RESOLUCIÓN N° 010-TE/2022 

María Isabel del Rosario Sokolich Alva – Willax TV

 

Lima, 4 de mayo de 2022

EL TRIBUNAL DE ÉTICA

VISTOS,

Que el 7 de marzo de 2022 la Secretaría Técnica del Tribunal de Ética recibió la solicitud de queja  de María Isabel del Rosario Sokolich Alva contra Willax TV por la información difundida en diversos programas del medio de comunicación en la que, alega, se mancilla su honor, reputación, imagen y prestigio como Fiscal Suprema Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, magistrada de más de 30 años de ejercicio en el Ministerio Público, docente universitaria, esposa, madre, hija y mujer, poniendo en juicio frente a la ciudadanía su honorabilidad lo que causa un grave daño a la moral, así como afectar su tranquilidad personal y familiar. La solicitante también señala que se le atribuye falazmente, sin mayor prueba por versión entregada por una supuesta fuente “fiable”, ser autora de diversas comunicaciones via whatsapp desde su celular personal y pseudos correos electrónicos. En este sentido, la solicitante señala que dichos mensajes de whatsapp son falsos y que lo demostró en la rueda de prensa del 2 de marzo de 2022. Para finalizar, indica que iniciará las acciones legales para defender su honor y reputación.

Que el día 9 de marzo de 2022, la Secretaría Técnica se comunicó con la señora Sokolich para comunicarle que, de acuerdo al artículo del 17 Reglamento, la solicitud de queja debe ir acompañada de “una declaración jurada de no haber iniciado (o que no iniciará) una acción judicial, un proceso arbitral, un procedimiento administrativo o una invitación a conciliar (fuera del Tribunal), respecto a la materia sometida al Tribunal. Si se omitiera este requisito o se incumpliera con esta disposición, se declarará cerrado el proceso.”[1]

CONSIDERANDO,

Sobre la competencia del Tribunal

Que el artículo 7 del Reglamento establece que el Tribunal tiene competencia respecto a las solicitudes de queja que se presenten contra los medios de comunicación asociados al Consejo, así como de aquellos medios no asociados al Consejo que acepten su competencia.

Al respecto, Willax TV es un medio de comunicación no asociado al Consejo de la Prensa

Peruana que aceptó la competencia del Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana el 18 de agosto de 2021. No obstante, el 25 de enero de 2022 el representante legal del mencionado medio de comunicación remitió la carta S/N mediante la cual comunicó la renuncia a la competencia del Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa, por lo que este Tribunal ya no tiene competencia para tramitar las solicitudes de queja y/o rectificación en materia de ética periodística relacionadas a Willax TV.

Además, la solicitante no cumplió con presentar el requisito establecido en el artículo 17 del Reglamento de Ética, por lo que corresponde declarar cerrado el proceso de solicitud de queja.

Por lo antes expuesto,

SE RESUELVE:

  1. Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por María Isabel del Rosario Sokolich Alva contra Willax TV por falta de competencia del Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana.

Regístrese, comuníquese y archívese.

Aprobado con los votos aprobatorios de Diego García-Sayán L.; Celia Isabel Rubina Vargas, Jenny Canales Peña, Andrés Francisco Calderón López y Franklin Ernesto Ibañez Blancas.

DIEGO GARCÍA-SAYÁN L.

Presidente

CELIA ISABEL RUBINA VARGAS

Vicepresidenta

JENNY CANALES PEÑA

Vocal

ANDRÉS FRANCISCO CALDERÓN LÓPEZ

Vocal

FRANKLIN ERNESTO IBAÑEZ BLANCAS

Vocal

 

 

[1] Artículo 17 del Reglamento del Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana.