Queja


Respuesta del medio

En construcción.


Resolución

TRIBUNAL DE ÉTICA
CONSEJO DE LA PRENSA PERUANA
RESOLUCIÓN N°006-TE/2010

Lima, 26 de mayo de del 2010.

EL TRIBUNAL DE ÉTICA

VISTA:

La queja presentada por la señora María del Pilar Tello, (Caso 05-10), presidenta de Editora Perú, con relación a los artículos «Fiscalía investiga a la presidenta de Editora Perú». «Fiscalización investigará a María del Pilar Tello», “Mulder deja sin piso a presidenta de Editora Perú». «La pregunta de ayer» de la sección Plaza de Armas, “Congreso citará a Tello’ y “Citan a presidenta de Editora Perú», publicados en el diario Perú.21, el 27, 28 y 29 de enero, 14 y 24 de febrero del 2010, además respecto a los comentarios de los lectores difundidos a continuación de los artículos «La Fiscalía investiga a la presidenta de Editora Perú», “La Comisión de Fiscalización investigará a María del Pilar Tello» y “Congreso cita a la titular de Editora Perú”, en la edición digital del diario Perú,21, el 27 y 28 de enero y 24 de febrero del 2010, así como el descargo enviado a solicitud del Tribunal de Ética, por el señor Fritz Du Bois Freund, director del diario Perú.21

CONSIDERANDO:

Que la señora Maria del Pilar Tello refiere que el diario Perú.21 afirma que ella desempeña dos cargos a tiempo completo como Presidenta de Editora Perú y docente a tiempo completo de la Universidad Nacional Federico Villareal (UNFV), por ello debe devolver una suma de dinero, y que dos fiscalías investigan el caso. Que la información difundida por Perú 21 se basa en un hallazgo de auditoria, cuya difusión se encuentra prohibida, que dicho caso concluyó a su favor mediante el documento que presentó al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), y que ninguna entidad le exige que devuelva dinero. Respecto a la información sobre la investigación en dos fiscalías, la señora Tello indica que no se refiere a su cargo en Editora Perú. Además, la señora Tello señala que el diario Perú.21 abre su página web exponiéndola a insultos

Que el director del diario Perú.21, en su respuesta, refiere que se ha limitado a informar lo que consigna un documento del FONAFE y que la señora Tello no ha enviado un documento que pruebe que la investigación ha concluido. Con relación a que el periodista no debe publicar documentos reservados, el director del diario Perú.21 se ratifica en que existe la investigación en el Ministerio Público y que dicho medio comunicación ha contrastado la información con las personas involucradas, incluso la redactora Patricia Quíspe se reunió con la señora Tello para pedir su descargo.

Que el Tribunal de Ética observa que la información publicada en el diario Perú.21 se basa en un hallazgo de auditoria Que dicho medio de comunicación otorgó a la señora Tello la posibilidad de presentar sus descargos. Asimismo, los medios de comunicación tienen el derecho de informar sobre temas de interés público, sobre todo en este caso que se refiere manejos de fondos públicos.

Que el Tribunal de Ética no ha recibido documentación que permita afirmar que la investigación que realizan dos fiscalías se refiere al desempeño de la señora María del Pilar Tello como Presidenta de Editora Perú y docente de la Universidad Nacional Federico Villareal Por el contrario en la documentación alcanzada por la denunciante aparece información que señala que la investigación que realiza la 44° Fiscalía Provincial Penal de Lima se refiere a hechos diferentes a los publicados por el diario Perú.21 Además, el Tribunal observa que algunos comentarios de los lectores publicados a propósito y a continuación de los artículos mencionados, en la edición digital del diario Perú.21, difunden agravios sobre la reclamante. Al respecto los medios de comunicación deben tomar las precauciones necesarias con la finalidad de evitar que en la sección comentarios de los lectores, de su edición digital, se publiquen afirmaciones injuriosas.

En uso de las atribuciones conferidas por su Reglamento.

RESUELVE

  1. Declarar fundada la queja respecto a la información de los casos por los cuales la señora María del Pilar Tello es investigada por el Ministerio Público.
  2. Declarar infundada la queja presentada por la señora Maria del Pilar Tello, respecto a la investigación de FONAFE
  • Recomendar al diario Perú.21 que en su versión digital aplique las reglas que eviten la publicación de afirmaciones injuriosas de los lectores.
  • Disponer que el diario Perú 21 publique la presente resolución en el plazo de ocho días de notificada Si no realizara tal publicación, el Tribunal de Ética dispone que la resolución sea difundida en los medios de comunicación asociados en el Consejo de la Prensa Peruana.

TERESA QUIROZ VELASCO                                        ALFONSO DE LOS HEROS PÉREZ-ALBELA
           PRESIDENTA                                                                       VICEPRESIDENTE

LUIS PEIRANO FALCONÍ                                                       ÚRSULA FREUNDT-THURNE
                VOCAL                                                                                             VOCAL

                                                GRACIELA FERNÁNDEZ BACA
                                                                      VOCAL

(Ver documento original)


Publicación en el medio

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