Queja

Señor Presidente y Miembros del Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana

Asunto: Queja contra el director del diario La República, Gustavo Mohme Seminario y el periodista César Romero C. por publicaciones tendenciosas, engañosas y maliciosas aparecidas los días 15, 16, 19, 26 y siguientes del mes marzo del 2016, contra mi persona sin fundamento alguno, que agravian mi honor. Adjunta Anexo en 64 folios.

MARIA DE LOURDES LOAYZA GARATE, identificada con DNI 07847755, magistrada del Jurado Electoral de Lima Centro 1, con domicilio para estos efectos en Jr. Pachacutec 1277, Jesús María, formula queja contra el Director diario La República, Gustavo Mohme Seminario y el periodista César Romero C. de esa misma casa por las diversas publicaciones tendenciosas y maliciosas que vienen realizando contra mi persona, afectando mi honra, trayectoria personal y profesional sin ningún tipo de sustento, publicaciones con las que además pretenden afectar las decisiones del proceso electoral, pues conforme he dejado anotado soy miembro titular del Jurado Electoral Lima Centro 1. Sustento la presente queja en los numerales 4) y 7) del artículo 2° de la Constitución y los artículos 1°, 7° y 18° del Reglamento Interno del Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana, por las siguientes consideraciones que paso a exponer:

PRIMERO.- Con fecha 15 de marzo 2016- el diario La República en su primera plana y en su página web: www.larepublica.com.pe., publica los siguientes titulares: «Magistrada del JEE vinculada al fujimontesinismos» «María Lourdes Loayza voto por eliminar a Guzmán» Subtítulos: «- Miembro del Jurado Electoral era secretaria general del ex fiscal de la Nación Miguel Aljovín cuando éste exculpó a Montesinos de la investigación de sus millonarias cuentas.» «-Matilde Pinchi Pinchi, ex secretaria del SIN, dijo que  Loayza se comunicaba con Montesinos y que fue ella quien le envío el documento de archivado de Aljovin.», publica también una foto de mi persona.

En la página 8, página central de ese mismo día, a página completa publica lo siguiente: En Portada: Elecciones Generales 2016. «EN DUDA. María Loayza Gárate tendrá voto decisivo cuando evalúen los pedidos de exclusión de Fuerza Popular de la campaña electoral por entregar dinero durante mítines.» Titular: «Magistrada del JEE fue investigada por lazos con Montesinos». Subtítulo: «ASESOR DE FUJIMORI». » María Loayza Gárate era secretaria del ex fiscal de la Nación Miguel Aljovín cuando en enero del 2000 éste exculpó a Montesinos de enriquecimiento ilícito. Según Pinchi Pinchi y perito contable, ella llamaba al SIN.» «Matilde Pinchi Pinchi y el comandantes (r) Víctor Vera declararon que Loayza facilitó información a
Montesinos sobre investigación.«

La nota periodística realizada por el seudo periodista César Romero C, quien en ningún momento contrastó con mi persona la información, primer requisito que debe realizar todo periodista antes de publicar una nota, violando todo código de ética, y lo que es peor, a sabiendas que conocía que esas imputaciones eran falsas, las publicó con el único objetivo de dañar mi imagen y poner en tela de juicio mi condición de magistrada electoral del Jurado Electoral Lima Centro 1, tratando de ejercer presión en la decisión que pudiera tener como magistrada, situación que rechazo pública y enérgicamente, conforme lo hice al día siguiente de realizadas estas infundiosas publicaciones.

SEGUNDO.- La citada nota del 15 de marzo, con el afán de desprestigiarme, hace un recuento de media página de la decisión del ex fiscal de la Nación, Miguel Aljovín tuvo respecto al archivo de la investigación sobre las cuentas de Vladimiro Montesinos, circunstancia que nada tiene que ver con mi persona, puesto que ésta no fue una decisión que me atañe, la investigación estuvo a cargo del Fiscal de la Nación, conforme lo dispone el artículo 41° de la Constitución. Sin embargo, se hace un recuento con la único objeto de confundir a la opinión pública y desinformar, causando desconfianza en los integrantes de los entes electorales, tratando de vincularme al «fujimontesinismo», ocultando la verdad, que era de conocimiento del periodista ya que conocía perfectamente que las investigaciones que se formularon en mi contra, concluyeron declarando infundada la denuncia, respecto de mi persona.

TERCERO.- No obstante ello, en el citado artículo se señala lo siguiente: LA ACUSACIÓN. «Pero Pinchi Pinchi también hablo de Loayza Gárate. «Yo la he visto. Tenía conocimiento de antes de haberla conocido que se comunicaba constantemente con el doctor Montesinos (…).La señora es quien envía el documento, que archiva el entonces Fiscal de la Nación, (Miguel Aljovín), afirmó Pinchi Pinchi. Sin embargo, no es la única que la menciona. El perito contable, comandante (r) Víctor Vera Benavides, declaró que ella colaboró con Aljovín para archivar el caso». La nota – agrega «Loayza ha negado los cargos», coloca también: «Loayza es cercana a los ex Fiscales de la Nación Glady s Echaíz y José Peláez Bardales, ambos vinculados al Partido Aprista. Este vínculo le habría permitido llegar al JEE el 1° de diciembre 2015. La investigación a Loayza Gárate no llegó a nada. Control interno concluyó que ella era una secretaria, sin poder decisión y que no habían pruebas de un presunto vínculo ilícito con Montesinos». (VER ANEXO A)

