Queja

Señora
Kela León Amézaga:
Secretaria Ejecutiva del Consejo de la Prensa Peruana.

MARIO AUGUSTO LEÓN CRUZADO, con D.N.I. N° 07547679, con domicilio en la Av, Arenales N° 1012 – Jesús María, y con domicilio, para efectos de notificaciones, en la Casilla N° 490 del Ilustre Colegio de Abogados de Lima, 4to Piso de Palacio Nacional de Justicia, a Ud, con el debido respeto me presento y expongo:

Que, en virtud del presente escrito, interpongo QUEJA contra el diario “EL POPULAR” por NO RECTIFICARSE de las faltas a la ética periodística, representado por el Sr. Jaime Asián Domínguez, Director del diario EI Popular y contra el Sr. Ernesto Jerardo, periodista de dicha casa de prensa, con domicilio en el Jr. Camaná N° 320 – Lima, por los siguientes fundamentos que a continuación paso a detallar:

  1. Es Quejoso, labora como actor en la serie 1000 Oficios, Canal 5, razón por la cual he sido víctima de la falta de Ética Periodística de parte del Sr. Ernesto Jerardo, periodista del diario “El Popular”,
  2. Menciono que las faltas radican, en que el mencionado periodista nunca se acercó a entrevistarme para que confirme o desmienta las versiones de que estoy “HARTO DE 1000 OFICIOS”, además de que “JURA QUE NO QUIERE IRSE”, versiones que según el periodista había recogido de mis amistades, pero es el caso de que aparte de los titulares de esta falsa noticia, estos estuvieron acompañados de falsas notas periodísticas firmadas por e! quejado Ernesto Jerardo, los cuales he rechazado en forma categórica.
  3. Por tan grande irresponsabilidad del periodista Ernesto Jerardo, y del diario “El Popular”, me vi obligado a cursar una CARTA NOTARIAL con fecha 14/04/2004, solicitando que se rectifiquen de acuerdo a lo dispuesto en nuestra Constitución Política, en su Art. 2 Inc. 7), por lo cual debió proceder la rectificación en formagratuita, inmediata y proporcional, pero hasta la fecha NO han cumplido conforme lo he solicitado en mi referida carta.
  4. Con fecha 17/04/2004, apareció una publicación, que a manera de desmentido a publicado el diario quejado, donde sólo hacen mención que “Mediante Carta Notarial, el actor Mario León, … desmintió categóricamente”, por lo que considero, no atendida mi solicitud de rectificación, ya que he sido víctima de manera directa del periodista Ernesto Jerardo, en complicidad con el diario “El Popular”, los cuales han transgredido todo principio moral, deontológico que en la profesión de periodista debe prevalecer y de esa manera no atentar contra mi buen nombre, la honorabilidad de mi familia, mi prestigio personal y profesional que han sido dañados gratuitamente por el diario quejado.

ANEXO:

  1. En mérito de la fotocopia de la Carta Notarial de fecha 17/04/2004, que no ha sido atendida como solicite hasta el día de hoy.
  2. En mérito de las fotocopias del diario “El Popular” de los días 11 y 12 de Abril del 2004, donde se puede juzgar el atropello cometido contra mi persona, transgrediendo la Ética Periodística.
  3. En mérito de las fotocopias de los diarios EXTRA y Perú.21, de fecha 12/04/2004, los cuales se solidarizaron con mi posición.
  4. En mérito de la fotocopia de fecha 17/04/2004, que ha publicado el diario quejado a manera de desmentido, no cumpliendo con lo solicitado en mi carta notarial.Por lo expuesto:

    Señora Secretaria Ejecutiva, sírvase considerar apropiado atender mi Queja, remitiéndola al Tribunal de Ética para su evaluación y resolución, y que se recomiende al medio infractor que se ciña a las normas de ética periodística; permitiendo que la solicitada rectificación sea publicada en los medios asociados al Consejo de la Prensa Peruana, por ser esencialmente de carácter moral.

