre Soporte HP Data Protector (Ver Anexo N° 5), indica todo lo contrario, pues da cuenta que tras la falla informática al no poderse acceder a los archivos digitales del SEACE, el OSCE solicita a GMD la restauración de la información faltante desde las copias de seguridad. GMD le responde que «la data respaldada en las cintas no contiene la información solicitada para ser restaurada». Es decir, el proveedor confirma que no se tiene la información, y además explica las razones concluyendo en su informe lo siguiente:

»La información requerida por el OSCE no fue respaldada por los operadores en el back up full… (). La información que debió respaldarse no se encuentra seleccionada para dicho fin… (). Entendemos que los operadores son los responsable de seleccionar las carpetas a ser respaldadas, no podemos explicar por qué alguna información no se encontraba seleccionada

IV. La falla informática afectó los procesos de contrataciones públicas vigentes en ese momento.

l. El SEACE al ser la plataforma que utilizan las entidades del Estado para publicitar sus concursos de contratación, se cuelgan en ella los documentos de las convocatorias y bases de participación. La caída del sistema el 4 de noviembre de 2012, no solo, afectó el historial de contrataciones públicas, sino aquellos procesos que se encontraban vigentes.

2. Ello se puede corroborar del Informe N° 348-2012, emitido por la Subdirección de Plataforma de OSCE de fecha 28 de noviembre de 2012, (Ver Anexo N° 6) en el mencionado informe, se detalla que diversas «entidades, proveedores y público en general manifiestan su malestar y preocupación por la inoperatividad del SEACE los días OS y 06 de noviembre y funcionamiento parcial desde el 07.11.1 que tiene como incidencias más importantes la no visualización, ni descarga de los documentos registrados antes del 05.11.2012 (…), lo cual ha impactado en los plazos establecidos en los procesos de selección convocados por las diferentes Entidades del Estado motivo por el cual exigen una pronta solución a los problemas presentados».

3. Queda claro entonces, que contrariamente a lo indicado por el OSCE el sistema si colapsó, por lo que la nota que publicamos es netamente objetiva y se encuentra debidamente sustentada documentalmente.

V. Información respecto de Obras vinculadas a los casos Coopex-(Rodolfo Orellana), empresas brasileras (caso Lava Jato) y el caso Análisis.

l. Dentro de la publicación del 19 de agosto de 2015 señala el OSCE que se indica en un párrafo lo siguiente:

«Entre la información perdida, había obras vinculadas a los casos Coopex-Rodolfo Orellana, a las empresas brasileras, investigadas por el caso Lava Jato, a proyectos investigados por el caso Análisis, entre otros».

2. Señala el OSCE que este comentario alude a información que nunca formó parte de las entrevistas y que son casos que han sido documentados por escrito al Congreso y las Fiscalías.

3. Sobre este punto cabe aclarar, que durante la investigación se identificó,que entre la información digital extraviada, se encontraban los archivos de los expedientes de contratación de casos hoy investigados por el Congreso y el Ministerio Público por supuesta corrupción como son:

(i) Caso Martín Belaunde Lossio, confirmamos que no se hallaban los archivos de contratación de las empresas Antalsis, Málaga Hermanos, Neptuno.
(ii) Caso Rodolfo Orellana, no se tenía acceso a los archivos de empresas contratistas que utilizaron cartas fianza de la cooperativa Coopex para hacerse de obras públicas.
(iii) Caso Lava Jato, no se encontraban los archivos referidos a los contratos públicos ganados en nuestro país por empresas brasileras hoy investigadas por supuestos sobornos. Se trata de los documentos de contrataciones de Odebrecht, Camargo Correa, Andrade Gutiérrez y Queiroz Galvao.

4. La lista de información a la cual no se podía acceder al momento de la realización de la nota,se encuentra ordenada en una relación que adjuntamos a la presente diferenciándola por Obra Pública y los pantallazos de las negaciones de acceso a las mismas (Ver Anexo N° 7), con lo que demostramos que lo señalado en la nota se ajusta a la verdad.

VI. Respecto de la responsabilidad sobre la pérdida de archivos del OSCE:

1. En el numeral 11 de La Queja el OSCE admite que el evento ocurrido en noviembre de 2012 (pérdida de archivos e caída del sistema SEACE) se produjo por acciones negligentes del ex Jefe de la Unidad de Tecnologías y un operador, quienes nos cumplieron de forma adecuada con sus funciones.