El citado medio en forma temeraria, teniendo además conocimiento que las denuncias eran falsas, las mismas que correspondían a hechos que supuestamente ocurrieron en 1999-2000 y fueron investigados desde el 2001 hasta el 2008, no sólo por el Congreso de la República, Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscalía Suprema de Control Interno, Fiscalía de la Nación, todas las investigaciones, que en su momento participe, ya sea como testigo o investigada fueron archivadas y declaradas infundadas en mi caso y esto lo conocía perfectamente el periodista, puesto que en su nota señala: «La investigación a Loayza Gárate no llegó a nada. Control interno concluyó (…) que no habían pruebas de un presunto vínculo ilícito con Montesinos». Sin embargo, publica titulares sensacionalistas desinformando a la población, haciendo apreciaciones subjetivas que no corresponden, con la única finalidad de sacar ventaja para sus propios intereses, puesto que el citado medio conforme a las publicaciones que acompaño se encontraba en una campaña agresiva contra la candidata Keiko Sofía Fujimori Higuchi, coincidentemente el Jurado que integro debía resolver en esa oportunidad, la exclusión de la citada candidata, conforme lo indica en el citado medio. (VER ANEXO J)

CUARTO.- Es cierto, que fui Secretaria General de la Fiscalía de la Nación y trabajé con el Ex Fiscal de la Nación Miguel Aljovín Swayne, pero también cierto que precisamente una de las personas que me denuncia y quien levanta cargos falsos, quien fue condenado posteriormente por realizar pericias falsas. Lamentablemente cada vez, que su proceso estaba por sentenciar me formulaba estos cargos falsos que siempre fueron acogidos y publicados por este mal periodista César Romero C. que nunca cumplió con deber de corroborar la información sobre esas falsas imputaciones con mi persona, ya que era la persona afectada. Esto vino ocurriendo desde el 2001 hasta el 2008 y ahora lo vuelve a realizar la misma publicación temeraria en el año 2016, cuando conocía perfectamente que luego de exhaustivas y amplias investigaciones, la Fiscalía Suprema de Control Interno concluyó mediante Resolución firme No 0924 del 20 de junio del 2008, confirmada por la Fiscalía de la Nación, en declarar INFUNDADA la denuncia de oficio contra la doctora María de Lourdes Loayza Gárate, Fiscal Superior Titular de la Segunda Fiscalía Superior Civil de Lima, en su actuación como Fiscal Adjunta Suprema Provisional de la Fiscalía de la Nación por los presuntos delitos contra la Administración de Justicia- Encubrimiento Personal y cómplice primario del delito contra la Fe Pública- Falsificación de Documentos, previstos y penados en los artículos 404° y 427° del Código Penal, respectivamente, en agravio del Estado; disponiéndose el Archivo Definitivo de la presente denuncia por considerar que las imputaciones formuladas por Matilde Pinchi Pinchi y Víctor Vera Benavides, no resultan suficientes y no han sido corroboradas para que este Despacho Supremo, proceda a amparar la presente denuncia y por tanto deviene en infundada al no haberse acreditado la vulneración o puesta en peligro de los bienes jurídicos protegidos por las normas penales sustantivas. Regístrese, Notifíquese y Archivase. Firma: Percy Peñaranda Portugal. Fiscal Supremo Titular de la Fiscalía Suprema de Control Interno. (CASO: 1322-2007-LIMA-C). (VER ANEXO B)

QUINTO.- La Resolución N. 0924 del 20 de junio del 2008 (Exp. 1322-2007-Lima-C), que declara
INFUNDADA la denuncia de oficio en mi contra, señaló a la letra:

Considerando Sexto:

«También es pertinente señalar que a nivel de investigación fiscal, a fs.1562, se recibió la declaración de Víctor Vera Benavides, quien manifestó entre otros hechos, (…); igualmente refiere que no le consta que María de Lourdes Loayza Gárate haya realizado alguna coordinación con Vladimiro Montesinos Torres respecto al informe contable que se practicó en los ingresos y egresos de éste último. (…), así como se ratifica de la declaración instructiva obrante a fs. 47163 y no le consta que la doctora Loayza Gárate haya faxeado documento alguno a Vladimiro Montesinos Torres.”

Considerando Décimo:

«Que, examinada exhaustivamente la abundante documentación anexada y declaraciones recepcionadas, se llega a determinar que durante la secuela de la investigación no se ha llegado a obtener indicios o evidencias razonables de las imputaciones formuladas por Matilde Pinchi Pinchi y Víctor Vera Benavides contra la señora Fiscal Superior, María de Lourdes Loayza Gárate, existiendo tan solo sindicaciones solitarias que no resultan suficientes para establecer la presunción de los ilícitos investigados, máxime si en los actuados no se advierte ilícito alguno en el accionar de la denunciada, en el tiempo que se desempeñó como Secretaria General de la Fiscalía de la Nación, a cargo entonces del fallecido doctor Miguel Aljovín Swayne, (…)»

