Queja

Lima, 20 de marzo del 2013

Señor Director del Diario El Comercio
FRANCISCO MIRO QUESADA
Antonio Miró Quesada 300
Lima 1
CIUDAD.-

De mi consideración:

Por la presente, solicito a ustedes la Rectificación correspondiente, respecto de la ilustración consignada en grandes caracteres bajo el epígrafe ¡Qué tal Mancha! en la columna Caras y Gestos, en la página a31, de la Edición de su diario correspondiente al día domingo 17 de los corrientes, en la que aparezco caricaturizada al lado de diversas figuras que de manera directa o indirecta han participado en el proceso de Revocatoria de la Alcaldesa Susana Villarán de la Puente que culminó en la Consulta Popular realizada el domingo último.

Considero que se efectúa un grave daño a mi imagen pública, cuando a pesar de haberlo reiterado en diferentes momentos de la campaña realizada, participé en la misma por pura convicción y lealtad a mi agrupación partidaria -Solidaridad Nacional-, en condición de técnica y para lo cual hube de renunciar al cargo que desempeñaba como Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Barranco, sin embargo su dibujante en una acción infeliz que corresponde a un nivel de irresponsabilidad, menoscaba mi trayectoria y me afrenta ante el público que lee este muy consultado medio, al colocarme en el gráfico en la situación que considero ofensiva de recibir en las manos un fajo de billetes de la moneda americana, recibiéndolos del promotor de la revocación señor Vidal.

Dado que ello no corresponde a la realidad y que este rasgo que se me atribuye en la malhadada caricatura me presenta en una condición de «mercenaria», condición que rechazo de manera categórica, como si mi participación como vocera de Solidaridad Nacional en la referida campaña de revocación tuviera la motivación y aliciente del dinero, les exijo la Rectificación correspondiente en la Edición del próximo domingo 24 de marzo, en un espacio de tamaño equivalente. Soy hija, soy esposa, soy madre, y una profesional que he luchado y lucho contra las injusticias especialmente las de género, pero sobre todo soy una persona que merezco respeto y no acepto, ni puedo pasar por alto esta injustificada insolencia, porque el artista Alonso Núñez que es quien figura como autor, tiene que tener continencia y ecuanimidad, no por el hecho de caricaturizar o de tener una posición contraria a las ideas que yo venía exponiendo, se puede sentir facultado de modo ventajista y con alevosía, a agredir o agraviar por este medio, bajo el pretexto que nadie formula reclamo. Eso no es libertad de prensa o libertad de expresión, por lo cual me permito recordarles lo que dijera el patriarca de El Comercio, don Luis Miró Quesada, «El periodismo puede ser la más noble de las profesiones, o el más vil de los oficios».

Considero que no es necesario invocar norma alguna y que bastará para que efectúen la Rectificación solicitada, en respeto a un derecho elemental ciudadano y de no agresión a una mujer, así como en consonancia a los principios de Independencia y Veracidad que se atribuyen en su portada.

Atentamente,

Carmen Patricia Juárez G
DNI N° 07831436
Prolongación Arenales N9 863 Dpto. 202 – Miraflores – Lima

(Ver documento original)


Respuesta del medio

Lima, 19 de abril de 2013

Señores
TRIBUNAL DE ÉTICA
CONSEJO DE LA PRENSA PERUANA
Presente.- RECIBIDO

Atención: Sra. Kela León
Secretaria Ejecutiva

Referencia: Queja emitida por la señora Carmen Patricia Juárez Gallegos (publicación de caricatura diario El Comercio» el día 17 de marzo de 2013)

De nuestra consideración:
Por la presente, les expresamos nuestros cordiales saludos y al mismo tiempo dejamos constancia que la comunicación que nos ha sido remitido por el Tribunal en relación a la queja de la referencia, no expresa el motivo, fundamento de la queja o si ésta ha sido declarada procedente por parte del Tribunal, a efecto que nuestra efectúe el descargo respectivo.

Sin perjuicio de ello, es nuestro interés expresar nuestra posición al respecto, en particular sobre la publicación de la caricatura adjunta a la referida comunicación (diario El Comercio de fecha 17 de marzo de 2013), la misma que se estaría considerando como inapropiada», al haberse caricaturizado a la Sra. Juarez al lado de diversas figuras públicas, quienes habrían participado de alguna forma en el proceso de Revocatoria de la Alcaldesa Susana Villarán de la Puente. Asimismo la Sra. Juarez, considera que dicha caricatura la estaría mostrando como una {/mercenaria», lo que manifiesta -sin ningún sustento del perjuicio o vulneración- que la ha causado daño a su honor.

Al efecto, no estamos de acuerdo con tales consideraciones, toda vez que la caricatura en mención no es inapropiada sino es tal, una caricatura y responde a la publicación de una imagen de carácter humorístico realizada por su autor, el caricaturista señor Alonso Nuñez.

En ese orden de ideas, con fecha 30 de marzo de 2013, el Diario El Comercio a través del propio autor, señor Alonso Nuñez, dio respuesta a la carta remitida por la Sra. Juárez (21.03.13) y aclaró en la sección A del Diario que la caricatura fue elaborada: en base a su disconformidad y rechazo contra el proceso de revocatoria que afrontó la ciudad de Lima, lo cual evidencia que la interpretación de la caricatura ha sido distinta a la adoptada por la señora Juárez. Sin perjuicio de ello, el autor expresó las disculpas del caso, conforme a lo siguiente: » …tengo una profunda vocación democrática v respeto plenamente posiciones divergentes a la mía y rechazo, por principio, todo tipo de agresión y
maltrato. Por ello, ante el hecho concreto que se sienta agraviada con mi caricatura, aunque, repito, esa no haya sido mi intención, le presento mis disculpas».