2. Es decir, durante toda La Queja la representante del OSCE ha tratado de negar la caída del SEACE en noviembre de 2012, y termina señalando que dicho evento ha sido responsabilidad de dos ex trabajadores del OSCE, señalando que el Ex Jefe de la Unidad de Tecnología y un operador fueron los responsables, pero sin tomar en cuenta que dichos trabajadores se encontraban laborando para el OSCE y como trabajadores estaban sujetos a subordinación de parte de su empleador, asumiendo la institución y la Presidencia de la entidad la responsabilidad por los hechos o responsabilidades que haya ejecutado o dejado de ejecutar su Jefe de Unidad de Tecnologías.

3. Finalmente, adjuntamos información que permitirá identificar mayores causas que hizo colapsar al SEACE:

a) Falta de capacidad de almacenamiento {los discos donde se guardaba la información estaban llenos).

La consultora Macro Estudio, determinó que la caída del sistema se debió a la falta de espacio en los servidores para seguir guardando información. Así se manifiesta en la Carta Notarial N° 021-2013/PRE, por la que la presidenta de OSCE comunica a Wilber Peña su despido por hallarlo responsable del problema técnico, el cual señala: (Ver anexo N° 8 – páginas 12 y 13)

«La sobreocupación de los discos de almacenamiento no solo habría sido, de acuerdo a la opinión técnica del Consultor Externo, la causa de los problemas o incidencias de 04 y OS de noviembre en el SEACE, sino que esta sobreocupación originó la demora en la solución de las consecuencias…».

b) Mala administración de las copias de back uo (las copias de respaldo de la información perdida habían sido mal grabada).

De otro lado, la consultora GMD determinó que la información no podía ser restablecida por una mala gestión en el grabado de la misma. Hechas las investigaciones internas, OSCE identifico que fue el trabajador Andrés Estévez quien cometió la falta del mal grabado de las copias de respaldo (back up). Tras solicitar su descargo el trabajador aceptó el error, pero dijo en su defensa que este se había dado producto de la sobrecarga de trabajo que tenía. (Ver Anexo N° 9).

La falta de personal en la Unidad de Tecnologías de la Información del OSCE también, fue identificada como un riesgo para la seguridad de la información que resguardaba el SEACE. La alerta la dio la consultora 1-SEC, a quien OSCE le contrató un diagnóstico situacional, conforme se indica en su informe a la entidad (Ver Anexo N° 10).

e) El ex jefe de la Unidad de Tecnologías de la Información (UTI) había solicitado con anticipación a la institución no solo la compra de dispositivos de almacenamiento (memorias) para expandir la capacidad del sistema; sino que pidió también la contratación de más personal.

Los dos riesgos que corría la información en el SEACE habían sido comunicados por el ex jefe de la UIT a la alta dirección del OSCE. Se trata de solicitudes de adquisición de dispositivos de almacenamiento y contratación de personal que se hicieron hasta un año antes del evento informático que provocó la pérdida de la información.

La primera solicitud de compra institucional de más memoria se realizó el 11 de junio de 2011, como parte del Plan de Adquisiciones 2012 de su área. Desde entonces OSCE conocía de la necesidad de esa adquisición, la misma que solo se dio después de los incidentes del 4 de noviembre 2012 (Ver Anexo N° 11, pág. 12).

Una segunda solicitud, es sobre mayor dotación de personal en su área, pues se ponía en riesgo la gestión de la seguridad de la información que se resguardaba. Solicitud que realizó por primera vez el ex jefe de la UIT el 13 de diciembre de 2011 a través de correo electrónico institucional, acción que el trabajador recuerda a sus superiores en Memorando N° 680-2012. (Ver Anexo N° 12) éste pedido solo consiguió concretarse después del desperfecto informático.

d) OSCE inició una campaña de recuperación de la información extraviada. (envió solicitudes a diversas entidades públicas de todo el país para que le deriven nuevamente la información).

Otra de las confirmaciones en la que sustentamos nuestras notas respecto de la pérdida de información, se puede corroborar debido a que ante la imposibilidad de una recuperación técnica de la información perdida, OSCE optó por una recuperación manual de la misma. La institución envío, a nivel nacional, oficios a entidades solicitándoles «la remisión de los archivos digitales de los expedientes de contratación», otorgando un plazo máximo de cinco días para cada caso. (Ver Anexos N° 13).

Esta política de recuperación de la información fue aceptada por la señora Magali Rojas, presidenta del OSCE, durante la segunda entrevista que le realizamos. En la misma reunión, los asesores de Rojas brindaron además la cifra de entidades que recibieron tales pedidos,más de 1,746.

e) La ausencia de Información fue corroborada por otras entidades.

