Queja
SUMILLA: Interpongo queja por falta de objetividad a noticia propagada y denuncia calumniosa
CARTA SIMPLE
Señor: PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LA PRENSA NACIONAL DEL PERÚ
LUIS AGOIS BANCHERO
Calle: LOS ÁNGELES 211
MIRAFLORES- LIMA 18- PERÚ
Mediante la presente, me permito saludarlo muy afectuosamente y, a su vez, hacerle referencia a las noticias propaladas y difundidas el día 20 de Mayo 2010 y 21 de Mayo del 2010, por los medios de comunicación televisivos Frecuencia Latina, América Televisión y Andina de Televisión como a su vez los medios de comunicación escritos, El Popular, Ojo, La República, Extra, El Men, Perú 21, Aja, Trome y Expreso respectivamente, cuyo extracto adjunto para su mayor referencia.
- Que, el día 20 de Mayo del 2010 a horas 11.30 aproximadamente fui intervenido por el personal policial que presta servicios en la unidad del Escuadrón de Emergencias 105 Callao, al mando del Sr. Comandante PNP QUIPUSCUA y el Sr. Mayor PNP DE LA CRUZ, atribuyéndome el falso delito de ROBO AGRAVADO en el grado de tentativa.
- Que, el Señor General PNP PASCO LA MADRID JEFE DE LA XX DIRTEPOL CALLAO, convoco a una conferencia de prensa a los diferentes medios de comunicación propalando la noticia que se había capturado una peligrosa banda de asaltantes liderada supuestamente por mi persona, con la única finalidad de crear una ola mediática en favor de los mencionados.
- Que, los diferentes medios de comunicación en mención propalaron y difundieron esta noticia negligentemente sin haber efectuado la debida investigación profesional que correspondía a la labor periodística.
- Que, cumpliendo las normas de ética civil curse las respectivas cartas notariales correspondientes a los medios de comunicación en mención, con fechas 04 de junio del 2010 y 17 de junio del 2010 respectivamente, recibiendo respuestas poco satisfactorias, (adjunto copias simples).
- Que, algunos medios de comunicación se comunicaron con mi persona vía telefónica al 981 468 471, con la única finalidad de hacer una nota periodística y de esta manera, ellos hacer la rectificación correspondiente para poder resarcir el DAÑO MORAL ocasionado innecesaria mente a mi persona y familia en general.
- Que, algunos medios de comunicación en mención emitieron la supuesta rectificación sin respetar el acuerdo establecido, mas lo que hicieron es poner «WILBUR DICE» y otros solo se limitaron a redactar extractos de la carta notarial emitida por mi persona, haciéndole saber que fueron ellos los que cometieron la negligencia de FALSEDAD GENÉRICA y DENUNCIA CALUMNIOSA.
- Que, el día de mi intervención, mi presencia a la mención da comuna edil, fue con la única finalidad de cancelar varias papeletas de infracción al tránsito, del vehículo que manejaba en esos momentos de placa de rodaje RQI-899 pieza fundamental de la investigación judicial y posterior archivamiento del caso, (adjunto copia simple de grávame vehicular y dictamen fiscal).
- Que, de acuerdo a reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el derecho a la rectificación se podrá dar cuando, «independientemente de, si de periodista ha incurrido en dolo o culpa, la información publicada o difundida no corresponde en absoluto a la verdad (falsedad) independientemente de la responsabilidad que puedan tener los que la propalaron». Por consiguiente, los medios de comunicación no podrán exculparse de responsabilidad señalando que la noticia les fue brindada por personal de la policía de la Provincia Constitucional del Callao.
- Que, asimismo, la nota rectificatoria debe ser proporcional él la noticia difamatoria difundida por los medios en mención, mandato que no ha sido respetado por dichos medios de información al emitir la nota supuestamente rectificatoria.
- Que, en vista a lo expuesto anteriormente, solicito a su despacho tomar en cuenta mi pedido de queja, establecidos por reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, de lo contrario, iniciare las acciones legales constitucionales, civiles, penales y de carácter administrativo que me corresponden en el ejercicio de mis derechos al honor y de rectificación manifiestamente vulnerados.
Esperando que estos incidentes provocados por los medios de comunicación en mención no sean obstáculo alguno para inquietar la cordial relación que estamos iniciando, me despido.
Muy cordialmente.
Callao 30 de Setiembre de 2010
Wilbur Brisbane CASTILLO SÁNCHEZ
DNI 25662323
TELF. 981 468 471
Respuesta TE
Lima, 13 de octubre del 2010.
Señor
Wilbur Brisbane Castillo Sánchez
Presente.-
De mi consideración,
Sirva la presente para acusar recibo de su queja presentada al Consejo de la Prensa Peruana, con relación a los reportajes difundidos en Frecuencia Latina, América Televisión y Andina de Televisión y a los artículos publicados en los diarios El Popular, Ojo, La República, Extra, El Men, Perú.21, Ajá, Trame y Expreso, el 20 y 21 de mayo del 2010.
Dada la naturaleza de la comunicación, su correspondencia ha sido derivada al Tribunal de Ética. Al respecto, le informamos que para iniciar el proceso de solicitud de rectificación o queja ante el Tribunal de Ética, debe dirigir una carta a su Secretaria Ejecutiva, Kela León, o a su Presidenta, Teresa Quiroz Velasco, de acuerdo a los procedimientos señalados en el encarte adjunto.
Asimismo, le comunicamos que el Tribunal de Ética sólo resuelve casos referidos a pedidos de rectificación o quejas sobre informaciones difundidas en medios de . comunicación asociados al Consejo de la Prensa Peruana, o que hayan aceptado voluntariamente la competencia del Tribunal.
En el caso de Andina de Televisión y de los diarios Extra, El Men y Expreso, le informamos que dichos medios de comunicación no son asociados al Consejo de la Prensa Peruana, por lo cual no están formalmente sujetos a las recomendaciones de su Tribunal. Por su parte, Frecuencia Latina – Canal 2 ha hecho público un comunicado manifestando que no acepta la competencia del Tribunal, al que en ocasiones anteriores se había sometido. Por lo que, el Tribunal de Ética no tramita las quejas presentadas contra dicho medio de comunicación.
Atentamente
Kela León
Secretaria Ejecutiva
Respuesta del solicitante
SUMILLA: Adjunto copias simples de los medios de prensa escrita y CD’s de los videos propalados por los canales de televisión 2 y 4.
Señor: PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LA PRENSA PERUANA
LUIS AGOIS BANCHERO
Calle: LOS ÁNGELES 211
MIRAFLORES – LIMA 18 – PERÚ
Mediante la presente, me permito nuevamente saludarlo muy afectuosamente y, a su vez, darle respuesta a su llamada telefónica, en la que se me solicita pueda adjuntar copias simples sobre los reportes noticiosos emitidos los días 20 y 21 de mayo del 2010, escritos y televisivos en donde se propalan y difunden las falsa noticias en contra de mi persona.
Aprovecho la oportunidad de informarle que, mi dirección actual es la calle BLAS BORSANI 111 La Perla Alta Callao, entre las cuadras 15 y 16 de la Av. La Paz frente al Colegio Militar Leoncio Prado.
Esperando tener una respuesta favorable y satisfactoria me despido de usted.
Muy cordialmente.
Wilbur Brisbane CASTILLO SANCHEZ
DNI 25662323