En este sentido, el Tribunal Constitucional ha señalado en reiterada jurisprudencia que: » (…) Toda sanción, ya sea penal o administrativa, debe fundarse en una mínima actividad probatoria de cargo, es decir, la carga de la prueba corresponde al que acusa; este debe probar el hecho por el que acusa una determinada persona, proscribiéndose sanciones que se basen en presunciones de culpabilidad. Así la presunción de inocencia (…) constituye un límite al ejercicio de la potestad sancionadora del Estado. en sus diversas manifestaciones.»; en consecuencia, queda claro que los hechos deben probarse y además nadie puede ser sancionado por hechos ajenos, realizados por el entonces Fiscal de la Nación, tanto más si las imputaciones que se realizaron contra mi persona no fueron ratificadas por quienes la formularon, careciendo éstas con mayor razón de sustento, convirtiéndose en imputaciones falsas. No obstante, que el periodista tuvo conocimiento del resultado de la investigación, tergiversa la información y hace apreciaciones subjetivas, tratando de vincularme a la comisión de hechos ilícitos sin ningún medio probatorio ni asidero, pretendiendo desestimar la investigación y el resultado al que arriba la Fiscalía Suprema de Control Interno, sin embargo, en forma temeraria el periodista, vuelve a hacer publicaciones falsas y temerarias.

En la página web del Diario La República del día 26 de marzo del 2016, afirma ya la comisión ilícita por parte de mi persona: «Se acusaba a Loayza de haber favorecido al ex asesor presidencial al detener una investigación en su contra. Todo, según el testimonio de Pinchi Pinchi, a cambio de una coima de 150 mil dólares y dos relojes de lujo» «Se acusaba a Loayza de haber favorecido al ex asesor presidencial al detener una investigación en su contra. Todo, según el testimonio de Pinchi Pinchi, a cambio de una coima de 150 mil dólares y dos relojes de lujo». Este libertinaje en la prensa nos se puede permitir en un estado de derecho, bajo el pretexto de la libertad de expresión que consagra la Constitución, sino que se trata un uso abusivo que debe ser sancionado. (VER ANEXO H)

SEXTO.- El mal periodista que además es avalado por su Director, Mohme Seminario, conforme veremos más adelante, el objeto de difamarme deja entrever en su artículo que la suscrita «(…) es cercana a /os Ex Fiscales de la Nación Gladys Echaíz y José Peláez Barda/es, ambos vinculados al Partido Aprista, sosteniendo que este vínculo me habría permitido llegar al JEE el primero de diciembre 2015.» «La investigación a Loayza Gárate no llegó a nada.11
Aseveración absolutamente falsa, porque pretende dejar sentado que debido a mi relación con los ex Fiscales de la Nación, la investigación a mi persona quedó en nada, lo que he demostrado nuevamente que atenta contra la verdad, pues conforme he dejado demostrado líneas arriba y con copia de la respectiva resolución de archivo que, hubo una exhaustiva investigación y no sólo fue materia de investigación en el Congreso de la República en su momento, Consejo Nacional de a Magistratura, sino también la Fiscalía Suprema de Control Interno que declaró infundada la denuncia. Por otro lado, no tengo ni he tenido nunca ningún tipo de privilegio con ningún Fiscal de la Nación, he trabajado en el Ministerio Público por 30 años efectivos, habiendo ocupado cargos relevantes en la institución como Secretaria General de la Fiscalía de la Nación y cargos titulares de Fiscal Provincial de Lima y Fiscal Superior de Lima, así como haber ejercido los cargos de Fiscal Suprema Provisional desde el 2006 hasta el 2011, en las Fiscalías Supremas Penal Transitoria, en lo Civil y en Contenciosa Administrativa, renuncié precisamente cuando ejercía el cargo en esta última Fiscalía Suprema y ocupaba el cargo de Fiscal de la Nación, Peláez Bardales, cargos que ocupé con mucha antelación a que este fuera Fiscal de la Nación -12 mayo 2011, lo que demuestra precisamente que no tengo ninguna cercanía con este último. (VER ANEXO C).

Resulta otra falsedad señalar que mi designación como miembro del Jurado Electoral Especial fue una ingerencia de los Ex Fiscales de la Nación, vinculados al Partido Aprista Peruano, nada más alejado de la verdad. La designación de representante del Ministerio Público ante el ente electoral se realiza por decisión autónoma del Pleno de la Junta de Fiscales Superiores, por mandato expreso del artículo 32 de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones. Ley N° 26486

SEPTIMO.- Es pertinente señalar que, conforme al numeral 2. del artículo 154 de la Constitución, a los magistrados, sean estos jueces o fiscales, el Consejo Nacional de la Magistratura, les renueva la confianza cada siete años. En mi caso fui ratificada por unanimidad en los años 2001 y 2011. Al
respecto, resulta importante recordar que en las ratificaciones del año 2001, se dieron precisamente después de la caída del régimen dictatorial fujimontesinista, en la que muchos magistrados tanto jueces como fiscales fueron no ratificados por estar vinculados a este régimen dictatorial, obviamente ese tampoco fue mi caso. Durante los 30 años ininterrumpidos de servicios prestados al Ministerio Público nunca he tenido ninguna denuncia, queja declarada fundada, menos sanciones administrativas-disciplinarias, ni si quiera una llamada de atención. (VER ANEXO D).