La ausencia de la información en el SEACE fue corroborada también por otras entidades como la página web Compras Estatales, quienes también informaron sobre el hecho, colgado videos de las infructuosas búsquedas de archivos en el SEACE.

Por su lado, también la ONG Pro ética solicitó recientemente mediante carta de fecha 19 de agosto de 2015, diversa información al OSCE relacionada con el caso Lava Jato ante la imposibilidad de acceder a la información por intermedio del SEACE. (Ver Anexo N° 14).

Finalmente, a pesar de que nuestras notas se encontraban debidamente sustentadas documentalmente, hemos tenido como lo señala la propia representante de la entidad, dos entrevistas con la Presidente del OSCE, habiendo recogido su versión de los hechos tanto en la nota publicada el 19 como en la del 20 de agosto último, asimismo, con fecha 23 de agosto último también procedimos a publicar en una página completa con el resumen de la carta C.013.2015.UPIM, dirigida al Director Periodístico del diario, señor Fernando Berckmeyer Olaechea, con la finalidad de buscar la mayor transparencia en éste caso, por lo que nos sorprende que después de todas estas publicaciones, el OSCE pretenda iniciarnos una Queja ante su Despacho la misma que deberá declararse INFUNDADA en todos sus extremos, por los argumentos expuestos en el presente descargo.

Al efecto, las publicaciones realizadas, reflejan la imparcialidad y objetividad con la que trabajamos, respetando estrictamente los Principios Rectores que regulan la actividad Periodística y la rigurosidad de toda la información que se publica. Por ello, como medio de comunicación somos defensores y responsables de difundir los principios y valores éticos, motivo por el cual no compartimos la posición ni las acciones adoptadas por el OSCE,las cuáles rechazamos rotundamente.

Atentamente,

Empresa Editora “EL COMERCIO” S.A.
MARCO HUAMANCHARI LEZAMA
Apoderado

(Ver documento original)


Resolución

RESOLUCIÓN N° 001 – TE/2016

Lima, 13 de enero del 2016.

EL TRIBUNAL DE ÉTICA

VISTA:

La queja presentada por la doctora Milagritos Pastor Paredes, Secretaria General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), (Caso 15-15),con relación a los titulares en portada, «Negligencia: se pierden 800 mil archivos de compras estatales» y “Documentos de OSCE confirma la pérdida de 800 mil archivos digitales», y los artículos «Colapsa la base de datos del OSCE» y «Transparencia interrumpida», publicados en el diario El Comercio, el 19 y 20 de agosto del 2015; así como la información enviada a solicitud del Tribunal de Ética por el doctor Marco Huamanchari Lezama, apoderado de la Empresa Editora El Comercio.

CONSIDERANDO

Que la denunciante señala que el titular en portada “Negligencia: se pierden 800 mil archivos de compras estatales» y el artículo «Colapsa la base de datos del OSCE» da la impresión que dichos hechos se produjeron en el presente. Al respecto, el diario El Comercio refiere que debajo del titular mencionado se observa lo siguiente “Colapso del sistema. Documentos digitales de procesos y contratados del 2009 al 2012 desaparecieron y muchos han sido recuperados”, por lo cual en ningún momento deja la percepción de que los hechos ocurrieron en el 2015.

Que además la denunciante manifiesta que el diario El Comercio informa que debido al colapso del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) se perdieron todos los archivos correspondientes a los contratos realizados durante los años 2009 al 2012, lo cual es contradicho más adelante en el artículo materia de la queja, refiere la denunciante, donde se informa que desaparecieron casi 800 mil archivos. La denunciante indica que lo que realmente ocurrió es que hubo problemas de visualización de 400 mil archivos, no de 800 mil, lo cual representa menos del 10% de los archivos registrados del 2010 al 2012 (4,500,000 aproximadamente). Indica la denunciante, además, que actualmente solamente el 1% de archivos tiene problemas de visualización. La denunciante recalca que los archivos nunca se perdieron ni tampoco colapsó el SEACE.

Que respecto a lo señalado en el considerando anterior, el diario El Comercio refiere que el colapso del SEACE ocurrió el 4 de noviembre del 2012 y lo confirman varios comunicados emitidos el 5 y 6 de dicho mes que señalan que el sistema no se encuentra plenamente operativo, por ello, los procesos de selección no pueden ser registrados y serán reprogramados; y también documentos internos confirman el problema de no visualización de archivos. Asimismo, el diario El Comercio indica que el Memorándum Nº 261-2013/0A señala que desaparecieron casi 800 mil archivos digitales, en total 787,783 archivos, y que según el informe Nª 003-2012-GMD-OSCE de GMD (asesor externo) tras la falla informática no se podía acceder a los archivos digitales del SEACE y el OSCE.