De otro lado, un aspecto que resulta relevante considerar, es que la señora Juárez, por decisión propia, se convirtió en un personaje público, y en el contexto del proceso de revocatoria, pasó a ser un actor político. En tal sentido, era previsible que quienes consideraran cuestionable dicho proceso, incluyendo sus participantes, involucrados o detractores, podrían emitir críticas u opiniones, ejerciendo el derecho de la libertad de expresión u opinión, que nos asiste a todos.

En ese sentido, la señora Juárez en la queja interpuesta ante su Tribunal, no cuestiona los límites de la sátira»; sino la cuestiona como un instrumento en general para ofender, ridiculizar o perjudicar a otra persona, lo cual no compartimos y menos consideramos ofensiva, ya que la sátira en una caricatura se ha constituido en un instrumento esencial en una sociedad democrática.

Sobre la calificación de /(mercenaria» que la señora Juárez manifiesta, es preciso que se tome en cuenta que el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, refiere como uno de sus significados el siguiente: /(El que percibe un salario por su trabajo o una paga por sus servicios». Por ello, consideramos que la comunicación de la señora Juárez evidencia, de manera reiterada, que ella actuó en el proceso de revocatoria en su calidad de técnica o asesora -sin indicar mayores detalle sobre ello-, y un principio fundamental de dichas asesorías técnicas, es el de percepción de un honorario por sus servicios; motivo por el cual se podría interpretar que su motivación en la campaña de revocatoria fue profesional, y no ciertamente político. En ese sentido, si este fuese el caso, entonces ese no sería un argumento que pueda afectar su honor o reputación como afirma.

De otro lado, si lo que le afecta a la señora es la crítica vinculada al hecho de que los revocadores no necesariamente tenían fines altruistas, entonces se debería considerar nuevamente que la señora Juárez es un personaje público, político; y por tanto, se encuentra expuesta a la crítica a través de una caricatura. Al respecto, se debe considerar que a nivel judicial nuestra Corte Suprema emitió un Acuerdo Plenario (No 003/2006), que establece los criterios obligatorios en el análisis que deben de realizar los Jueces con respecto a los delitos contra el honor personal y derecho constitucional a la libertad de expresión e información; esto es, a) que existe una relevancia Pública de la Información y de sus participantes; b} veracidad de la Información; y e} ausencia de Excesos (se ampara frases injuriantes, se permite un análisis desfavorable de una persona pero se sanciona calificativos}, lo cual como se puede apreciar en el presente resultarían criterios de aplicación.

No obstante lo indicado, cabe resaltar que en ninguna de nuestras publicaciones sobre la caricatura en mención, se ha utilizado el término {(mercenaria» para que pueda asumirse ni interpretarse como tal.

Finalm.ente, nuestra empresa por la tradición y presencia en el mercado, reflejan la imparcialidad y objetividad con la que trabajamos, aplicando para tal efecto, calidad en cuánto a la información que se transmite. Asimismo, como medio de comunicación somos defensores y responsables de difundir los principios y valores éticos, motivo por el cual no compartimos las afirmaciones manifestadas por la señora Juárez. Por ello, solicitamos se nos conceda el uso de la palabra para expresar con mayor detalle nuestra posición en la sesión que revise la presente queja.

Sin más por el momento, quedamos de Uds.

Atentamente,

GERENTE GENERAL

(Ver documento original)


Resolución

TRIBUNAL DE ÉTICA
CONSEJO DE LA PRENSA PERUANA
RESOLUCIÓN N° 004-TE/2013

Lima, 24 de abril del 2013.

EL TRIBUNAL DE ÉTICA

VISTA:
La queja presentada por la señora Carmen Patricia Juárez Gallegos, (Caso 05-13), con relación a la Caricatura “¡Qué tal Mancha!” de Alonso Núñez, publicada en el diario El Comercio, el 17 de marzo del 2013, así como la información enviada a solicitud del Tribunal de Ética por el señor Karim Merzthal Reyes, Gerente Legal del diario El Comercio.

CONSIDERANDO
Que si bien la caricatura expresa la opinión de su autor, no estando sujeta a un análisis de veracidad de la información, por lo cual, de acuerdo a la Regla 1 de los Criterios y Reglas para Rectificaciones del Tribunal de Ética, las opiniones no son materia de rectificación, en este caso, el 30 de marzo de 2013 el diario El Comercio ha publicado la carta de queja de la denunciante y le ha pedido disculpas en el caso que se sienta agraviada por la publicación de dicha caricatura.

En uso de las atribuciones conferidas por su Reglamento.

RESUELVE
Inhibirse de resolver la queja presentada por la señora Carmen Patricia Juárez Gallegos (Caso 05-13).

Regístrese, comuniqúese y archívese.

Teresa Quiroz Velasco
Presidenta

Alfonso De los Heros Pérez-Albela
Vicepresidente

Graciela Fernández-Baca De Valdez
Vocal

Arturo Salazar Larraín
Vocal 

(Ver documento original)