Solicitud de rectificación

Lima, 5 de abril de 2005

Señor doctor
Marcial Rubio Correa
Presidente del Tribunal de Ética
del Consejo de la Prensa Peruana
De mi mayor consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a usted para saludarlo y, a la vez enviarle, adjunto al presente, la solicitud de rectificación de la señora Fiscal de la Nación, doctora Nelly Calderón Navarro, de acuerdo con los procedimientos del Tribunal de Etica.

De manera que, como usted bien sabe, la información a publicar debe ser veraz, para bien del informado y evitar daños innecesarios a terceros. En tal sentido, mucho agradeceré señor Presidente proceda a admitir dicha solicitud.

Agradeciendo anticipadamente la atención que le adminístrela la presente, y sin otro particular quedo de usted.

Atentamente,

Paul Paredes
Gerente General de
Comunicaciones Institucionales

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Respuesta del medio

19 de Abril del 2005

Señores
Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana
Presente.-

Del tenor de la carta de la fiscal de la Nación, Nelly Calderón, podemos decir o deducir, que lo que en realidad busca es que no se critique su gestión: De otra manera no entendemos el contenido de su carta. En muchos pasajes de la misiva reconoce que el artículo tiene opiniones y apreciaciones del periodista, a las que dice no darles mayor importancia y por tanto no pedir su rectificación. Sin embargo, en el último párrafo de la misiva, Calderón insiste en y ir que se rectifiquen dichas opiniones.

Nos hemos limitado a informar y opinar del pronunciamiento de la fiscal de la Nación en el caso del banco Wiese e informar de las acciones que la jueza Aissa Mendoza ha hecho respecto a ese documento, y sacar nuestras conclusiones, que son las que ofrecemos a nuestros lectores.

La fiscal de la Nación no desmiente la parte informativa del artículo en cuestión. La doctora Calderón emitió dos resoluciones sobre el caso del salvataje del banco Wiese. En la segunda resolución, del 1° de diciembre del 2004 que notificó el 11 de febrero del 2005, se refiere a su primera resolución del 17 de junio del 2004 y nada más. Para cualquier crítica de estas resoluciones debemos referimos a la de junio, y eso es lo que hemos hecho.

La fiscal de la Nación reconoce que dispuso que se investigue a la fiscal Marlene Berrú por el caso del salvataje del banco Wiese. Ella reconoce en su carta ese pedido. La doctora Calderón pidió que se investigue a la fiscal a la fiscal Berrú por tener una opinión distinta a ella sobre la situación de Víctor Joy Way y Martín Naranjo Landerer. Si la fiscal Berrú no hubiera llegado a una conclusión distinta sobre la responsabilidad de estas personas, no hubiera pedido a la Fiscal de la Nación que los vuelvan a investigar. Si no hubiera pedido esa nueva investigación, la fiscal de la Nación no habría dispuesto que Control Interno investigue a la fiscal Berrú.
La fiscal de la Nación tampoco desmiente o niega veracidad a las declaraciones de la jueza Aissa Mendoza.

En el artículo en cuestión hemos sido respetuosos de la fiscal de la Nación. Los artículos han criticado las resoluciones de la fiscal sin omitir opinión sobre los pocos o muchos conocimientos jurídicos o procesales de los abogados que las redactaron o de la señora fiscal de la Nación que las firmó.

En la relación prensa y abogados-magistrados siempre habrá un aspecto en discusión. Los abogados y magistrados esperan y quieren que los artículos periodísticos transcriban la jerga jurídica, sus significados y sus procesos. Pero, esto no siempre es posible. La mayoría de lectores no son abogados ni juristas. El periodista debe traducir el lenguaje técnico a uno que sea entendible por todos o referirse a los resultados de tal o cual resolución judicial. Un cometido que siempre es difícil de cumplir con exactitud jurídica,. pero que los magistrados suelen utilizar, como hace la fiscal de la Nación, para atribuir una ignorancia jurídica y procesal al periodista para desmerecer sus opiniones.
Atentamente,

César Romero
Editor de Judiciales

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Resolución

EL TRIBUNAL DE ÉTICA
CONSEJO DE LA PRENSA PERUANA
RESOLUCIÓN N° 15-TE/2005

Lima, 04 de mayo del 2005.

