PRONUNCIAMIENTO N° 002-2021-TDE
Tribunal de Ética expresa su preocupación por cobertura electoral, e invoca a la imparcialidad y
transparencia
Ante la información recientemente difundida por un integrante del directorio de Canal N -medio asociado al Consejo de la Prensa Peruana- el Tribunal de Ética, en ejercicio de sus facultades previstas en el artículo 3 de su Reglamento, expresa públicamente lo siguiente:
- El Tribunal reconoce el derecho y libertad con que cuentan los medios de comunicación privados para tomar las decisiones que juzguen más convenientes para su organización, en este caso sobre la persona responsable de la conducción periodística del medio en cuestión. Sin embargo, cuando estas decisiones tienen relación o pueden tener repercusión sobre asuntos de interés público, como es el caso de una campaña electoral presidencial, se debe considerar el valor fundamental de la transparencia.
- Por ello el Tribunal expresa su preocupación sobre decisiones empresariales poco claras que impactan sobre asuntos de interés público y, a la vez, exhorta a los medios de comunicación, asociados o no, a ser transparentes con las motivaciones que subyacen a decisiones de esta naturaleza. Más aún cuando estas puedan estar determinadas por la línea editorial por la que deciden transitar y, con mayor razón, si aquello involucra apoyar una candidatura política en particular. Los medios periodísticos no tienen que rendir cuentas ni a funcionarios estatales ni a políticos que aspiran a serlo, sino al público al cual se deben.
- Con prescindencia de la línea editorial, que libre y transparentemente adopte cualquier medio de comunicación, exhortamos a todos ellos, asociados o no, a diferenciar claramente la opinión de la información, y a cumplir con la cobertura imparcial y objetiva de los hechos noticiosos que la ética periodística demanda, en particular dentro de un proceso electoral como el que hoy vive el país.
Lima, 10 de mayo de 2021
DIEGO GARCÍA-SAYÁN LARRABURE CELIA ISABEL RUBINA VARGAS
Presidente Vicepresidenta
JENNY CANALES PEÑA ANDRÉS FRANCISCO CALDERÓN LÓPEZ
Vocal Vocal
FRANKLIN ERNESTO IBAÑEZ BLANCAS
Vocal
https://tribunaldeetica.org/wp-content/uploads/Pronunciamiento-002-2021-TDE.pdf