Caso 23-11, Director, Biblioteca Nacional del Perú, Ramón Mujica Pinilla / diario La Primera

Queja

Lima, 06 de setiembre de 2011

Sra. Kela León
Secretaria Ejecutiva del Tribunal de Ética
Consejo de la Prensa Peruana
Calle Los Ángeles 211, Miraflores
Presente.-

De mi consideración:

Es grato dirigirme a usted para expresarle mi cordial saludo y felicitarla por la labor que viene desempeñando.

La molesto para denunciar ante su prestigiosa entidad, la campaña difamatoria contra mi persona, propagada por el Diario «La Primera» que -tengo entendido- está reconocido por el Consejo de la Prensa Peruana. Entendemos perfectamente que en un país donde existe la libertad de prensa, las críticas constructivas y las diferencias de opinión son siempre beneficiosas para fortalecer un Estado de Derecho auténticamente democrático. Otra cosa es la difamación sin sustento alguno.

En efecto, en las últimas semanas previas a mi ratificación como Director de la Biblioteca Nacional del Perú, el periodista Raúl Wiener me imputó sin prueba alguna, estar presionando al ministro de Cultura de ese entonces, el Dr. Juan Ossio, desde mi cargo administrativo, para defender a una persona procesada por destrucción del patrimonio arqueológico en el Ex Fundo Oquendo. Rebatí las acusaciones por carta notarial exigiendo que esta fuera publicada en su integridad, según lo dispone la Ley No 26847, infructuosamente. Mi texto fue mutilado y se me imputaron nuevas mentiras que no quise responder al no tener garantía que serían publicadas. Wiener, aliado con uno de los cuatro sindicatos de trabajadores de la BNP cuestiona la campaña anti-corrupción que hemos emprendido y los cambios estructurales que estamos planteando para detener el robo sistemático de libros y manuscritos antiguos al interior de esta primera institución cultural del país.

El día de hoy, el diario La Primera ha publicado un «aviso» pagado a página entera que formaría parte de una serie de cinco entregas, según se nos ha informado en el propio diario. Aquí se me acusa de «delincuente» y de estar vinculado con el asesinato de dos campesinos en el Ex Fundo Oquendo y del topógrafo que hace algunos años laboró con mi familia y que fue misteriosamente asesinado en el ex fundo Oquendo: el Sr. Guillermo Velarde. También afirman que estoy vinculado a las mafias de traficantes de tierras asociadas con el «Cholo Jacinto». En lo concerniente a mi persona, todo ello es inventado, pues ni he cometido homicidios ni formo parte de ninguna mafia de traficantes de tierras. El periódico pretende no responsabilizarse del contenido de estos infundías al presentarlos en su diario como «publicidad» pagada, cuando en realidad se tratan de graves calumnias que no tienen sustento jurídico alguno y que están claramente tipificadas como delitos en el código penal.

Apelamos a usted, en su calidad de Secretaria Ejecutiva del Tribunal de Ética para que evalúe y sancione este cobarde método de difamación que bajo la modalidad de una seudo carta pagada dirigida al Presidente de la República y al Fiscal de la Nación -con lista de supuestos agraviados -pero que no está firmada por nadie- pretende evadir un juicio por difamación.

Sin otro particular y quedando a la espera que Ud. pueda hacer valer los derechos más elementales, hago propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi mayor consideración.