OCTAVO.- Ingresé a laborar en el Ministerio Público en el año 1981, he ocupado diversos cargos de relevancia entre ellos, Secretaria General de la Fiscalía de la Nación, así como los cargos de Fiscal Provincial Titular de Lima y Fiscal Superior Titular de Lima, hasta Fiscal Suprema Provisional de la Fiscalía Suprema Transitoria Penal, de la Fiscalía Suprema Civil y Fiscal Suprema de la Fiscalía Suprema en lo Contencioso Administrativo en el que cesé el 01 de enero del 2012. (VER ANEXO E)

NOVENO.- Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N 1078-2012-MP-FN de fecha 07 de mayo de 2012, en artículo único se resolvió :«OTORGAR la «Medalla de Condecoración Gonzalo Ortíz de Zevallos Roedei-Primer Fiscal de la Nación», a la doctora María de Lourdes Loayza Gárate, Ex Fiscal Suprema Provisional, tomando en cuenta sus altas calidades personales y profesionales, así como su destacada trayectoria al servicio de la administración de justicia y al ejercicio de la función fiscal en el Perú, como muestra del reconocimiento y agradecimiento institucional en ceremonia pública a realizarse el día 08 de mayo de 2012, en el contexto de los actos conmemorativos del XXXI Aniversarios del Ministerio Público.»
(VER ANEXO F)

DECIMO.- En ese mismo diario La República, el 16 de marzo del 2016, al día siguiente de la irresponsable publicación anterior, nada más ni nada menos, el director del diario Gustavo Mohme Seminario por eso digo que el periodista Romero siempre ha estado avalado por su Director para hacer este tipo de publicaciones. Pues bien en su columna editorial Titula: «NECESARIA SALIDA» Subtítulo: «La magistrada Loayza Gárate no puede continuar en el JEE de Lima Centro1» «Este diario ha documentado que la integrante del Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 (JEE) Lourdes Loayza Gárate estuvo vinculada a la red de Vladimiro Montensinos y Alberto Fujimori a finales de los años 90 (…). Ella tiene ahora en sus manos un tercio de la decisión que este jurado tomará en relación con la exclusión de Keiko Fujimori, candidata con la corriente política con la que colaboró afectando el principio de la independencia de la función jurisdiccional, y otras decisiones trascendentales a cargo del JEE más importante del país.» El editorialista de manera irresponsable repite sin tener a la vista ningún medio probatorio que avalen su comentario, menos confrontación de información, todas las falsedades que se han acreditado como tales en los numerales anteriores este «director» de un medio de comunicación que se presta de serio, no tiene idea de cuáles son las cualidades personales y profesionales de la persona a la que se está refiriendo si hubiera indagado aunque sea superficialmente se hubiera enterado. (VER ANEXOS G y F)

El ostentar el cargo de director de un medio de comunicación no le da patente de circo para publicar irresponsablemente, lo que ni siquiera se toma la molestia de informarse y solo da rienda suelta a sus intereses para desinformar a la población, publicando sólo mentiras, imputaciones falsas que provienen de personas condenadas. se atreve a señalar:» Cómo llega una ex magistrada con tales antecedentes a un puesto de gran responsabilidad (…)? Yo me pregunto, como puede ser director de un medio de comunicación una persona tan irresponsable, que miente, no se informa y lo que es más grave desinforma a la población. La suscrita conforme ha

demostrado en el punto noveno, ha tenido una limpia y larga trayectoria de 30 años en el Ministerio Público y siempre he actuado en defensa del estado derecho, no puedo responder por actos ajenos sino únicamente por los míos, como este Director no se informa, le recuerdo que no trabajé con la Comisión Ejecutiva Blanca Nélida Colán que protegía la dictadura, todo lo contrario, la suscrita fue quien dictaminó en el amparo sobre la nacionalidad de Baruch lbcher y muchísimos otros casos amparando los derechos vulnerados por el régimen, como los del ex alcalde de la Municipalidad de Lima, Alberto Andrade entre otros. Es una lástima poder comprobar que un medio de comunicación sirve para desinformar por privilegiar sus propios intereses y toma como ciertos dichos de condenados que han sido desestimados durante una severa investigación por la que tuve que pasar por el simple dicho de personas que si cometieron delitos y fueron condenadas posteriormente.

DECIMO PRIMERO.- Como consecuencia de estas irresponsables publicaciones del diario La República, esta información se colgó en todos los medios de comunicación social, escrita, radial y televisiva, web, internet, conforme los demuestro con las copia que adjunto en anexos, causándome un grave daño a mi honor y honra profesional, con ese motivo y en base a la información falsa de La República, se interpusieron también escritos de recusación en mi contra, que si bien fueron desestimados, me causaron un grave daño a mi persona y lo que es peor crearon falsamente una situación de desconfianza en los entes electorales, creando la sensación que el jurado electoral está compuesto por gente corrupta y que va beneficiar a una de las candidatas y así lo expresó el Director de ese medo en su columna editorial, conforme he dejado anotado. No contentos, este medio a través de LaRepública.pe con fecha 26 de marzo del 2016 vuelve a publicar lo siguiente: «JEE desestima recusación contra jueza por presuntos vínculos con Vladimiro Montesinos» «La ahora exmagistrada, formó parte del pleno del JEE que se escapó de revisar el caso de la candidatura de Keiko Fujimori, quien finalmente resultó favorecida con la resolución de dicho ente electoral.» «Se acusaba a Loayza de haber favorecido al ex asesor presidencial al detener una investigación en su contra. Todo, según el testimonio de Pinchi Pinchi, a cambio de una coima de 150 mil dólares y dos relojes de lujo» Continúan las infamias y mentiras sin ningún tipo sanción para quienes utilizan un medio de comunicación social para difamar, calumniar e injuriar en beneficio de sus propios intereses, sin prueba alguna. (VER ANEXO H)

