RESOLUCIÓN N° 025-TE/2022

Edda Cecilia Acevedo Gutarra y Juan Carlos Acevedo Gutarra vs. Diario Expreso

 

Lima, 27 de octubre de 2022

EL TRIBUNAL DE ÉTICA

 

VISTOS,

Que el sábado 20 de agosto de 2022 la Secretaría Técnica del Tribunal de Ética recibió la solicitud de rectificación de Edda Cecilia Acevedo Gutarra y Juan Carlos Acevedo Gutarra contra el Diario Expreso, señalando que este medio realizó afirmaciones inexactas y agraviantes en su contra, publicadas en la edición impresa del diario Expreso del sábado 23 de julio del presente año y en su edición digital. A la luz de estos sucesos, los solicitantes decidieron presentar una Carta Notarial solicitando la rectificación, que sería entregada el 27 de julio de 2022. 

 

CONSIDERANDO,

 

Sobre la competencia del Tribunal

Que el artículo 7 del Reglamento establece que el Tribunal tiene competencia respecto a las solicitudes de queja que se presenten contra los medios de comunicación asociados al Consejo de la Prensa Peruana, así como de aquellos medios no asociados que acepten su competencia.

Al respecto, el Diario Expreso es un medio de comunicación no asociado al Consejo de la Prensa Peruana. Por esa razón, el 12 de octubre de 2022 el Tribunal remitió a dicho medio la Carta Nº 016-2022-TE/CPP a través de la cual se invitó al medio de comunicación a aceptar la competencia del Tribunal de Ética y se trasladó la solicitud recibida. El medio no contestó dicha solicitud, por lo cual se rechazó tácitamente la competencia del Tribunal. Con ello, este Tribunal no tiene competencia para pronunciarse sobre esta materia, puesto que el medio no forma parte del Consejo y decidió no someterse a la jurisdicción del Tribunal de Ética.

 

Por lo antes expuesto,

 

SE RESUELVE:

  1. Declarar INADMISIBLE la solicitud presentada por Edda Cecilia Acevedo Gutarra y Juan Carlos Acevedo Gutarra contra el Diario Expresso por el rechazo tácito de la aceptación de competencia del diario a reconocer la competencia del Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa.

 

Aprobado con los votos aprobatorios de Andrés Calderón; Jenny Canales; Sonia Goldenberg; Hugo Coya y Alejandra Puente.

 

ANDRÉS FRANCISCO CALDERÓN LÓPEZ

Presidente

 

JENNY CANALES PEÑA

Vicepresidenta

 

SONIA GOLDENBERG

Vocal

 

HUGO COYA

Vocal

 

ALEJANDRA PUENTE

Vocal

La resolución se encuentra disponible ingresando al siguiente enlace: https://tribunaldeetica.org/wp-content/uploads/RESOLUCIÓN-N°-025-TE_2022-Acevedos-vs.-Expreso.pdf