Solicitud de rectificación

SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE ÉTICA DEL CONSEJO DE LA
PRENSA PERUANA

JOSÉ RAGUBERTO LEÓN RIVERA, identificado con D.N.I 19232015 y con domicilio para estos efectos en Calle Panamá N° 228, Urbanización Santa Patricia, distrito La Molina, Lima, a usted atentamente digo:

Que, conforme a los Estatutos del Consejo de la Prensa Peruana y de acuerdo con el Reglamento Interno de su Tribunal de Ética, presento formal DENUNCIA contra el Programa Periodístico CUARTO PODER, programa emitido por América Televisión (Canal 4), para que proceda a rectificar el informe periodístico agraviante que sobre mi persona fuese transmitido, según las consideraciones y hechos siguientes:

1. Con fecha 06 de Junio del presente año, el Programa Periodístico CUARTO PODER transmitió a nivel nacional un reportaje acerca de mis supuestas vinculaciones con la comisión de delitos de proxenetismo y prostitución infantil en un negocio de hospedaje en la ciudad de Trujillo.

2. Ese día, fecha de un partido de fútbol de nuestra selección nacional, América Televisión (Canal 4) publicitó incesantemente el mencionado reportaje, como su investigación principal para la emisión del programa dominical.

3. En esa fecha, yo ostentaba el cargo de Ministro de Estado en la Cartera de Agricultura que me fuera confiado en Diciembre del 2003. Este hecho resultó políticamente apetecible tanto para los promotores de CUARTO PODER (director, reportero y conductor) así como para los directivos del Canal 4. El día anterior a la emisión del programa fui entrevistado por la reportera, encargada de la investigación, a quien demostré con documentación fehaciente que el negocio, sobre el cual giraba el reportaje y la denuncia periodística de proxenetismo y prostitución infantil, pertenecía a mi hijo Christian y sobre el que yo no tenía manejo alguno.

5. A pesar de esto y utilizando vilmente como ventaja política y publicitaria mi cargo de Ministro de Estado, tanto los directivos del Canal como los integrantes del staff de producción del programa, publicitaron el reportaje y finalmente lo transmitieron manchando no solamente mi honra sino principalmente la de mi hijo y la de los demás miembros de mi familia puesto que nos dejaron ante la audiencia pública como unos delincuentes.

6. Dada la gravedad de la situación, como integrante del gobierno del Presidente Toledo y con la finalidad de no perjudicar la responsable conducción de un sector tan importante en el país como lo es el sector agrario procedí a RENUNCIAR, al día siguiente, como así consta públicamente y entregué el cargo formalmente el día viernes 11 de junio del 2004 día en que fue aceptada mi renuncia al cargo de Ministro de Agricultura, mediante Resolución Suprema N° 203-2004-PCM, precediéndose a nombrar al Ingeniero Alvaro Quijandría Salmón como Ministro.

7. Sepa usted señor Presidente que ese mismo día decidí no descansar hasta poder demostrar a la opinión pública que el citado reportaje no solamente había sido producido de manera irresponsable sino que por sobre todo había sido utilizado para manchar mi honor y el de mi familia utilizándolo mezquinamente para hacerle daño al gobierno del Presidente Toledo. A pesar de las aclaraciones hechas el día anterior, la reportera con anuencia de sus superiores y directivos del canal procedió a editar la cinta de vídeo de la manera más morbosa apareciendo yo ante el público como un proxeneta sin tomar en cuenta la reputación que tanto esfuerzo me ha costado crear en la ciudad de Trujillo en donde he ocupado altos cargos regionales.

8. Despojado ya de todo cargo público, procedí voluntariamente a ser investigado por el Ministerio Público. Es así que mi hijo presentó una denuncia ante la Quinta Fiscalía Provincial en lo Penal de Trujillo por promoción y favorecimiento de la prostitución y por daño a la reputación comercial.

9. Paralelamente, dada la trascendencia y gravedad de la injuriosa denuncia hecha por el programa CUARTO PODER, ésta fue rebotada por el diario LA INDUSTRIA DE TRUJILLO dando como resultado que el Titular de la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Trujillo ordenara el inicio de una investigación de oficio por los hechos denunciados.

10. En este estado de las cosas señor Presidente mi familia y yo nos sometimos a una imparcial investigación que iniciada en dos Fiscalías fue finalmente acumulada e investigada por la Policía Nacional del Perú con la rigurosidad que el hecho político demandaba y sin ninguna ventaja para mi pues como no le será ajeno, Trujillo no es necesariamente bastión político del partido político de gobierno.