 Lima, 19 de abril 2004

Mario Augusto León Cruzado

(Ver documento original)


Respuesta del medio

Lima, 29 de abril de 2004

Señora
Kela León
Secretaria Ejecutiva del Consejo de Prensa Peruana
Presente

De mi mayor consideración

Ante la solicitud de rectificación planteada por el señor Mario Augusto León Cruzado por los artículos publicados el 11 y el 12 de abril de 2004 en el diario El Popular, hacemos de su conocimiento los siguientes descargos.

1) La nota periodística elaborada por el periodista Ernesto Jerardo y publicada el domingo 11 de abril del presente año en El Popular, se hizo con las declaraciones de fuentes allegadas al propio personaje. Incluso, la misma información consigna que se le llamó por teléfono y él no contestó a nuestro requerimiento, con lo que quedó expresamente abierta la posibilidad de que dé su versión cuando crea conveniente.

2) El mismo domingo 11 de abril el señor Mario Augusto León Cruzado se comunicó con el periodista Ernesto Jerardo y, luego de amenazarlo e insultarlo, le dio su versión de os hechos, que fue publicada al día siguiente, pero en un espacio no igual a la nota original. Ya hubo una primera rectificación.

3) No contento con la rectificación hecha, el señor Mario Augusto León Cruzado, el jueves de 15 abril nos remitió una carta notarial en la que pedía una aclaración más amplia y con estricto respeto a lo que manifestaba. Conocedores de la ley, sólo dos días después, y en la página central – con foto incluida – se informó exactamente lo que expresaba en misiva.

4) Pese a todo ello el señor Mario Augusto León Cruzado se fue e queja ante el Consejo de Prensa Peruana, entidad que respetamos y por ello lo entregamos los descargos respectivos para que proceda de la mejor manera, porque de ello estamos seguros.

Atentamente,

Cia Impresora Peruana
Jaime Asian Dominguez
Director del Diario El Popular

(Ver documento original)


Resolución

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE ÉTICA DEL
CONSEJO DE LA PRENSA PERUANA 
No. 23-TE/2004

Lima, 19 de mayo del 2004.

EL TRIBUNAL DE ÉTICA:

Vista la queja de fecha 19 de abril de 2004, presentada por el señor Mario Augusto León Cruzado (Caso No. 27-04), actor de la serie “1000 oficios’ de Canal 5, contra el diario El Popular y el periodista señor Ernesto Jerardo, debido a que el mencionado medio periodístico en las ediciones de los días 11,12 y 17 de abril de 2004 publicó una serie de artículos, afirmando que el señor León estaba “harto de 1000 oficios”, lo que, según sostiene, no es cierto;

Que la denuncia en mención fue puesta oportunamente en conocimiento del diario El Popular, el que fue invitado a formular sus descargos de modo de que el Tribunal pudiera contar con información suficiente, garantizándose así además el derecho a la defensa;

CONSIDERANDO:

Que el 14 de abril de 2004, recibida el día 15, el señor León, envió una carta notarial al Director del diario El Popular solicitándole la rectificación de las notas publicadas los días 11 y 12 de abril de 2004 y manifiesta que la información vertida en dichas notas es falsa.

Que en la edición del día 17 de abril de 2004, el diario El Popular, publicó las declaraciones del señor León en que rectificaba tal información;

Que este Tribunal considera que se ha concedido oportunidad y espacio suficientes al señor León para que expusiera en público su posición;

RESUELVE:

Declarar infundada la queja interpuesta por el señor Mario Augusto León Cruzado contra el Diario El Popular.

Regístrese, comuniqúese y archívese.

MARCIAL RUBIO CORREA                          ALFONSO DE LOS HEROS PA.
Presidente                                                          Vicepresidente

CECILIA BLONDET MONTERO                 ALBERTO CAZORLA TALLERI
Vocal                                                                             Vocal

MARIO PASCO COSMÓPOLIS                                ARMANDO ZOLEZZI M.
Vocal                                                                               Vocal

(Ver documento original)