DECIMO SEGUNDO.- Con fecha 19 de marzo del 2016, el diario La República en su página 6 de Opinión: «@la republica_pe «Magistrada del JEE fue investigadas por lazos con Montesinos, que opina? (VER ANEXO I)

El Director Mohme Seminario y su periodista Romero C. han violado el Código de Ética del Colegio de Periodistas del Perú, no se puede tener un medio de comunicación para mentir groseramente, incluso lindar con los delitos de injuria, difamación y calumnia, previstos en nuestro ordenamiento penal, ya que no sólo se atenta contra los derechos fundamentales de la persona afectada sino principalmente contra el derecho a la libertad de expresión, que se sustenta en el derecho de todo ciudadano a ser informado con veracidad y objetividad.

Los citados periodistas del diario La República han vulnerado los deberes éticos previstos en el Código de Ética al incumplir los deberes esenciales del periodista como comunicador social, ya que tienen como obligación buscar la verdad como derecho del pueblo a conocerla. El diario La República y su Director han incumplido su deber de ajustarse a la más rigurosa veracidad en el trabajo, no han sido honestos ni fieles cumplidores de la verdad en la difusión de las publicaciones que vienen realizando contra mi persona, brindando información que no sólo es falsa sino además incompleta, verdades a medias, que lo que hacen es desinformar a la población en pleno proceso electoral, sobre decisiones que el Jurado Electoral de Lima Centro 1, tenía que tomar en ese momento, respecto a la exclusión de la candidata Keiko Sofía Fujimori Higuchi, con el objeto de pretender presionar a sus miembros con sus publicaciones. Nada más alejado, no es la primera vez que este medio pretende presionarme con este tipo de publicaciones, nunca ha logrado su objetivo ni lo logrará, he sido magistrada por más de 30 años y estoy acostumbrada a lidiar con este tipo presiones externas. Mi conducta siempre ha estado y estará arreglada a la Constitución, la Ley y el derecho; sin embargo, en esta oportunidad no voy a permitir que mancille mi honra y lo que es peor continúe irresponsablemente desinformando a la población, por vaya a saber qué intereses subalternos.

No cabe duda que este medio no tiene una información objetiva en este proceso electoral, es de público conocimiento que se encuentra en una campaña en contra de la candidata que precisamente debíamos resolver su exclusión o no en el presente proceso electoral (VER ANEXO
B) y para ello, el Director y su periodista fueron capaces de publicar una información que conocían que era falsa, que inconsultamente publicaron imputaciones de personas que sí estuvieron en la mafia y fueron condenadas, y hoy después de 17 años, a sabiendas que conocían que hubo una investigación que concluyó que esas imputaciones eran falsas, conforme lo he demostrado con la Resolución 0924-2008 del 20 de junio del 2008 (Exp.1322-2007-Lima-C). (VER ANEXO C), persistió en sacar titulares falsos en primera plana y página central de su diario, así como en su página web que sigue apareciendo hasta el día de hoy.

En tal sentido, queda claro que el diario La República incumplió el deber publicar la información sólo cuando su origen ha sido plenamente verificado sin suprimir, desnaturalizar ni añadir hechos que puedan tergiversar la información, como lo hizo groseramente en mi caso, con cada uno de los titulares que publicó no sólo en el medio escrito sino que difundió sigue difundiendo en su página web, internet, informaciones carentes de verdad, por lo que solicitó que retire de manera inmediata toda la información que aparezca contra mi persona, respecto de una supuesta vinculación «fujimontesinista», ya que esto ha sido resuelto en una investigación fiscal, sin perjuicio que inicie luego las acciones legales, por continuar desinformando en la web. Además, de proceder a cumplir con informar por ese mismo medio correctamente, rectificando la información falsa y errónea que afecta a mi persona, según el numeral 4. del artículo 2° de la Constitución, concordando con el numeral 1. del artículo 14 de la Convención Americana, aun cuando no hubiera dolo o culpa por parte del periodista que realizó la publicación errónea, así lo ha establecido el Tribunal Constitucional en el Fundamento 14 a. de la STC N°3362-2004-PA/TC.

DECIMO TERCERO.- Cabe señalar que los medios de comunicación por intermedio del Consejo de la Prensa Peruana, entre los que se encuentra La República, suscribieron y se adhirieron al Pacto Ético Electoral 2016, en dicho compromiso asumieron contribuir a un clima de respeto en la campaña electoral, guiándose bajo los principios de equidad, veracidad, objetividad y pluralismo democrático con la finalidad de contribuir a mejorar el desarrollo de los procesos electorales, así como la calidad de la representación política nacional con la finalidad de generar conciencia ciudadana, con una sociedad informada a través de la apertura informativa como medida de transparencia para el control ciudadano, con el único objetivo de fortalecer el sistema democrático. Sin embargo, lamento decir que el diario La República en este caso incumplió también este compromiso, puesto que se apartó de su deber de informar con veracidad, justicia, equidad y objetividad y lo que es más grave aún, utilizar un medio de comunicación social para desinformar por privilegiar intereses particulares.

En este mismo sentido, se ha pronunciado el Consejo de la Prensa Peruana al reiterar su «exhortación a los medios de comunicación a equilibrar la información, puntos de vista y propuestas en el debate público, garantizando el pluralismo informativo, el derecho ciudadano de acceso a la información, el libre flujo e intercambio de ideas, contribuyendo al voto informado entre la ciudadanía, propio de un proceso democrático.»