EL TRIBUNAL DE ÉTICA:

Vista la rectificación solicitada con fecha 6 de abril de 2005, por doña Nelly Calderón Navarro, Fiscal de la Nación (caso 15-05) contra el diario La República por el titular y contenido informativo de la edición de 2 de marzo de 2005, por no guardar correspondencia con la realidad, ser tendencioso y confundir a la opinión pública.

La solicitud referida fue puesta oportunamente en conocimiento del diario La República, el que ha formulado sus descargos con fecha 19 de abril de 2005.

CONSIDERANDO:

Que en su solicitud de rectificación la señora Fiscal de la Nación señala que los hechos citados por el diario La República no tienen el sentido y la connotación que se los ha pretendido dar induciendo a error, al hacerla aparecer como interviniendo indebidamente en un proceso judicial bajo la dirección de la Juez Anticorrupción Aissa Mendoza, pretendiendo introducir un dictamen exculpatorio en beneficio de los acusados en el caso del salvataje del Banco Wiese y que la juez al manifestar su independencia la «ha puesto en su sitio», cuando se trata en realidad de una medida transparente que ha cumplido su finalidad procesal pues ha sido proveída por la juez incorporándola al expediente como correspondo;

Que la información periodística, según señala la señora Fiscal de la Nación, demuestra ignorancia en el tema legal y en ella se dice falsamente que ella ha ordenado investigar y sancionar a la fiscal doctora Marlene Berrú, cuando de la resolución correspondiente, no publicada íntegramente por el diario se establece claramente que lo que es materia de consideración de la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Lima, es el hecho que dicha fiscal, un y año después de conocer el expediente, se ha inhibido del conocimiento de la investigación, cuando debió hacerlo de modo inmediato, apenas se avocó a su conocimiento;

Que la señora Fiscal de la Nación considera que tanto la portada, como el titular y comentarios del diario son materia de rectificación en la medida de tratarse de hechos distinguiéndolos de la opinión que nos es materia del caso;

Que en su descargo, el diario La República considera que lo que busca la rectificación es que no se critique la gestión do la señora Fiscal de la Nación y que insiste en pedir que se rectifiquen las opiniones, señalando que el diario se ha limitado a informar y opinar sobre los hechos antes mencionados y que la señora Fiscal de la Nación no desmiente la parte informativa ni puede pretender que los artículos periodísticos “transcriban la jerga jurídica, sus significados y sus procesos» y que el periodista «debo traducir el lenguaje técnico a uno que sea entendible por todos»;

Que este Tribunal considera que del examen de la publicación cuestionada, aparecen claramente materias informativas sobre hechos y determinadas opiniones periodísticas, siendo claro que tratándose de estas últimas no hay rectificación pues la opinión periodística es libre y no existe delito de opinión conforme al inciso 3 del artículo 2o de la Constitución. Más bien tratándose de hechos, la información se ejerce bajo las responsabilidades de ley conforme al inciso 4 de la norma constitucional citada y toda persona afectada por afirmaciones inexactas o agraviada en cualquier medio de comunicación social, tiene derecho a rectificación en forma gratuita, inmediata y proporcional sin perjuicio de las responsabilidades de ley, tal como lo señala el inciso 7 del citado artículo 2 de la Constitución;

Que la forma de presentación y la interpretación de los hechos en la información materia de rectificación, resulta en una imputación de actuación y conducta que afectan a la persona de la Fiscal de la Nación quien se siente agraviada por la misma, por lo cual, conforme al citado inciso 7 del artículo 2 de la Constitución tiene derecho a la rectificación;

En uso de las atribuciones conferidas por su reglamento,

RESUELVE:

Declarar fundado el pedido de publicación de la carta de rectificación efectuado por doña Nelly Calderón Navarro, Fiscal de la Nación, contra el diario La República.

Regístrese, comuniquése y archívese.

MARCIAL RUBIO CORREA                       ALFONSO DE LOS HEROS PA.
Presidente                                                    Vicepresidente
 

ALBERTO CAZORLA TALLERI        ARMANDO ZOLEZZI MOLLER
Vocal                                                     Vocal
 

LUIS PEIRANO FALCONÍ                 TERESA QUIROZ VELASCO
Vocal                                                     Vocal

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Solicitud de cumplimiento de la Resolución

Lima, 30 de mayo de 2005

Señor
Marcial Rubio Correa
Presidente
Tribunal de Ética del
Consejo de Prensa Peruana
Presente.-

De mi consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a usted con relación a la resolución 15-TE/2005 de fecha 4 de mayo del presente año, referente a la solicitud de rectificación al diario La República, y en la cual se dispone la publicación de la misma, al haberse declarado fundado mi pedido. Al respecto considero importante tener en consideración lo siguiente:

l. El día 6 de abril solicité una rectificación al diario La República a través del Tribunal de Ética, la misma que no fue atendida por el diario en mención, razón por la cual ese colegiado dispuso la publicación de la rectificación por La República, que como medio asociado ha aceptado la competencia del Tribunal.

