Caso 27-10, Manuel Antonio Arce Farfán / Frecuencia Latina

Queja

Expediente:
Sumilla: Interpongo Queja

SEÑORA TEREZA QUIROZ VELASQUEZ
PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE ÉTICA DEL CONCEJO DE LA PRENSA PERUANA

MANUEL ANTONIO ARCE FARFÁN, identificado con DNI 09347300 y con domicilió real y legal en la Av. Prolong. Paseo de la República N° 722 Chorrillos, ante Ud. me presento y digo:

Que , por convenir a mi derecho, como persona , como ciudadano y como Abogado , acudo a su digo despacho con la finalidad de interponer Queja, por haber realizado y divulgado afirmaciones sin ningún sustento lógico-técnico, demostrando la parcialización y falta de objetividad en sus funciones periodísticas la cual es dirigida en contra de la Empresa privada Frecuencia Latina Representaciones SAC, Av. San Felipe N° 968, Jesús María, a su Gerente General, en su calidad de representante legal por alcanzarles la responsabilidad y en contra de sus trabajadores que prepararon y difundieron el reportaje , materia de la presente denuncia, bajo los siguientes fundamentos:

  1. -Que, en mi calidad de persona ciudadano , sin ningún impedimento físico ni legal , es decir en plena facultad de mis ejercicio civiles y como Abogado en actividad y habilitado , procedí a suscribir un recurso administrativo de nulidad , la cual fue dirigida en contra del acto administrativo de inscripción de la lista de candidatos para la Municipalidad Provincial de Lima del Partido Descentralista Fuerza Social, hecho ocurrido el día 06 de Setiembre del 2010 y siendo recepcionado el mencionado recurso , por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, el día 07 de Setiembre del 2010.
  2. -Que, el día viernes 10 de Setiembre del 2010, aproximadamente a horas 9.00 a.m., una reportera y un camarógrafo, del canal denunciado, pero quienes se negaron a identificarse personalmente, irrumpieron en mi centro de trabajo, ubicado en la Av. Defensores del Morro (antes Huaylas) N° 529 Of. B, en Chorrillos, trayendo consigo a la Señora JESSICA SANDRA MOTTA ESPINOZA, digo trajeron por cuanto de las imágenes del video adjuntas al presente, (las cuales denominare anexo 01[1]) se observa que los reporteros la buscan en su domicilio y al no encontrarla la buscan en su centro de trabajo, tómese en cuenta ( para las posteriores conclusiones) , que si fueron a mi oficina aproximadamente a las 9.00 a.m. ellos se encontraron con la mencionada señora a las 8.00, puesto que ella domicilia lejos de mi centro de trabajo. (Villa María del Triunfo)
  3. Que, en el anexo 1 y en gran parte de su duración , el denunciado , consigna con letras mayúsculas y la parte inferior el siguiente titular “OSCURA MANIOBRA: FALSIFICAN FIRMA PARA INTENTAR SACAR DE CARRERA A SUSANA VILLARAN”, es decir afirman categóricamente la falsificación de una firma en un documento que suscribo como Abogado, es decir a donde quisieron legar y llegaron “ a que el público piense que el Abogado falsifico la firma, ¿Quién más podría ser?, es mas en la parte superior del anexo mencionado consignan “EXCLUSIVO INVESTIGACIÓN ESPECIAL” ¿Pero qué investigación, por más especial que sea puede realizarse en nos de una hora , que es tiempo que se contactan con la Sra. Motta y la llegada a mi oficina?, ¿De qué investigación estamos hablando? Una seria no lo creo. Lo que sucede que con estos titulares hicieron creer al público que se realizó un recopilación de documentos originales con la firma de la Sra. Motta, se solito el peritaje grafo técnico, respaldado con el informe pericial, que los llevaran a la conclusión de que se falsifico la firma.
  4. -Asimismo, se menciona lo siguiente “….esta es la oficina del Abogado Manuel Arce Farfán que avala el documento………………. ” Es decir si el recurrente avala un documento con la firma falsificada lo que le están dando a creer al público es que yo lo falsifique. Esto está claro y lo reafirman cuando mencionan “………………. usaron su nombre y firma para dejar fuera de carrera……………..”
  5. -Sra. Presidente, a todo esto se suma las irresponsables acusaciones del Abogado ROBERTO MIRANDO, a donde es conducido la Sra. Motta, por supuesto Abogado con vínculos estrechos con el denunciado quien afirma lo siguiente“……. la suplantación de firmas en un documento como es este documento, es tipificado en el Código Penal como delito de falsificación…………………… ” Es decir a la opinión público se le mando el mensaje claro, que ya se suplanto la firma, por lo tanto hay delito ¿De quién? Del Abogado Manuel Arce. Este ha sido simplemente una parcialización del medio de comunicación denunciado con el Partido Descentraliza Fuerza Social y con su lideresa la Sra. SUSANA VILLARAN , de lo contrario no se explica por qué el Abogado ROBERTO MIRANDA , frente a cámaras induce a la Sra. Motta cuando dice “…………….. la Sra. debe presentar el escrito al Jurado Especial Electoral……. ”, (debe presentar en una conducta claramente imperativa), le redactan el documento y la presionan para que lo firme, es más, en el anexo 1, se escucha decir “………. deslinda su participación de los hechos entregando ella…………………. ”, cuando esto es falso, como se puede apreciar de las imágenes, es una reportera del canal denunciado la que en todo momento lleva en sus manos, el escrito, hasta la misma puerta del Jurado Electoral Especial.