DECIMO CUARTO.- EL DERECHO AL HONOR Y BUENA REPUTACIÓN FRENTE A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, DIFUSIÓN E INFORMACIÓN El derecho de información debe ser considerado «como el derecho de informar y el de recibir información, sobre los asuntos más diversos», mientras que el derecho a difusión, «Conlleva un mayor alcance al derecho de información y expresión, siendo su característica la amplitud y la mayor cantidad de destinatarios, a través de diversos medios de comunicación». Por otro lado, el honor se refiere «al sentimiento personal de autoestima, la apreciación que la persona hace de sí mismo y de su actuación, el mismo que va relacionado con la buena reputación, que es la idea que los demás tienen o presuponen de una persona», siendo esta lesionada cuando nuestra imagen en los demás es dañada. En la actualidad, la mayoría de los medios de comunicación no sólo divulgan hechos que corresponden a la vida privada sin contemplación alguna, en una clara infracción al derecho al honor y la buena reputación, sino que además por intereses políticos o económicos la información que nos brindan es parcial, distorsionada en muchos casos hasta falsa. [TUPAYACHI SOTOMAYOR, Jhony:»EI derecho a rectificación frente a la proporcionalidad del daño causado», Lima, 2009].

Conforme hemos señalado en la actualidad, la libertad de información y difusión en su carácter garantía de interés público o general, puede entrar en conflicto con el derecho al honor y buena reputación de una persona concreta. La sociedad puede manifestar interés por estar informada de la verdad en lo que concierne a todos lo algunos de los individuos que forman parte de ella y de este modo, podría reclamar un derecho de conocer también aquello que se incluye dentro del concepto de vida privada, para lo cual los medios se sustentan en el interés público que pudiera tener la información.

El que suministra información «debe hacer todo lo que esté a su alcance para asegurarse que la información que reciba el público sea exacta en cuanto a los hechos. Debe comprobar todos aquellos puntos de la información en la forma que mejor pueda. Ningún hecho debe ser voluntariamente desinformado y ningún hecho esencial debe ser deliberadamente
suprimido»: Porque, «la buena fe para con el público es el fundamento del buen periodismo».
(…), «toda información publicada que resulte ser perjudicialmente inexacta debe ser rectificada en forma espontánea e inmediata». [SARAZA JIMENA, Raúl, «La Libertad de expresión e información frente al honor, intimidad y propia imagen», Aranzadi, Pamplona 1995, pág. 153].

El Tribunal Constitucional en la STC -Exp. N 0446-2002-AA/TC- Fundamento 3 ha señalado: «el honor forma parte de la imagen del ser humano, ínsita en la dignidad de la que se encuentra envestida, garantizando el ámbito de la libertad de una persona respecto de sus atributos más característicos, propios e inmediatos.» Así mismo, ha señalado en el fundamento 2. El honor, «(…) forma parte del elenco de derechos fundamentales protegidos por el inciso 7) del artículo 2 de la Constitución Política, y está estrechamente vinculado con la dignidad de la persona; su objeto es proteger a su titular contra el escarnecimiento o humillación, ante sí o ante los demás, incluso frente al ejercicio arbitrario de las libertades de expresión o información, puesto que la información que se comunique, en ningún caso puede resultar injuriosa o despectiva.»

DECIMO QUINTO.- Como podrá usted comprender, no puedo permitir que ningún medio de comunicación manche irresponsablemente mi larga, limpia y esforzada trayectoria profesional y personal en el Ministerio Público de más de 30 años, con publicaciones interesadas con la finalidad de pretender presionar al órgano electoral en la toma de sus decisiones, como públicamente lo ha hecho este medio de comunicación y para lo cual, no le interesa la honra de las personas como viene haciéndolo no sólo con mi persona sino también con otros miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, creando una situación de desconfianza con el único objetivo de tratar de enturbiar, el ya difícil y complejo proceso electoral que venimos llevando a cabo, no solo por la deficiente e inoportuna legislación electoral que nos rige sino además por la falta de compromiso de algunos medios de comunicación como es el diario La República, quien al no cumplir con su deber de informar con veracidad, equidad y objetividad, resquebraja aún más nuestro incipiente sistema democrático.

Por tanto:

Señor Presidente quiero expresar que situaciones como éstas no me amilanan por el contrario me fortalecen y me animan a continuar trabajando como siempre lo he hecho en defensa precisamente del derecho a la libertad de expresión, el derecho a ser informado correctamente, sin aceptar ningún tipo de presión de ningún medio de comunicación, menos de la corrupción, somos respetuosos del derecho constitucional a la libertad de expresión pero también exigimos el respeto del derecho constitucional a informar con veracidad y objetividad y el respeto de la honra de las personas. Mis decisiones siempre estarán enmarcadas en la Constitución, la ley y los principios de autonomía, independencia y criterio de conciencia que nos otorga nuestro ordenamiento jurídico, por lo que solicito que en su oportunidad se declare FUNDADA, la queja formulada contra el Director del diario La República, Gustavo Mohme Seminario y el periodista César Romero, C. de esa misma casa, debiendo disponerse, el retiro inmediato de toda la información que atente contra mi honor respecto a los hechos materia de la presente queja, ya que así ha sido resuelto en una investigación fiscal, sin perjuicio que el citado medio proceda a cumplir con rectificarse y publicar en primera plana la Resolución que su Tribunal se servirá expedir al respecto de conformidad con el numeral 4) y 7) del artículo 2° de la Constitución Política.

