Queja
Srta. Periodista Kela León
Secretaria Ejecutiva del Consejo de la Prensa Peruana
Lima, 27 de octubre del 2003
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS, debidamente representada por su apoderado Dr. Jairo Napoleón Cieza Mora, identificado con D.N.I. N° 18121973 y Reg. C.A.L. 24951, acreditado mediante poder general y especial que se adjunta a la presente, señalando domicilio real y procesal para los efectos de la presente en la Avenida Germán Amézaga S/N Ciudad Universitaria, sito en la Biblioteca Central Cuarto Piso, ante Ud. respetuosamente me presento y manifiesto:
I) PETITORIO
Interpongo queja contra el Diario » La Nación» y sus representantes, por su actitud contraria a la Ética Profesional y a los principios del periodismo, agraviando permanente a las principales autoridades de mi representada y por lo tanto atacando la reputación o imagen institucional de La Universidad Nacional Mayor de San Marcos (en adelante_ LA UNIVERSIDAD) con las publicaciones que Ud. podrá apreciar y que atentan flagrantemente contra la dignidad de las personas (en este caso autoridades universitarias) contraviniendo los más elementales deberes del periodista.
Por esta razón consideramos que vuestra Institución , organismo de tanto prestigio, debe tomar las medidas necesarias, dentro de la esfera de su competencia, a fin de que estos agravios cesen y se produzca una sanción a este medio de prensa y a sus representantes.
II) FUNDAMENTOS DE HECHO
Para que vuestra Institución se forje con claridad una idea de los hechos que originan la presente queja contra el Diario» La Nación» y sus representantes, expongo a Ud. algunos aspectos que servirán para tener elementos de juicio en la valoración de los hechos aquí descritos.
1) El Diario » La Nación » es el medio de prensa escrito de la Empresa Editora La Nación INC. S.A.. Esta empresa aparece inscrita en la Ficha del Registro Mercantil N° 99451 (ANEXO 3)
2) En dicha ficha Registral aparecen como socios Fundadores de La Empresa Editora La Nación INC S.A. los Señores:
- RAMÓN RAMIREZ BRAZO, suscriptor de 600 acciones
- JULIO RAMIREZ PADILLA, suscriptor de 300 acciones
- EDITHROSARIO RAMIREZ BRAZO, suscriptora de 100 acciones
Asimismo en la ficha Registral mencionada aparecen como son directores:
- RAMON RAMIREZ BRAZO, Presidente Ejecutivo
- JULIO RAMIREZ PADILLA, Director
- EDITH RAMIREZ BRAZO, Directora y Gerente General
3) La vinculación entre Empresa Editora La Nación INC S.A. y el Diario «La Nación» se aprecia con la boleta de venta N° 024016 (ANEXO 4) en la cual figura Diario » La Nación» y en la parte inferior Editora La Nación INC. S.A.
Asimismo., esta vinculación se puede apreciar nítidamente cuando uno de los socios fundadores y director ejecutivo del Diario» La Nación» es Ramón Ramírez Brazo, un ex docente de LA UNIVERSIDAD (retirado precisamente por la utilización del Diario para el agravio), que, consideramos, utilizaría este medio de prensa para motivos de índole particular consistentes en las disputas que mantiene con esta casa de estudios por su separación.
El Diario quejado agravia de una manera ominosa y con el más bajo nivel., a las principales autoridades de la Universidad y por lo tanto también a la propia UNIVERSIDAD en su reputación o imagen institucional, por cuestiones de interés particular de uno de sus socios fundadores y Presidente Ejecutivo.
Consideramos., que una institución como la que Ud. representa no puede permitir que un Diario con estas características, que denigra la labor del periodismo, actúe de una manera arbitraria ·e impune., claro está, conociendo cuales son sus competencias y cuales las de los órganos jurisdiccionales en donde también haremos valer nuestros derechos.
4) Lo antes expuesto con respecto al Sr. Ramírez y sus controversias con LA UNIVERSIDAD solamente sirve como criterio referencial para comprender, de alguna manera., el porqué de la utilización de este medio de prensa, como instrumento de agravio a las Autoridades de LA UNIVERSIDAD. Sin embargo, lo que no se puede dejar pasar., es la actuación sistemática de agravio a la reputación e imagen institucional de una Universidad de tanto prestigio como la nuestra, a cuya autoridades se las insulta, se las calumnia sin el más mínimo respeto a la dignidad de las personas y máxime cuando en este caso, son las autoridades de LA UNIVERSIDAD.