11. Luego de transcurrido cuatro meses y de dos procedimientos de investigación, se ha llegado al final de la misma la que ha dado lugar al ARCHIVAMIENTO DEFINITIVO de las denuncias por no haberse acreditado comisión delictiva alguna con las conclusiones que vale la pena resaltar por ser de esencia para esta denuncia:

a) Se ha determinado que el TITULAR EXCLUSIVO DE LA PROPIEDAD del referido “Suites Hotel Villa del Mar” era mi hijo CHRISTIAN JOSÉ LEÓN ALVA y no yo, como maliciosamente aseveró el programa CUARTO PODER.

b) La Policía Nacional del Perú tal y como consta del respectivo Parte N° 576-04-DIVICAJ/DEPAPJUS-SECAMP. (15), notificó legalmente y en reiteradas ocasiones tanto a los directivos de América Televisión como a la reportera HEIDI GROSSMAN para que confirmaran su denuncia y entregaran el original, sin editar, de la cinta de vídeo con todos los pormenores de reportaje. Esto NUNCA SUCEDIÓ y configura por sí sólo una grave falta ética pues denota la malicia y FALSEDAD con la que fue presentada la noticia.

c) En ese sentido y con la ausencia contumaz de la reportera, nuevamente debo informarle que se citó a la reportera hasta en seis ocasiones, la Policía Nacional del Perú y luego las correspondientes Fiscalías, tanto Provincial como Superior, determinaron que los empleados del hotel sin el conocimiento de su propietario fueron prácticamente emboscados y obligados a afirmar hechos que nunca habían sucedido en el hotel y que ante el incesante requerimiento del “sembrado” cliente por una prostituta ellos siempre respondieron negativamente.

d) Que el reportaje tenía como real intención la de agraviar la reputación y honra de un funcionario público, que en este caso ostentaba el cargo de Ministro de Estado, no importando si la información era verdadera.

12. Señor Presidente, el reportaje denunciado ha vulnerado todas las normas éticas que deben guiar un periodismo serio al haber transmitido a nivel nacional información falsa no fehacientemente corroborada con al única finalidad de afectar la credibilidad del gobierno del Presidente Toledo a través del ataque perverso a un Ministro de Estado.

13. Esta situación ha llevado a mi hijo a tomar la decisión de vender el hotel puesto que ante este ataque y con un periodismo como el denunciado, que «siembra” clientes falsos, podríamos enfrentar en el futuro denuncias por asesinato o por narcotráfico.

14. En ese sentido y aún con el daño que han causado estos periodistas a mi familia, mi hijo se ve impedido de encontrar mejores oportunidades laborales, he decidido continuar con mi trabajo político por nuestro país tratando de eliminar con las arnas de la verdad y de la justicia a todos aquellos que utilizan la profesión de periodista para saciar sus ansias mercantilistas y de poder.

15. Esta afirmación la hago sin voluntad de agravio y con la verdad de mi lado pues debo informarle, Señor Presidente, que ese día y por ese REPORTAJE FALSO, el Programa Periodístico CUARTO PODER logró una sintonía histórica de 21 puntos, con lo que eso representa económicamente tanto para los periodistas como para los directivos y dueños del canal.

16. Finalmente debo informarle Señor Presidente que el día de ayer domingo en la edición del Programa Periodístico CUARTO PODER, bajo la dirección y conducción de nuevo personal, se han continuado difundiendo las conclusiones agraviantes del REPORTAJE FALSO, como si se tratara de una investigación exitosa en contra de criminales hecho que no debe seguir ocurriendo a la luz de las resoluciones fiscales.

17. Como sustento y prueba de esta denuncia cumplo con anexar a la misma:

a. Copia de mi Documento Nacional de Identidad;

b. Copia de la cinta de vídeo que contiene el reportaje falso transmitido, el día domingo 06 de Junio del 2004, por el Programa Periodístico CUARTO PODER a través de América televisión (Canal 4);

c. Copia del Parte N° 576-04-DIVICAJ/DEPAPJUS-SECAMP.(15), elaborado por la Policía Nacional del Perú en el cual se concluye que no hay comisión de delitos de Proxenetismo o Rufianismo ni que en las instalaciones de “Suites Hotel Villa del Mar” se haya dado algún caso de prostitución.

d. Copia de los Dictámenes del Fiscal de la Quinta Fiscalía Provincial en lo Penal de Trujillo, de fechas 22 de Julio y 06 de Septiembre de presente año, en los que se resuelve NO HA LUGAR A LA FORMALIZACIÓN DE DENUNCIA, por no haberse acreditado la comisión de delito alguno;

e. Copia de la Resolución Fiscal N° 206-2004, en la que el Fiscal Superior de la Segunda Fiscalía Superior Penal avocándose a la Queja de Derecho, presentada por el Procurador Público a cargo de los asuntos del Ministerio Público, la declara NULA y ordena ampliar la investigación debiéndose citar por SEXTA VEZ tanto a la periodista HEIDI GROSSMAN como al Canal 4 para que entregue el original, sin editar, de la cinta de vídeo con todos los pormenores de reportaje hecho que nunca sucedió por negativa de los aludidos.

f. Copia de la Resolución Fiscal N° 228-2004, en la que el Fiscal Superior de la Segunda Fiscalía Superior Penal avocándose a la Queja de Derecho, presentada por el Procurador Público a cargo de los asuntos del Ministerio Público, la declara INFUNDADA por no haberse acreditado comisión de delito alguno, con lo que el derecho de la supuesta parte agraviada a la pluralidad de instancia (constitucionalmente amparada) queda satisfecha.