Jesús María, 14 de abril de 2016.

(Ver documento original)


Ampliación de Queja

“Año de la Consolidación del Mar de Grau”

Señor Presidente y Miembros del Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana

Asunto: Adjunto publicación injuriosa del diario

 La República del día 16 de marzo del 2016

MARÍA DE LOURDES LOAYZA GARATE, en los seguidos en la queja contra el Director diario La República, Gustavo Mohme Seminario y el periodista y el César Romero C. Presentada el 20 de marzo de los corrientes, a ustedes digo:

Que el día miércoles 16 de marzo del 2016, el diario quejado en la página 10, en la columna Desde Adentro, nuevamente publicó lo siguiente:

Investigada por nexos con Montesinos, BUSCA SER MIEMBRO DEL CNM. La magistrada del JEE María Loayza Gárate, quien fue secretaria general de la Fiscalía de la Nación durante el gobierno fujimorista e investigada por sus lazos con Vladimiro Montesinos, aspira hoy en día a ser la representantes del Ministerio Público ante el Consejo Nacional de la Magistratura. En el 2012 postuló al cargo de Fiscal Superior Titular, pero no alcanzó el puntaje requerido. Desde entonces busca retornar a la institución por cualquier medio.»

Una vez más este medio vuelve a vincularme con lazos con Vladimiro Montesinos cuando sabe y conoce perfectamente que estos dichos son absolutamente falsos, desinformar a la opinión pública al no informar que la investigación que se abrió en mi contra por falacias de dos condenados, concluyó que no hubo medio probatorio alguno que acreditara sus dichos, es más quien los afirmó, luego declaró que no le constaba tales dichos. El diario La República continúa desinformando a la opinión pública con la finalidad de perjudicarme y atentar contra mi honor y trayectoria profesional. Inventa que en el año 2012 postulé al cargo de Fiscal Superior Titular y desde entonces busco retornar a la institución por cualquier medio. Falsedad absoluta, la suscrita ha sido Fiscal Superior Titular de Lima desde del año 1994 y renuncié en forma irrevocable al cargo de Fiscal Superior Titular de Lima y al cargo de Fiscal Suprema Provisional del Ministerio Público el 01 de enero del 2012 y desde entonces, evidentemente no he postulado a ningún cargo titular ni provisional en el Ministerio Público, con lo cual demuestro una vez más que este medio, está en una campaña de desprestigio contra mi persona, al hacer publicaciones totalmente ajenas al principio de veracidad, vulnerando el Código de Ética, pues es deber de todo periodista que la información que reciba el público debe ser exacta en cuanto a los hechos, lo que evidentemente no ha ocurrido en el presente caso.

Por las consideraciones expuestas, sírvase ampliar mi queja en este extremo y en su oportunidad declararla FUNDADA mi queja contra este medio periodístico.

Jesús María 12 de mayo de 2016

MARIA DE LOURDES LOAYZA GARATE

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Respuesta del medio

Señores

Tribunal de Úlica del Consejo de la Prensa Peruana Presente.-

De mi consideración:

Respecto a la queja presentada por la doctora María Lourdes Loayza Gárate sobre los artículos publicados en la edición impresa y web del diario La República, entre el 15 y 26 de marzo del 2016, señalamos lo siguiente.

Los artículos informaron de un hecho cierto: la investigación que afrontó la doctora Lourdes Loayza poi su intervención en la primera investigación al ex asesor presidencial Vladimiro Montesinos, a pedido de las fiscalías anticorrupción. No fue una investigación de oficio, ni promovida por una parte interesada. Sus propios colegas solicitaron y realizaron la investigación. La doctora Lourdes Loayza reconoce en su queja que está investigación existió, tiic real y, por los mismos hechos, que liemos mencionado en las notas periodísticas.

En nuestras notas periodísticas, tal como la doctora Loayza lo reconoce en su queja, dejamos clara constancia que la investigación fue archivada por falta de pruebas, que ella no tenía poder de decisión para favorecer a Montesinos y que superada la investigación la doctora Loayza continúo su carrera en el Ministerio Público.

Louddes Loayza Cúrate renunció al Ministerio Público en enero del 2012, pero se ha mantenido cercana a esla institución. Incluso mantuvo un largo litigió, vía Acción de Amparo, con el Consejo Nacional de la Magistrada (CNM) al considerar que fue discriminada en un concurso para ser elegida fiscal suprema el año 2010. Su enfrentamiento legal con el CNM terminó con una sentencia del Tribunal Constitucional del 16 de abril del 2014, expediente N° 051254-2013-PA/TC. La demanda buscaba que Loayza fuera nombrada fiscal suprema titular.

En enero del 2015, Loayza Gárate fue nombrada por la Junta de Fiscales Superiores de Lima para integrar el Jurado Electoral Especial de Lima para la elección de los miembros del CNM. Luego, en algún momento posterior, la vuelven a elegir para las elecciones generales a la presidencia y congresistas de la República del año 2016.

