Queja
Lima, 17 de octubre de 2011
OFICIO Nº 105-2011-EARR/CR
Señor
GUSTAVO MOHME SEMINARIO
Consejo de la Prensa Peruana
Presente
De mi mayor consideración:
Me dirijo a usted para saludarlo cordialmente y, a la vez, hacer de su conocimiento que, el 4 y 5 de octubre, del año en curso, remití carta notarial de rectificación a los diarios El Comercio y Perú 21, respectivamente, según documentos que se adjuntan.
Pese a haber transcurrido un tiempo ampliamente considerable desde la remisión de las cartas, a la fecha ambos diarios no han emitido pronunciamiento ni respuesta alguna. Es decir, contraviniendo el artículo 2 numeral 7 de la Constitución y la reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional referida al derecho de rectificación, han incumplido manifiestamente con realizar la aclaración que les corresponde por Ley con criterios de inmediatez y proporcionalidad.
En tal sentido, atendiendo a la clara falta profesional y legal en que han incurrido los medios de comunicación mencionados, solicito a la institución de su representación realizar las acciones pertinentes que guarden correspondencia con el fin del Consejo de la Prensa Peruana, cual es promover la ética y los mecanismos de autorregulación en el ejercicio del periodismo, así como defender el derecho ciudadano a la información pública en el Perú.
Debo precisar que las notas publicadas, sobre las cuales se elaboraron las cartas rectificatorias, contienen información falsa y tendenciosa, directamente agraviante de mi derecho al honor.
Hago propicia la ocasión para reiterarle las muestras de mi especial consideración y estima personal.
Atentamente,
EULOGIO AMADO ROMERO RODRÍGUEZ
Congresista de la República
Respuesta del medio
Lima, 02 de enero de 2012
Señora
KELA LEON
Secretaria Ejecutiva
Tribunal Etica del Consejo de Prensa Peruana
Presente.-
Referencia: Caso-26-11
De nuestra consideración:
En atención a su carta de fecha 20 de diciembre de 2011 sobre el caso de la referencia, vinculada a la solicitud de publicación de carta rectificatoria realizada por el congresista Eulogio Amado Romero Rodríguez ante el Tribunal de Ética del Consejo de Prensa Peruana, respecto de las investigaciones realizadas por nuestra Unidad de Investigación sobre presuntos actos ilícitos identificados en el reportaje titulado «Minería Ilegal depreda selva de Tambopata», debemos de precisar que la publicación solicitada por el congresista Romero fue publicada el día 29 de diciembre último, conforme se acredita en el anexo adjunto.
Sin perjuicio de ello, la información sustentatoria y acreditatoria de la mencionada investigación, fue proporcionada a la Comisión de Ética Parlamentaria, presidida por el Congresistas Humberto Lay Sun, mediante Acta Ex Protocolar de Entrega de Información, de fecha 21 de octubre de 2011, diligenciada por el Notario Público de Lima, Dr. Edgardo Hopkins Torres, cuyo legajo documentario quedó en su custodia, conforme se acredita en el anexo que también se adjunta.
Atentamente,
Karim Merzthal Reyes
GERENTE LEGAL
Resolución
TRIBUNAL DE ÉTICA
CONSEJO DE LA PRENSA PERUANA
RESOLUCIÓN Nº 007 -TE/2011
Lima, 4 de abril de 2012.
EL TRIBUNAL DE ÉTICA
VISTA:
La solicitud de rectificación presentada por el congresista de la República Eulogio Amado Romero Rodríguez, (Caso 26-11), con relación al artículo “Minería ilegal depreda selva de Tambopata”, publicado en El Comercio”, el 11 de septiembre del 2011; así como la respuesta enviada por la señora Karim Merzthal Reyes, Gerente General del diario El Comercio
CONSIDERANDO
Que el denunciante sostiene que el diario El Comercio en el artículo materia de la solicitud de rectificación informó sobre los supuestos vínculos del denunciante con la minería informal. Por lo cual envió una carta de rectificación a dicho medio de comunicación, la cual no fue publicada.
Que en la respuesta enviada por el diario El Comercio se afirma la carta del denunciante fue publicada el 29 de diciembre y que sin perjuicio de ello la información que sustenta el artículo fue proporcionada por el medio de comunicación mencionado a la Comisión de Ética Parlamentaria, el 21 de octubre del 2011.
Que el Tribunal de Ética observa que la carta enviada por el denunciante no constituye una de rectificación, sino que en ella el congresista expresa su versión de hechos que son materia de investigación. Asimismo, el diario El Comercio publicó la carta mencionada, con lo cual la opinión pública ha conocido su versión.
RESUELVE
Declarar Infundada la solicitud de rectificación presentada por el congresista de la República Eulogio Amado Romero Rodríguez, (Caso 26-11), con relación al artículo “Minería ilegal depreda selva de Tambopata”, publicado en El Comercio”, el 11 de septiembre del 2011.
Regístrese, comuníquese y archívese.
TERESA QUIROZ VELASCO ALFONSO DE LOS HEROS
PRESIDENTA VOCAL
GRACIELA FERNÁNDEZ- BACA
VOCAL