2. En este sentido el Reglamento Interno, en sus artículos 11 y 12, señala que en el caso de una negativa del medio a publicar la rectificación, el Tribunal de Ética emitirá una Resolución «disponiendo» la publicación de la rectificación si se declara fundado el pedido. Asimismo, se señala que: «la nota rectificatoria debe ser publicada bajo el membrete: RECTIFICACION, y no puede ir seguida de ninguna apostilla o comentario que la desnaturalice….»

Al margen de la concepción personal que puedo tener sobre una rectificación, así como su oportunidad y significado, con relación a la labor periodística y al fortalecimiento de la democracia, incluso de las excusas de tiempo y espacio que pueda argumentar un medio, o si es posible publicar una nueva portada en contra, titulares, o noticias que omitan mencionar una decisión del Tribunal de Ética, me es necesario resaltar la publicación del último 28 de mayo, que en la sección «Cartas del Lector» bajo el título de «Salvataje del Wiese» del diario La República, se transcribe, lo que en ese momento era mi solicitud de rectificación, hoy convertida en una disposición del Tribunal de Ética.

4. Al respecto, entiendo que la solicitud de rectificación que hice llegar a ese colegiado, no fue aceptada por el medio en su oportunidad, razón por la cual ese colegiado dispuso su publicación, la cual imperativamente»…debe ser publicada bajo el membrete de rectificación» (Artículo 12 del Reglamento), puesto que se trata de una sanción, de una decisión en contra del medio, no de una carta de un lector, de una solicitud o de un pedido, razón por la cual, y lógicamente, debe llevar la mención de «rectificación», y no un título distinto que deforma una realidad que es el cumplimiento de una decisión de naturaleza ética.

5. Por estos motivos y considerando:
a) Que el diario La República comunicó en su edición del día viernes a la opinión pública que el día lunes 30 publicaría «la carta de la doctora Calderón» habiéndola publicado finalmente el día sábado 28.
b) Que el diario La República ha publicado la rectificación bajo el titulo «salvataje del wiese» como si se tratara en el fondo de un tema del Banco Wiese, ocultando en todo momento que se trata de una rectificación, de la reivindicación de una deformación de la realidad, de un tema ético, del honor de una mujer y alto funcionario público al mismo tiempo, de una decisión del Tribunal de Ética.
e) Que han incumplido con lo que señala imperativamente el artículo 12 del Reglamento que obliga el membrete RECTIFICACIÓN; Cuarto, que no se trata de la carta de un lector, una solicitud o un pedido sino de la obligación de un medio (cuyo director es Presidente, fundador, asociado del Consejo de la Prensa Peruana) como consecuencia de una deformación de la realidad por parte del periodista César Romero.

Solicito al Tribunal de Ética, considerar que el diario La República no ha dado cumplimiento de la decisión de ese colegiado, es decir de efectuar la rectificación, y por lo tanto que ese Tribunal reconvenga y disponga que la misma sea publicada en los otros medios asociados, acompañada de una explicatoria elaborada al respecto, conforme lo señala el artículo 13 del Reglamento Interno del Tribunal de Ética, si es que ese el procedimiento a seguir.

6. Finalmente, lamento tener que hacer este pedido por las consideraciones que tengo hacia el difunto Gustavo Mohme Llona y el diario La República -medio de comunicación que jugó un papel importante en la lucha contra la dictadura de Fujimori-, consideración que se extiende a su actual Director Gustavo Mohme Seminario, pero creo que el interés de una o dos personas al interior del diario contra mi persona, están haciendo mucho daño tanto a dicho medio como al Ministerio Público.

Aprovecho la oportunidad para reiterarle los sentimientos de mi consideración y estima personal.

Nelly Calderón Navarro

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Respuesta del TE

En Construcción.