Los artículos en mención buscaron dar a conocer a la opinión pública quienes eran los integrantes del Jurado Electoral Especial de Lima, en un momento crítico del proceso electoral, en ejercicio de los derechos de libertad de información, de prensa y de libre crítica de la actuación de los funcionarios públicos, y sin ningún otro interés particular.

Además, como la doctora Loayza lo reconoce, sobre un hecho que sucedió y que se archivó, tal como liemos consignado en los artículos. La doctora y los demás miembros del JNE han tenido la oportunidad de dar su propia versión de los hechos y estos fueron publicados oportunamente.
Agradeciéndole, la atención de la presente

Atentamente ,

Cesar Romero C.

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Resolución

Lima, 30 de noviembre del 2016.

EL TRIBUNAL DE ÉTICA VISTA:

La queja presentada por la doctora María de Lourdes Loayza Gárate, (Caso 06-16), con relación al Titular en portada, Editorial, Articulo y Recuadro publicados en el diario La República (relación anexa), entre el 15 y 26 de marzo del 2016; asi como la información enviada, a solicitud del Tribunal de Ética, por el señor César Romero, editor judicial del diario La República.

CONSIDERANDO

Que la denunciante refiere que, el 15 de marzo, el diario La República, en su intento por vincularla al fujimontesinismo, no solo publicó el titular en portada «Magistrada del JEE vinculada al fujimontesinismo», sino que, además, añadió que era «secretaria general del fiscal de la Nación Miguel Aljovin cuando éste exculpó a Montesinos de la investigación de sus millonarias cuentas». Al respecto, la denunciante señala que, sobre este tema, las aseveraciones en su contra, fueron declaradas infundadas.

Con relación a la afirmación sobre su cercanía «a los ex fiscales de la Nación Gladys Echaíz y José Peláez Bardales», relación que le habría permitido «llegar al JEE el 1 de diciembre del 2105», la denunciante señala que es falso pues ella fue designada por decisión del Pleno de la Junta de Fiscales Superiores de acuerdo a la Ley 26486. Añade, que la información publicada nunca fue contrastada con ella.

Con referencia al editorial de La República: «Necesaria salida» del 16 de marzo, en el que se afirma que «Lourdes Loayza Gárate estuvo vinculada a la red de Vladimiro Montesinos y Alberto Fujimori a finales de los años noventa a través del entonces Fiscal de la Nación, Miguel Aljovín Swayne», la denunciante manifiesta que no se evidencian medios probatorios que avalen lo publicado, como tampoco confrontación de la información.

Con relación a la nota publicada en la Sección Desde Adentro titulada «Busca ser miembro del CNM», la denunciante señala que el diario «inventa» que, en el 2012, ella postuló al cargo de Fiscal Superior Titular. Explica, incluso, que el 1 de enero del mismo año, ella había renunciado irrevocablemente al cargo de Fiscal Superior Titular de Lima, cargo que venía ejerciendo desde el año 1994, así como al cargo de Fiscal Suprema Provisional del Ministerio Público.

Finalmente, la denunciante refiere que en la nota informativa «JEE desestima recusación contra jueza por presuntos vínculos con Vladimiro Montesinos», publicada el 26 de marzo en la edición digital del diario La República, se le acusa «sin prueba alguna», «de haber favorecido al ex asesor presidencial al detener un investigación en su contra. Todo, según el testimonio de Pinchi Pinchi, a cambio de una coima de 150 mil dólares y dos relojes de lujo».

Que en la respuesta enviada por el diario La República se afirma que «los artículos informaron de un hecho cierto». Es decir que «la investigación que afrontó la doctora Lourdes Loayza por su intervención en la primera investigación al ex asesor presidencial Vladimiro Montesinos, a pedido de las fiscalías anticorrupción».

El diario indica que «En nuestras notas periodísticas, tal como la doctora Loayza lo reconoce en su queja, dejamos clara constancia que la investigación fue archivada por falta de pruebas, que ella no tenía poder de decisión para favorecer a Montesinos, y que superada la investigación, la doctora Loayza continúo (sic) su carrera en el Ministerio Público».

Que el Tribunal observa que si bien, en las publicaciones materia de la queja, el diario La República informó sobre un hecho de interés público, como es la trayectoria de una integrante del Jurado Electoral Especial de Lima, atribuyó a la denunciante vínculos con el ex asesor presidencial Vladimiro Montesinos sobre la base de las acusaciones que cuestionaban su actuación cuando el entonces fiscal de la Nación Miguel Aljovín archivó las investigaciones sobre las cuentas de Montesinos.

Sobre dicho archivamiento, de acuerdo a la documentación enviada por la denunciante y que consta en el expediente del caso, María de Lourdes Loayza Gárate fue investigada y no fue encontrada responsable, por lo cual el diario La República, al informar que existen o existieron vinculaciones de la denunciante con «la red de Montesinos» o «el fujimontesinismo», difundió información inexacta y, en ocasiones, no contrastada.

En uso de las atribuciones conferidas por su Reglamento.

SE RESUELVE:

  1. Declarar fundada la queja presentada por la señora María de Lourdes Loayza Gárate, (Caso 06-16).
  2. Disponer que el diario La República publique la presente resolución en el plazo de siete días de notificada. Si no realizara tal publicación, el Tribunal de Ética dispone que la resolución sea difundida en los medios asociados en el Consejo de la Prensa Peruana.

Regístrese, comuníquese y archívese.

(Ver documento original) 


Publicación en el medio

RESOLUCION CAOS 06-16