RESOLUCIÓN N° 011-2025-TE/CPP
Iván Pereyra Villanueva v. RPP Noticias
Lima, 15 de enero de 2026
EL TRIBUNAL DE ÉTICA
VISTOS,
El 24 de julio de 2025, la Secretaría Técnica del Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana recibió la solicitud de queja presentada por Iván Pereyra, en la que pide que se disponga el retiro de información difamatoria difundida por diversos medios de comunicación sobre su desempeño como Gerente General de EsSalud. El solicitante señala que, tras una entrevista emitida por el programa Cuarto Poder en julio de 2023 a Rosa Gutiérrez Palomino, se le vinculó sin fundamento con presuntos actos de corrupción relacionados con concursos públicos de seguridad, adquisición de ambulancias y un convenio con la empresa ESVICSAC.
Iván Pereyra sostiene que dichas acusaciones fueron desmentidas oficialmente por EsSalud, mediante cartas remitidas por varias de sus gerencias, que confirman que él no tuvo participación en los hechos señalados e incluso que algunos ocurrieron antes de su designación. Pese a haber solicitado el retiro de la información a los medios implicados –entre los cuales se encuentran El Comercio, RPP, La República, América Televisión, Willax y otros–, estos no han atendido su pedido. Por ello, presenta esta solicitud de intervención ante el Tribunal de Ética, con el fin de que se ordene el retiro de las publicaciones digitales falsas y difamatorias que continúan afectando su imagen y reputación.
CONSIDERANDO,
Que el artículo 15 del Reglamento del Tribunal de Ética establece que el Tribunal dará por concluido el caso si, antes de emitir su Resolución, comprueba que el medio de comunicación ha publicado de manera satisfactoria la rectificación solicitada o si el solicitante se desiste de su pedido.
En atención a la solicitud de rectificación, RPP Noticias procedió a eliminar de su portal web la nota periodística cuestionada. En consecuencia, el Tribunal considera que el motivo que originó la solicitud presentada ante el Tribunal de Ética ha quedado resuelto, configurándose así la sustracción de la materia.
Por lo antes expuesto,
SE RESUELVE:
- Declarar CONCLUIDA la solicitud de rectificación presentada por Iván Pereyra contra RPP Noticias, por sustracción de la materia, al haberse eliminado la nota periodística que dio origen a la solicitud.
Aprobado con los votos aprobatorios de Erick Iriarte; Claudia Izaguirre; José Ugaz; Luz María Helguero y Maria Luisa Wiegold.
ERICK IRIARTE
Presidente
CLAUDIA IZAGUIRRE
Vicepresidenta
JOSÉ UGAZ
Vocal
LUZ MARÍA HELGUERO
Vocal
MARIA LUISA WIEGOLD
Vocal
La resolución se encuentra disponible ingresando al siguiente enlace: https://tribunaldeetica.org/wp-content/uploads/RESOLUCION-N°-011-2025-TE_CPP-RPP.pdf