Queja
Señores LA REPÚBLICA
Presente
Atte : Sr. Gustavo Mohme Seminario
Director del Diario «La República»
Me dirijo a usted con la finalidad de solicitarle se sirva rectificar, dentro de los siete (07) días posteriores de recepcionada la presente, el artículo periodístico publicado en vuestro diario el día lunes 15 de setiembre del presente año, considerando que los términos que se consigna en el citado artículo lesionan mi honorabilidad, así como la de mi familia, por cuanto sus afirmaciones resultan inexactas.
1. En principio debo puntualizar que el periódico que usted dirige no puede calificar al suscrito de ex colaborador de la mafia fujimontesinista, de exhibir dudoso pasado y estar infiltrado en el CNI, por el sólo hecho de haber laborado honestamente como auditor general de la Corporación de Desarrollo de Lima y Callao (CORDELICA), cargo que desempeñé con la conformidad y bajo la dependencia funcional de la Contraloría General de la República.
En cuanto concierne a la gestión del señor José Dellepiane en la citada Entidad, que se inició a mediados del mes de noviembre de 1999, debo señalar que fue precisamente durante dicha administración que el suscrito con fecha 09 de enero de 2000 se desvinculó de la CORDELICA.
2. Respecto a mi ingreso al Consejo Nacional de Inteligencia, debo precisarle que este se produjo el 06 de Febrero del 2002 (Resolución N° 017-02-CNI/SG) y no en el año 2001 como erróneamente se consigna en el artículo periodístico en cuestión.
3. Otro de los aspectos que resulta inexacto es el hecho que se refiere a que «La República confirmó que fue esta razón la que determinó su salida del CNI, al asumir Fernando Rospigliosi su Jefatura, en agosto del 2002».
Sobre el particular cabe indicar que con fecha 08 de agosto del 2002 puse mi cargo a disposición, no obstante que de acuerdo al artículo 19° de la Ley N° 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, ésta Institución tiene la facultad de designar y separar al Jefe del Órgano de Auditoria Interna.
La aceptación de mi renuncia fue efectivizada a partir del nueve (09) de setiembre del 2002 con Resolución N° 189-2002-CNI, en la que además se me da las gracias por los importantes servicios prestados.
4. Posteriormente, en el mes de Marzo del 2003, fui convocado para prestar nuevamente mis servicios profesionales al Consejo Nacional de Inteligencia.
Por lo expuesto, resulta inexacto la alusión que se hace en el artículo periodístico cuando refiere que fui contratado por el Vicealmirante (r) Alfonso Panizo «para subsanar el informe de control interno, sobre la estafa con la empresa Millenium», aseveración que no se ajusta a la verdad toda vez que laboro en una Unidad Orgánica distinta al Órgano de Control Institucional del CNI, al mismo que de conformidad con el artículo 24° de la Ley N° 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, le corresponde dicha función.
Por las consideraciones antes expuestas y al amparo del numeral 7o del artículo 2o de la Constitución Política del Perú, concordante con la Ley N° 26775 modificada por la Ley N° 26847, solicito a usted tenga a bien disponer la rectificación de los términos y aseveraciones carentes de veracidad del artículo periodístico publicado en el diario «La República», bajo su Dirección, en la página 10 -Política- de fecha 15 de setiembre del presente año.
Atentamente,
Roger Chuquizuta Rengifo
D.N.I 06054070
CC:
Consejo de la Prensa Peruana
Respuesta TE
Lima, 20 de octubre del 2003
Señor
Roger Chuquizuta Rengifo
Presente.-
Sirva la presente para saludarlo y acusar recibo de la copia de la carta enviada al Consejo de la Prensa Peruana referente a su solicitud de rectificación sobre un artículo publicado en el diario La República el 15 de setiembre del 2003.
Al respecto, le informamos que para iniciar un proceso de rectificación ante el Tribunal de Ética, debe dirigir una carta a la Secretaría Ejecutiva de acuerdo a los procedimientos del encarte que adjuntamos.
Atentamente.
Kela León
Secretaria Ejecutiva