  6. -Que, en las imágenes denominadas , para ilustración, anexo 02[2], la comentarista hace imputaciones falsan como cuando asegura “…y al ya conocido Abogado Arce Farfán , quien asegura ser su representante legal….” , debo decir , en ningún momento he mencionado ser el representarte legal de la Sra. Motta , mucho menos haberlo asegurado , nunca he di una entrevista para ese canal , ni medio periodístico alguna, del escrito de Recurso de Nulidad , se deprende que lo único que hago suscribir mi firma por ser un documento técnico legal . pero en ningún momento aparece el otorgamiento de representación alguna, la representación legal tiene que ser expresa, solicitando, a su despacho, revisar la copia del Recurso y corroborar lo manifestado.
  7. -Que, el denunciado increíblemente y en un claro desconocimiento por la investigación periodística seria y un desprecio total por la dignidad y honra de las personas, publica como titular en la parte inferior del reportaje “JOVEN SUPLATANDA ES AMENEZADA FALSIFICARON FIRMA PARA TACHAR A SUSANA”. En primer lugar cuando la Sra. Motta narra los hechos dé la supuesta amenaza y dice bien claro “…si yo no me retracto ante cámaras que la firma es mía ellos me pueden demandar….” Pero eso es totalmente cierto, la Constitución en su artículo 139 inc. 3 establece el derecho de los ciudadanos a la TUTELA JURISDICCIONAL EEFCTIVA” y ¿cuándo se recurra esta? cuando se vulnera el artículo 2 inc. 7 de la misma Constitución “Toda persona tiene derecho:…………………………. Al honor y la buena reputación, a la intimidad personal y familiar así como a la voz y a la imagen propias. Lo que le dije a la Sra. Motta está encuadrado dentro de la ley, entonces por qué el canal denunciado se ensaña con mi persona y pone como titular AMENAZA, como si hubiera mencionado que voy a atentar en contra de su vida, o su integridad física o la de sus familiares. Asimismo en el mimo titular insisten por segunda vez, la primera es mencionada en el punto 03 de la presente, en asegurar FALSIFICARON FIRMA, sin ningún sustento técnico o legal.
  8. -Que, en el anexo 02 la quejada, para probar que se falsificaron las firma, y crear convicción en el público y por consiguiente dañar mi reputación, exhibe dos firmas (ver foto 01) encerradas cada una en un recuadro , siendo imposible para el público saber de dónde provienen esas firmas , por lo tanto saber si son de la Sra. Motta , si son la del Recurso de Nulidad , si son la de su DNI , es decir fácilmente se pudieron hacer esa firmas en el local del canal, encerrarlas en un recuadro y ponerle a una verdadera y a la otra falsa, la pregunta es ¿Por qué trabajo de esa manera tan irresponsable y falta de ética? ¿Por qué se me causo este daño? Señora Presidente lo que sucedió está muy claro , cuando los partidarios de la Sra. Susana Villarán se enteraron del recurso de nulidad interpuesto se dieron cuenta que tenía sustento lógico jurídico y estaba dentro del marco de ley buscaron el apoyo de un medio de comunicación , el hoy quejado, y esto se evidencia por la clara cercanía de su principal directivo y propietario del canal el Señor Baruch Ivcher y esto no es una posición antojadiza, subjetiva o revanchista, sino que así lo demuestran las imágenes propaladas por Panamericana Televisión sobre la reunión que sostuvieron el representante del canal denunciado (anexo 03) con la Sra. Susana Villarán el día 24 de Setiembre del 2010 , en pleno proceso electoral, (ver anexo 03[3]).
  9. -Que, cuando los trabajadores del canal quejado interceptan a la Sra. Motta era aproximadamente las 8.00 a.m. de la mañana del día viernes 10 de Setiembre del 2010 y la tuvieron bajo su resguardo hasta aproximadamente 4.00 p.m., hora en que la presionan a firmar el documento en el cual esta Sra. se desmiente de su firma. No le parce una conducta parcializadora el hecho de que durara aproximadamente b ocho horas para elaborar un documento de una página y firmarlo, claro porque lo que sucedió en ese tiempo es que trataron y lo lograron de convencerla, quien sabe con qué tipo de promesas de que firme el documento que firmo. Sin embrago pese a que como afirman ellos y el Abogado Dr. MIRANDA (quien dicho sea de paso ha cometido, en el mejer de los caso, irregularidades que reclamare en su oportunidad) se había cometido un delito, nunca sugirió y mucho, menos se le acompaño a una delegación policial o al Ministerio Publico, a realizar la denuncia de ley, ¿Por qué? Porque ellos saben que nunca se cometió ningún delito y que para probarlo ningún profesional se prestaría a avalar con un informe técnico una supuesta falsificación de firma, es mas en la actualidad, hasta el día de hoy, no se ha interpuesto denuncia alguna en contra de mi persona, habría que preguntarse ¿Por qué?