Atentamente,

Ramón Mujica Pinilla
DNI 06654754
Avenida Miguel Grau 307, Dpto. 401
Chorrillos
Telf. 440-01-33
[email protected]
[email protected]

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Respuesta del medio

Miraflores, 10 de octubre de 2011

Señora
Kela León
Secretaria Ejecutiva
Consejo de la Prensa Peruana

De mi consideración

En relación a su comunicación del 29 de septiembre respecto a la queja del señor Ramón Mujica Pinilla contra mi persona, que se acompaña de cuatro recortes periodísticos que lo aluden, me permito hacerle el presente resumen de descargo:

1. Con fecha 18 de julio de 2011, el suscrito publicó como nota de investigación, un informe sobre el proceso que se está siguiendo en las cortes del Callao contra el abogado Carlos Condorcahuana Roca, apoderado de la empresa Promotora Oquendo, por haber destruido ruinas preincaicas utilizando tractores y motoniveladoras, dentro del área del exfundo Oquendo, para poder vender los terrenos a empresas urbanizadoras. Este hecho de suma gravedad tenía un componente fuera de lo común: que entre los socios y directivos de la
empresa implicada estaba el director en funciones de la Biblioteca Nacional, Ramón Mujica Pinilla, lo que planteaba un claro conflicto de intereses ya que el denunciante de Condorcahuana era el Instituto Nacional de Cultura, entidad del mismo sector Cultura, del que forma parte la Biblioteca.

El texto en mención no decía sin embargo que Mujica estuviera directamente implicado en el daño o que estuviera protegiendo al depredador, o presionando al ministro para la defensa del procesado, asuntos que no nos constan. La información se limitaba a hacer el contraste entre el rol de Mujica como cuidador de una parte de nuestra cultura y la actuación ilegal de una empresa de la que es parte, contra otros valores culturales.

2. En carta notarial dirigida al diario La Primera, el señor Ramón Mujica Pinilla envió una carta por vía notarial rechazando el contenido del artículo del 18 de julio, haciendo las siguientes precisiones:

a) Que había confundido el nombre de su padre, que es Manuel y no Miguel;
b) Que es accionista minoritario de Promotora Oquendo desde el 2007;
c) Que el INC no está enjuiciando a su empresa;
d) Que no conoce ni ha trabajado con el procesado Condorcahuana;
e) Que su presencia en la BNP no era para influir a favor de Condorcahuana;
f) Que siendo que ese sujeto ha sido condenado habría que decir que el señor Mujica ha influido más bien en su contra;
g) Que toda pena es poca para los que destruyen el patrimonio cultural.

En el resto de la carta, el señor Mujica se refiere a otra nota del 26 de febrero de 2011, de otro periodista, y al tema del cierre de la Biblioteca por vacaciones.

El 20 de agosto se público el íntegro de la rectificación sobre el caso Oquendo y se excluyó el segundo párrafo por tratarse de un tema ajeno. A esto el señor Mujica llama «mutilación», cuando lo que realmente se hizo fue cautelar su derecho a defenderse y aclarar lo que habíamos afirmado el 18 de julio.

3. En relación a la rectificación sobre el caso Oquendo, hemos probado con hechos y documentos lo siguiente
-Que el señor Ramón Elías Mujica Pinilla es fundador y socio de empresa Promotora Oquendo desde 1997, con sus hermanos y primos, y su tío Miguel presidente del directorio. En la ficha de registro de la propiedad mercantil N5 123947, figura además como primer gerente de la empresa, por tanto no es verdad la afirmación de que era un simple socio minoritario (casi como una persona distante) y recién desde 2007, es decir de un empresa en marcha.
-Que el señor Carlos Condorcahuana Roca cuenta con poderes para representar a Promotora Oquendo en los actos referidos a sus actividades inmobiliarias todas las cuales tienen lugar en el exfundo Oquendo. Así se manifiesta en el Instrumento Público Número Tres Mil Setentiuno expedido por la Notaría Carcausto, a través del cual Maribel Mujica Pinilla transfiere estos poderes a dicha persona.
-Estos documentos relacionan al señor Ramón Mujica Pinilla con el caso de los daños a la zona arqueológica del ex fundo Oquendo ya que no existe denuncia o documento que acredite que actuó contra la acción depredadora del apoderado de su propia empresa, aún en el supuesto de que fuese cierto que no lo conociese personalmente. En ningún momento de la nota del 18 de julio se afirma que Mujica Pinilla haya presionado al ministro de Cultura, y las únicas referencias al entonces ministro Ossio son para preguntarse si sabe sobre este caso.
– El Atestado N9 001 2011-XX-DIRTEPOL-C/DIVTER-2-CSG-DEINPOL, indica que el señor Ramón Mujica fue comprendido en una denuncia por delito contra el patrimonio, usurpación y de turbación a la posesión en otro caso en el exfundo Oquendo, figurando como no habido. En realidad se trata de otro caso de posesionarios presionados por la fuerza por las empresas del grupo Mujica para que se retiren de sus terrenos. Y son los afectados los que hacen la relación con el director de la Biblioteca, no el diario, que no tiene ninguna razón particular contra esa persona, pero si una obligación de acoger las denuncias de quienes se consideran afectados en sus derechos.