Consideramos que nuestra queja responde a criterios perfectamente objetivos como se podrá apreciar de los ejemplares que anexamos a la presente queja en donde se podrá observar el nivel al que se desciende y los agravios denigrantes hacia autoridades como el propio Rector de la Universidad o los decanos de las diversas Facultades.
5) Para que Ud. pueda apreciar que la queja que planteamos debe tener acogida nos permitimos transcribir algunas de los titulares o «noticias» del Diario en mención :
- «ENJUICIAN A RECTOR UNMSM , POR ABUSO DE AUTORIDAD, INCAPACIDAD Y MALTRATO A DOCENTES» (Portada- Diario «La Nación» 09 de septiembre del 2002) (ANEXO 5). Se adjunta » modelo de acción de amparo» que tendrían que interponer los docentes contra LA UNIVERSIDAD.
- «Docentes repudian a camarilla fujimontesinista de Manuel Burga (Rector de la Universidad), Raúl Eyzguirre ( Vicerrector Académico), Aurora Marrou ( Decana de la Facultad de Educación) César Germana ( Decano de Ciencias Sociales), Felipe San Martín ( Decano de Medicina Veterinaria) Osorio (Decano de Facultad de Ciencias Económicas) Agustín Luque (Ex Secretario general) como autores de ilegalidad» ( interior – Diario La Nación 09 de septiembre del 2002) (ANEXO 6).
- «CAMARILLA FUJIMONTESINISTA…………. TENDRÁN QUE RESPONDER ANTE LA JUSTICIA POR ABUSO DE AUTORIDAD » (Portada- Diario » La Nación» 12 de septiembre del 2002 ) (ANEXO 7)
- También se lee » Las medidas de lucha tiene como demanda unánime la destitución de la camarilla fascista que encabeza Manuel Burga Díaz e integran entre otros Raúl Eyzaguirre, Beatriz Herrera, César Germaná, Aurora Marrou, Felipe San Martín y otros» (Interior- Diario» La Nación» 12 de septiembre del 2003).(ANEXO 8).
Para demostrar el vínculo entre Ramón Ramírez Brazo y el Diario como instrumento de intereses particulares, se lee:
- «El Dr. Ramón Ramírez Erazo, que ha asumido la defensa de los docentes sanmarquinos, precisó que el rectorado se había puesto fuera de la ley y que si no rectificaba esta conducta ilegal ello eran pasibles de ser sancionados judicialmente. Asimismo, señaló que los docentes deberían presentar sus acciones de amparo y las medidas cautelares que aparecen en esta edición a fin de que se les garantice la estabilidad laboral, pues el cese arbitrario que planea realizar el rectorado era manifiestamente inconstitucional y ningún juez le dará la razón a Burga Díaz.» (Interior- Diario» La Nación» 12 de septiembre del 2003.)
Nos preguntamos, en que lugar se ha visto que Un Diario publicite las demandas de acción de amparo contra LA UNIVERSIDAD para que »en serie» sean presentadas por algunos pocos docentes, incluido el Director Ejecutivo y fundador del Diario El Sr. Ramírez Brazo. Se aprecia claramente la utilización del Diario para fines particulares, contraviniendo elementales principios de ética profesional, situación que, consideramos, no pude dejar de ser reprobada por vuestra Institución.
El asunto llega a extremos inverosímiles cuando, por ejemplo, se publican la fotos del Rector y de algunos decanos y autoridades universitarias y encima se les coloca «¡Esta es la camarilla fascista que ha tomado San Marcos como botín». En la parte inferior de la fotografías de las autoridades se lee : «Docentes demandan y piden embargos de bienes de camarilla montesinista de Manuel Burga, César Germaná Cavero (a) » la bestia fascista», José Agustín Luque Barba (a) » Camarada Dinamita»(…). (Portada- Diario LA Nación, 22 de octubre del 2002) (ANEX0 9)
En este párrafo se observa la vulneración a la dignidad de las personas, en este caso autoridades universitarias de reconocido prestigio, en que se le trata como a delincuentes, colocándoles un alias (propio del mundo del hampa) seguido de un insulto denigrante. Como es ha podido ver líneas abajo, inclusive el Sr. Rector es insultado de una manera que denigra. Estamos seguros que este Diario hace cualquier cosa menos periodismos, y por eso acudimos a vuestra Institución para que recoja nuestra queja.