POR LO TANTO:

Solicito a Usted Señor Presidente acoger la presente denuncia y tramitándola conforme a su Reglamento Interno la provea para así lograr que los denunciados procedan a la RECTIFICACIÓN correspondiente por el equivalente en horario y duración de la transmisión del reportaje falso para que así quede la única verdad ante la audiencia pública y repuesta en parte mi reputación y conducta transparente.

Lima, 11 de Octubre del 2004.

(Ver documento original)


Respuesta de medio

Estimada Kela

Con referencia a la carta del Tribunal de Ética enviada a América Televisión sobre la queja del señor José León Rivera, en relación al reportaje transmitido en Cuarto Poderel 6 de junio del 2004, debemos comunicarle que en dicha fecha la directora del mencionado programa era Rosana Cueva. Al no pertenecer ya ella a América Televisión nos parece inoportuno intervenir en este asunto, motivo por el cual solicitamos nos dispensen el mismo.
Atentamente
Bernardo Roca Rey Miró Quesada
Director Periodístico
América Televisión

(Ver documento original)

 


Resolución

TRIBUNAL DE  ÉTICA
CONSEJO DE LA PRENSA PERUANA
RESOLUCIÓN  N° 56-TE/2004

Lima, 22 de diciembre de 2004.

EL TRIBUNAL DE ÉTICA:

Vista la solicitud de rectificación interpuesta el 11 de octubre del 2004 por don José Raguberto León  Rivera contra el programa Cuarto Poder emitido por América Televisión el 6 de junio del 2004 (Caso 70-04). así como sus documentos adjuntos: Parte 576-04-DIVICAJ/DEPAPJUS-SECAMP, (15); la resolución ing 293-04 emitida el 22 de julio del 2004 por el Dr. Elíseo Taboada Veneros, Fiscal Provincial Titular de la Quinta Fiscalía Provincial en lo Penal de Trujillo; la Resolución 206-2004 en la Queja de Derecho 87-2004 ante la Quinta Fiscalía Provincial renal de La Libertad emitida el 24 de agosto del 2004 por el Dr. Héctor L. Palacios  Medina  Fiscal Superior (P) en  la  Segundo Fiscalía Superior Penal de la Libertad así como la resolución emitida el 6 de setiembre del 2004 por el Dr. Eliseo Taboada Veneros, fiscal Provincial titular de la Quinta Fiscalía Provincial en lo Penal de Trujillo:

CONSIDERANDO:

Que la rectificación se presenta en relación a una noticia según la cual en el hotel Villa del Mar de Trujillo, propiedad de don Christian José León Alva, se vendría  ejerciendo la prostitución mediante actos de promoción y favorecimiento, hechos cometidos por trabajadores de dicho hotel;

Que este reportaje tuvo amplia repercusión política porque el padre del dueño del hotel era  en ese momento ministro de  Estado,  razón por la que se vio obligado a renunciar;

Que con posterioridad se abrieron investigaciones policiales y el caso llegó al Ministerio Público, el cual decidió finalmente archivar el caso y no presentar denuncia por presunta existencia de delito ya que, a pesar de que el reportaje mostraba efectivamente la visita de mujeres al reportero, el vídeo respectivo estaba editado y no se podía conocer los prolegómenos de dichos  hechos. y que tampoco estaba probado que alguien hubiera lucrado con la situación por lo que no se cumplen los requisitos que exige el Código Penal para realizar la acusación respectiva;

Que lo que se discute ante este Tribunal no es un problema de naturaleza penal frente al cual sólo la  Justicia Ordinaria puede pronunciarse, sino, más bien, si hay lugar a rectificar el informe de Cuarto Poder fundado en el hecho de que un reportero dicho programa logró convencer a empleados del Hotel Villa del Mar a que aceptaran el ingreso de mujeres con la finalidad de tener relaciones sexuales con ellas;

Que producido el hecho, como ha quedado registrado en el reportaje emitido por Cuarto Poder, desde el punto de vista periodístico este programa tuvo la fuente informativa que le  permitió fundar adecuadamente su  reportaje en hechos reales;

Que los  aspectos  éticos  de la información son distintos  de los  eventuales delitos que puedan haberse o no cometido. porque la información versa sobre hechos en   tanto   que  en  la   determinación  del  delito  tiene   que   haber Investigación y juzgamiento de los hechos y de la conducta de quienes incurren en ellos;

Que el programa Cuarto Poder informó acerca de hechos ciertos. confirmados con procedimientos de investigación periodística aceptados y que fueron eses hechos los mostrados en la emisión de Cuarto Poder;

En uso de las atribuciones conferidas por su Reglamento;

RESUELVE:

Declarar infundada  la solicitud  de  rectificación presentada por  don  José Raguberto León Rivera contra el programa Cuarto Poder emitido por América Televisión el 6 de junio del 2004.

Regístrese, comuníquese y archivase.

MARCIAL RUBIO CORREA
Presidente

ALFONSO DE LOS HEROS P.A.
Vicepresidente

ALBERTO CAZORLA TALLERÍ
Vocal

MARIO PASCO COSMÓPOLIS
Vocal

LUIS PEIRANO FALCONÍ
Vocal

TERESA QUIROZ VELASCO
Vocal

(Ver documento original)