Que, cumplo con adjuntar:

-Copia simple de mi DNI

-Copia simple de Informe Pericial de Grafotecnia

-Copia simple del Recurso de Nulidad

– Sobre cerrado conteniendo Un Disco Compacto (CD) con los videos denominadas anexo 1, 2 y 3, así como foto 01.

POR TANTO

Pido, a Ud. Señora Presidenta dar por interpuesta la presente queja , actuar dentro de sus atribuciones y se ordene la rectificación de la información atentatoria en contra de mi honor y buena reputación, ya que siempre he sido un Profesional dedicado a mi trabajo , en el área del Derecho , con especialización en Derecho Laboral por el CAL, como asesor del Sindicato de Trabajadores de la Empresa CIVA y actualmente curso estudios de Maestría en la Universidad San Martin de Porres, entre otros.

Lima, 24 de Noviembre del 2010

(Ver documento original)

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[3] Ver vídeo


Respuesta del Medio

En construcción.


Respuesta del TE

Lima, 21 de diciembre del 2010

Señor

Manuel Antonio Arce Farfán

Presente

 

De mi consideración,

Sirva la presente para acusar recibo de su queja presentada al Tribunal de Ética, con relación a los reportajes “Oscura maniobra: falsifican firma para intentar sacar de carrera a Susana V       illarán” y “Joven suplantada es amenazada: falsificaron firma para tachar a Susana”, difundidos en el programa 90 segundos de Frecuencia Latina – Canal 2.

Al respecto le informo que Frecuenta Latina – Canal 2 ha hecho público un comunicado manifestando que no acepta la competencia del Tribunal, al que en ocasiones anteriores se había sometido. Motivo por el que, el Tribunal de Ética no tramita las quejas presentadas contra el referido medio de comunicación.

Atentamente,

Kela León

Secretaria Ejecutiva

 
C.c.        Teresa Quiroz Velasco
               Presidente, Tribunal de Ética

 

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