«CATEDRÁTICOS DE SAN MARCOS DENUNCIAN ANTE FISCALÍA DE LA NACIÓN A RECTOR BURGA POR GRAVES DAÑOS Y PERJUICIOS», » ASIMISMO SE PRECISÓ QUE LOS DELITOS DE USURPACIÓN DE FUNCIONES COMETIDOS POR EL RECTOR MARIPOSA MANUEL BURGA SON TAN MANIFIESTOS ….» (Interior- Diario » La Nación» 22 de» octubre del 2002) (ANEXO 10)
«RECTOR MANUEL BURGA AL BANQUILLO» » PODER JUDICIAL LO DECLARA RESPONSABLE DE ABUSO DE AUTORIDAD» ( Portada- Diario » La Nación» 28 de agosto del 2003) (ANEXO 11)
En este ejemplar, inclusive se aprecia una falsedad manifiesta, pues se afirma que el Poder Judicial declarar responsable al Sr. Rector, cundo esto es totalmente falso, aparte de los insultos que en este ejemplar se dan contra el decano de la Facultad de Ciencias Sociales César Germaná y que ya indicamos líneas arriba, para el caso de otro ejemplar del Diario.
Nuevamente se aprecia el vínculo entre Ramírez Erazo y el Diario» La Nación» así como la utilización arbitraria del mismo para solventar intereses particulares cuando se lee:
«Dr. Ramón Ramírez Brazo, Presidente de la AMADP y FREDUN, le da una lección a Manuel Burga Díaz y Cia (…)»Asimismo se aprecia una foto en la que aparece el mencionado sr. y el Sr. Rector de la Universidad. En otro de los párrafos se lee » (…) le dio una gran lección al grupo enquistado en el Rectorado de San Marcos encabezado por Manuel Burga Díaz, César Germaná Cavero y la reducida camarill fascista, senderista, montesinista y paredista que controla burocráticamente a dicha Universidad en una extraña alianza» ( Interior – Diario» La Nación» 28 de agosto del 2003) (ANEXO 12)
6) Como se puede apreciar las expresiones antes transcritas, son totalmente agraviantes e injuriantes y contravienen los mas elementales principios de ética periodística, pues no se duda en vulnerar la dignidad de las personas, que por lo demás cuentan con reconocido prestigio, con la finalidad de satisfacer intereses particulares, tal como hemos explicado. Este accionar del diario quejado y de sus representantes vulnera·lo previsto en el artículo primero de la Constitución, el mismo que expresa:
» La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado «.
Asimismo el artículo 2 inciso 7) de la Carta Fundamental expresa:
» Toda persona tiene derecho al honor y a la buena reputación, a la intimidad personal y familiar así como a la voz y a la imagen propias».
Asimismo dentro de los objetivos del Consejo de la Prensa Peruana se leen:
» Mantener y fortalecer los derechos y las· responsabilidades de la profesión periodística, estimulando la ética de la profesión»
Dentro de las acciones que efectuará el Consejo de la Prensa Peruana se lee: » Desarrollar una conciencia ética dentro del periodismo nacional»
» Proponer nuevas y mejores alternativas para la autoregulación de la actividad periodística nacional, dentro del marco de la libertad de expresión, de información:, la ética y la responsabilidad periodística»
» Tomar conocimiento y atender las quejas de los lectores con respecto a informaciones publicadas o transmitidas por los asociados, que generen agravios a terceros»
7) Asimismo, y complementando lo descrito en el párrafo precedente el Código de Ética Profesional de la Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANEXO 13) señala:
Inciso 6): H El periodista integrante de la ANP, jamás denigra a sus colegas, tampoco critica a sus instituciones gremiales con fines subalternos, cuidándose siempre de no usar términos lesivos a la condición humana y profesional»
Inciso 8): «No utiliza en su labor el sensacionalismo, la obscenidad ni el chantaje; menos aun emplea criterios de discriminación racial, ideológica o de sexo, ni induce a la confusión o desnaturaliza las opiniones tergiversándolas o extrayéndolas maliciosamente se su contexto».
