Queja

Señor:
Secretario Ejecutivo del Consejo de la Prensa
Los Angeles 211 – Miraflores
Lima 18 – Perú.-

Señor Secretario Ejecutivo:

MIRYAM MARLENY SANTILLAN CALDERÓN, con documento nacional de identidad número 18889466, con domicilio real en Las Gemas 595 departamento 301 – Urbanización Santa Inés; y para los efectos de la presente queja en el Jirón Apurímac 3395 (San Martín de Porras- Lima 31), a Ud. digo:

Que, interpongo QUEJA contra el Diario “Satélite” de la ciudad de Trujillo; solicitándole se remita al Tribunal de Ética en donde luego del trámite que corresponda se determinará que el vespertino quejado ha incurrido en vulneración de los principios que rigen la ética periodística, contenidos en los literales “b”, “g” y “k” del artículo 9 del Código de Ética de la Federación de Periodistas del Perú.

MEDIO PERIODÍSTICO QUEJADO

El medio periodístico quejado es el Vespertino “Satélite” con dirección en la calle Gamarra 443 de la ciudad de Trujillo que es publicado por la Empresa Editora “La Industria” siendo su director el periodista Víctor Hugo Paredes Florián.

FUNDAMENTOS DE HECHO

La presente queja se sustenta en los siguientes hechos:

  • Con fecha veintiuno de Mayo del año en curso, el Señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad me designó como Juez Provisional del Juzgado de Paz Letrado de Cartavio, mediante Resolución Administrativa numero 384-2007-P-CSJLL/PJ, cargo que lo vengo desempeñando hasta la fecha.
  • El Vespertino “Satélite” de la ciudad de Trujillo, en su edición del día miércoles veinte de junio del año dos mil siete ha publicado en su página cinco una columna denominada “¿Será cierto?” dentro de la cual se incluye un comentario con el siguiente texto: “¿Será cierto que posiblemente aprovechando la falta de control por parte de la Codicma una jueza de Cartavio estaría llegando a despachar a las 9 de la mañana siendo la hora de entrada a las 7 de la mañana?.¿Será cierto que cuando de la Corte llaman al Juzgado y preguntan por la magistrado la secretaria contesta que se encuentra en diligencia cuando aún no ha llegado?».
  • El día de hoy, treintiuno de julio del año en curso, en la página cinco, aparece nuevamente otro comentario de contenido similar, ubicado dentro de la columna denominada “¿Será cierto?” que de manera textual dice: “¿Será cierto que hay malestar entre litigantes y abogados porque cuando acuden al Juzgado de Paz de Cartavio no encuentran a la Juez?……… ¿Será cierto que la hora de entrada de la magistrado es a las 7 de la mañana pero ésta estaría llegando dos horas más tarde?…… ¿Será cierto que los afectados piden la intervención del Presidente de la Corte y de la Odicma para acabar con las tardanzas de la Juez?.
  • Señor Secretario Ejecutivo, las mencionadas publicaciones, si bien es cierto no mencionan mi nombre, resulta obvio que van dirigidas contra la suscrita quien se desempeña provisionalmente como Juez de Paz Letrada en dicha localidad (donde no existe Juzgado de Paz No Letrado) y no solamente adolecen de severas deficiencias desde un punto de vista netamente periodístico (Como son: inexactitud, falta de objetividad y precisión, falta de comprobación, indebido manejo del idioma, uso abusivo y antiético de muletillas como “¿será cierto?” entre otras) pues lo que resulta más grave y reprochable es que el mencionado diario se presta para servir como caja de resonancia de un CHISME ó un rumor malintencionado que ha recogido el anónimo autor de la columna quien no ha dudado en difundirlo poniendo en tela de juicio ante la opinión pública la dedicación y responsabilidad con las que he asumido el cargo que se me ha encomendado, lo que desde ya me causa grave daño moral pues el indicado vespertino trujillano es de gran circulación en esta ciudad.
  • Si bien es cierto, una de las funciones de la prensa es la de fiscalizar a las autoridades y funcionarios del Estado, también lo es que esta actividad fiscalizadora debe realizarse respetando el derecho a la buena reputación y al honor profesional. En tal sentido, si el Diario “Satélite” ha recibido una queja en concreto respecto a la labor que vengo desempeñando como Juez de Paz Letrada de Cartavio, estaría en su derecho de difundirla; pero debe cumplir con hacer la denuncia en forma específica, indicando en primer lugar el nombre y número de documento de identidad del (la) denunciante, el día y la hora en que supuestamente he desatendido mis labores, así como también el nombre de la persona (litigante y/o abogado) que se habría perjudicado ó a quienes mi ausencia ó tardanza habría agraviado, y la diligencia, audiencia ó actuación procesal postergada ó cuya fecha haya sido diferida.
  • Señor Secretario Ejecutivo, téngase en cuenta que son ya dos oportunidades en las cuales se me ha mencionado haciendo referencia a supuestas tardanzas ó ausencias injustificadas de mi centro de trabajo (Juzgado de Paz Letrado de Cartavio), por lo que se descarta que se pueda tratar de un error ó de un “desliz” cometido por el autor de dicha columna, siendo notorio que constituye una acción deliberada para perjudicarme, dado que en ninguna de ambas ocasiones el periodista autor del comentario se ha tomado la molestia de solicitar mi descargo a dicha versión calumniosa, por lo que me reservo el derecho de acudir a otras instancias e interponer las acciones que correspondan conforme a ley.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Invoco como fundamentos jurídicos de la presente queja el Código de Ética de la Federación de Periodistas del Perú (aprobado en el XXII Congreso Nacional de Periodistas del Perú celebrado en Huampaní el 27 y 28 de Octubre del año 2,001) que en su artículo noveno establece que el periodista está obligado a:

«b”) Buscar e investigar para asegurarse de ofrecer una versión fidedigna de ios hechos.

“g”) No lesionar a nadie con calificativos indecorosos.

“c”) Ser prudente. Evitar el condicional. Si hay seguridad de io que se sabe, decirlo afirmativamente.

MEDIOS PROBATORIOS

Adjunto como medios probatorios los siguientes:

  • Fotocopia simple de ejemplar de fecha 20 de Junio del 2007,en el cual aparece la publicación atentatoria contra mi prestigio profesional.
  • Hoja periodística de fecha 31 de Julio del 2007, en el cual aparece la publicación atentatoria contra mi prestigio profesional.
  • Fotocopia de Resolución administrativa número 384-2007-P-CSJLL/PJ, cargo que lo vengo desempeñando hasta la fecha.
  • Fotocopia de mi DNI número 18889466.

POR TANTO:

Sírvase Ud. Señor Secretario Ejecutivo del Consejo de la Prensa Peruana dar el trámite que corresponda a la presente queja.

Trujillo, 31 de Julio de 2,007

Miryam Marleny Santillán Calderón

(Ver documento original)


Respuesta TE

Lima, 29 de agosto del 2007 Doctora

Miryam Marleny Santillan Calderón
Presente.-

De mi consideración.

Sirva la presente para informarle que, con relación a su queja respecto a la columna “¿Será cierto?”, publicada en el diario Satélite, el 20 de junio y el 31 de julio del 2007, durante su última sesión, los miembros del Tribunal de Ética acordaron sugerirle que presente una carta solicitando la rectificación de la información incorrecta a dicho medio de comunicación.

Atentamente,

Kela León
Secretaria Ejecutiva

(Ver documento original)