RESOLUCIÓN N° 006-2025-TE/CPP

Patricio Leonel Álvarez Noguera v. Panamericana Televisión

Lima, 05 de agosto de 2025

EL TRIBUNAL DE ÉTICA

VISTOS,

El 11 de julio de 2025, la Secretaría Técnica del Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana recibió la queja presentada por Patricio Leonel Álvarez contra Panamericana Televisión, en relación con el programa “El Valor de la Verdad”. En su solicitud, Álvarez busca impedir que el anuncio difundido por Panamericana TV en redes sociales desde el 9 de julio de 2025 se concrete en la emisión de dicho programa, en el cual —según señala— se pretende divulgar hechos de su vida privada sin su autorización, información que originalmente fue difundida en 2020 por el programa Magaly TV.

El 14 de julio de 2025 se remitió al medio una invitación para aceptar la competencia del Tribunal de Ética; sin embargo, este respondió de manera negativa, señalando que, como institución, han decidido someterse exclusivamente a la competencia del Tribunal de Honor de  La Sociedad Nacional de Radio y Televisión (SNRTV).

CONSIDERANDO,

 

Sobre la competencia del Tribunal

El artículo 7 del Reglamento establece que el Tribunal tiene competencia respecto a las solicitudes de queja que se presenten contra los medios de comunicación asociados al Consejo, así como de aquellos medios no asociados al Consejo que acepten su competencia.

 

El artículo 10 del Reglamento establece que es motivo de improcedencia si se presenta una invitación para aceptar la competencia contra un medio de comunicación no asociado al Consejo y esta no es aceptada. Al respecto, Panamericana Televisión es un medio de comunicación no asociado al Consejo de la Prensa Peruana. 

 

El 14 de julio de 2025 el Tribunal remitió a dicho medio la Carta N° 001-2025-TE/CPP a través de la cual se invita al medio de comunicación a aceptar la competencia del Tribunal de Ética y se traslada la queja recibida. El medio rechazó la solicitud, por lo cual este Tribunal no tiene competencia para pronunciarse sobre esta materia.

 

Por lo antes expuesto, 

 

SE RESUELVE:

 

  1. Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por Patricio Leonel Álvarez Noguera contra Panamericana Televisión por no haber aceptado la competencia del Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana.

 

Aprobado con los votos aprobatorios de Erick Iriarte; Claudia Izaguirre; José Ugaz; Luz María Helguero y María Luisa Wiegold. 

 

ERICK IRIARTE

Presidente

 

CLAUDIA IZAGUIRRE

Vicepresidenta

 

JOSÉ UGAZ

Vocal

 

LUZ MARÍA HELGUERO

Vocal

 

MARIA LUISA WIEGOLD

Vocal

La resolución se encuentra disponible ingresando al siguiente enlace: https://tribunaldeetica.org/wp-content/uploads/RESOLUCION-N°-006-2025-TE_CPP.pdf