Así también el Código de Ética Periodística del Colegio de Periodistas del Perú establece dentro de los deberes esenciales del periodista en la búsqueda, redacción, producción, narración y comentario de la noticia a :
Inciso 8) » Respetar la vida privada de las personas, el honor la buena reputación y su imagen, así como su intimidad familiar»
Inciso 9) «No hacer acusaciones gratuitas o anónimas»
Inciso 13) » Sostener invariablemente una conducta moral conforma a los principios de nuestra sociedad»
Inciso 14) » El periodista tiene el deber de proceder en todos sus actos con honor , velando por la dignidad de su profesión, de medio y/o centro de trabajo en el cual labore y de las personas e instituciones, ejerciendo con decoro su profesión. Está obligado a ser leal y consecuente con los principios y aspiraciones de su pueblo, de la comunidad y de la familia».
Inciso 15) «Está prohibido elaborar material informativo cuya divulgación o publicación resulte denigrante o humillante para la condición humana».
Inciso 16) » El periodista se guiará en su trabajo por el concepto de servicio público. Su función es social y dirigida al desarrollo integral del hombre. No podrá hacer uso de los medios de comunicación en función de los intereses personales, familiares o particulares»
8) Inclusive autorizada doctrina constitucional peruana define el derecho al honor y buena reputación, y su relación con la libertad de información, de la siguiente manera:
» Sabemos que el derecho al honor ya a la buena reputación protege tanto la valoración personal o autoestima de la propia dignidad, condición y prestigio, como el juicio valorativo, apreciación o percepción social que se tiene de la conducta o cualidades (personales, profesionales, morales) de una persona.por parte de los demás. Por ello, la vulneración a este derecho se produce si se atribuyen o difunden informaciones o afirmaciones que indebidamente menoscaban o dañan la reputación o consideración social de una persona, con mayor razón si
tales imputaciones carecen de veracidad» 1
9) Consideramos., Srta. Secretaria Ejecutiva., que nuestra queja se basa en cuestiones objetivas y que la actuación reiterada de este Diario y la mala utilización que del mismo hacen sus representantes agravian y denigran el honor de las principales
1 EGUIGUREN PRAELI, Francisco, La libertad de información y su relación con los derechos a la intimidad’;
autoridades de nuestra casa de estudios y por lo tanto la reputación e imagen institucional de una Universidad tan importante para los destinos del país como la nuestra. Por ese motivo y tomando en consideración los hechos y la documentación anexa esperamos que vuestro Consejo tome las medidas urgentes que el caso amerita.
POR LO EXPUESTO:
Solicitamos a Ud, se de trámite a la presente queja y se proceda, con la celeridad que el caso amerita, a emitir la resolución correspondiente, que, consideramos debe ser la aceptación de la presente reclamación.
Atentamente .
JAIRO CIEZA MORA
C.A.L. 24951
APODERADO DE LA UNIVERSIDAD
Respuesta TE
San Isidro, 12 de diciembre de 2003
Jairo Cieza Mora
Apoderado de la Universidad Nacional
Mayor de San Marcos
Ciudad
Señor Doctor
De nuestra mayor consideración:
Hacemos referencia a su atenta común relación con expediente 28-03 procesado ante este Tribunal.
Después de apreciar su contenido, cumplimos con transmitir a Usted el parecer del Tribunal en el sentido de que la infracción que atribuyen al diario La Nación, en el sentido de no cumplir con la obligación de consignar el nombre de su director, dado que el que figura en la publicación corresponde a persona inexistente, es en esencia un problema de índole legal que debe ser procesado en la vía correspondiente.
El Tribunal entiende que su competencia no alcanza para el conocimiento de ese tipo de cuestiones, máxime si la referida publicación no integra el Consejo de la Prensa Peruana.
Portales razones, ei Tribunal ha declinado conocer de su denuncia. Aprovechamos la ocasión para reiterarle las seguridades de nuestra especial consideración.
Atentamente,
MARIO PASCO COSMOPOLIS
Presidente del Tribunal de Ética
del Consejo de la Prensa Peruana