Que en respecto al titular “Documentos de OSCE confirma la pérdida de 800 mil archivos digitales» y la información publicada al respecto, la denunciante manifiesta que se basa en el Memorándum Nº 261-2013/0A del15 de febrero del 2013 que no fue parte de las entrevistas y por ello el periodista autor de la nota no pudo contar con la información final que aparece en el Memorándum Nº 277-2013/0A del 19 de febrero del 2013, que concluye que el daño afectó un poco más de 400,000 archivos de soporte. Con lo cual se vulneró su derecho de defensa indica la denunciante.

Que el diario El Comercio refiere que las causas de que hicieron 11Colapsar el SEACE» se debieron a la falta de espacio de los servidores para seguir guardando información y fa mala administración de las copias de respaldo de dichos datos. El diario El Comercio también sostiene que OSCE inició una campaña de recuperación de información y envió solicitudes a diversas entidades de todo el país para que les remitan nuevamente los archivos y que la ausencia de información fue corroborada por otras entidades como Proética y la Secretaria de Gestión Pública.

Que la denunciante señala que la comunicación que envió la Secretaria de Gestión Pública se refiere a otros problemas como duplicidad de montos y la comunicación de Proetica a OSCE es un pedido de acceso a la información. Al respecto el diario El Comercio indica que Proética, ante la imposibilidad de poder acceder a la información relacionada al caso Lava Jato por el SEACE, solicitó la información por escrito.

Que además, la denunciante sostiene que el diario El Comercio informó sobre la pérdida de información de los casos Coopex-Rodolfo Orellana, de las empresas brasileñas investigadas por el caso Lava Jato y de los proyectos investigados por el caso Antalsis, entre otros. Al respecto la denunciante indica que dichos casos no formaron parte de la entrevista y que éstos fueron documentados en los oficios remitidos por OSCE al Congreso y las fiscalías. Además la denunciante manifiesta que los contratos con Antalsis se iniciaron en el año 2012, por lo cual no pueden estar afectados. Al respecto el diario El Comercio acompaña pantallas que respaldan su afirmación que al momento de realizar la nota periodística no pudieron acceder a determinados procesos.

Que la denunciante desmiente la información que señala que Magali Rojas, presidenta ejecutiva de OSCE, es amiga del presidente Ollanta y la primera dama como se afirma en la información difundida en el diario El Comercio. Finalmente señala que el 21 de agosto enviaron una solicitud de rectificación al diario El Comercio, la que no fue publicada en su integridad y cambiada su naturaleza a carta del lector.

Que el Tribunal de Ética observa que si bien en el desarrollo de la información se señala que los hechos ocurrieron en el 2012, el titular «Negligencia: se pierden 800 mil archivos de compras estatales» se encuentra redactado en tiempo presente, lo cual significa que el diario ha difundido información inexacta. Asimismo no es exacta la información difundida por el diario El Comercio respecto a la pérdida de todos los archivos correspondientes a los contratos realizados durante los años 2009 al 2012.

Que respecto a las comunicaciones enviadas por la Secretaria de Gestión Pública y Proética al OSCE son presentadas en el artículo como otros problemas que ocurrieron en el SEACE, por lo cual en este aspecto el diario El Comercio cumplió con difundir información de manera objetiva.

Que respecto a la información sobre la amistad de la presidenta del OSCE con el presidente la República y su esposa, el diario El Comercio no ha fundamentado las razones que sustentan su afirmación.

En uso de las atribuciones conferidas por su Reglamento.

SE RESUELVE:

l. Declarar fundada en parte la queja presentada por la doctora Milagritos Pastor Paredes, Secretaria General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), (Caso 15-15), por lo señalado en los considerandos noveno y undécimo.

2. Declarar infundada la queja en lo que respecta a la información publicada sobre las comunicaciones de la Secretaria de Gestión Pública y Proética enviadas a OSCE.

3. Disponer que el diario El Comercio publique la presente resolución en el plazo de siete días de notificada. Si no realizara tal publicación, el Tribunal de Ética dispone la resolución sea difundida en los medios asociados en el Consejo de la Prensa Peruana.

Regístrese, comuníquese y archívese.

TERESA QUIROZ VELASCO
Presidenta

ALFONSO DE LOS HEROS PÉREZ ALBELA
Vicepresidente

ÚRSULA FREUNDT-THURNE
Vocal

DIEGO GARCÍA-SAYÁN
Vocal

GRACIELA FERNÁNDEZ-BACA CALDERÓN
Vocal

(Ver documento original)


 

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