4. El 3 de septiembre de 2011, La Primera publicó la nota «Rara desaparición de libros en la Biblioteca Nacional», en la que se muestran algunas contradicciones en la información que el director de la Biblioteca Nacional Ramón Mujica Pinilla ha venido brindando en diversos medios de comunicación denunciando el robo y hasta saqueo de libros de gran valor histórico y patrimonial en la institución a su cargo, advirtiendo de la existencia de una mafia que se dedicaría al tráfico de estos materiales. La denuncia, como es evidente, es muy seria y pone de realce la gran cuestión de saber lo que debemos hacer los periodistas y los funcionarios del Estado cuando tenemos en nuestras manos casos de relevancia que deben ser puestos al conocimiento público.

Porque lo que es cierto es que el señor Mujica ha hecho es poner en entredicho la idoneidad profesional y la moral de los funcionarios de la Biblioteca que trabajaban antes de su gestión, impidiéndoles al mismo tiempo ejercer su derecho de defensa ante

Declaraciones públicas de su director, que en cambio si puede exigir el derecho a la rectificación o plantear una demanda como la que se ha hecho ante el Consejo de la Prensa. Es esta asimetría de derechos lo que nos hizo estudiar la documentación del caso, tal como también lo está haciendo la OIT respecto a la demanda del sindicato por lo que considera amenazas contra la libertad sindical.

El punto es que en la nota de investigación que según el señor Ramón Mujica sólo contiene «nuevas mentiras», se advierte a través del contraste de sus propias declaraciones que fue él mismo quién indicó que un lote de cartas de la colección Cáceres encontrado en un mueble dado de baja, aparentemente a punto de ser sacado de la Institución «por lo menos… no llegó a salir, o sea que estrictamente no podemos hablar de robo.» (Declaraciones ante la Comisión de Educación y Cultura del Congreso, el 11 de marzo del 2011)

Sin embargo más adelante, en declaraciones posteriores ha insistido en que uno de los robos más graves sufridos por la Biblioteca son las cartas de Cáceres, que no habían sido robadas. El mismo artículo alude al caso de un vigilante capturado tratando de sustraer un libro aparentemente de mucho valor que fue presentado como un ejemplo del grave problema que estaría produciéndose en la Biblioteca. Pero el vigilante era parte del personal nuevo traído por el director y su ingreso a la zona reservada es completamente irregular, siendo además un dato calve que el sistema de seguridad de ingreso y salida está bajo el control de la alta dirección y fuera del alcance de los trabajadores sindicalizado a los que Mujica ha acusado de mafiosos.

La nota del 3 de septiembre no va más allá de las dudas que aparecen frente a una denuncia que muchos medios han convertido ya en una acusación contra el personal técnico de la Biblioteca Nacional, con el que no nos une ninguna alianza o vínculo personal.

5. Finalmente sobre el aviso pagado publicado por La Primera el 6 de septiembre, donde se alude al señor Mujica Pinilla en relación a los problemas del Fundo Oquendo, sólo cabe decir que es responsabilidad de los contratantes cuyos nombres aparecen al final de la publicación.

En conclusión, frente a la queja del señor Ramón Mujica Pinilla y a su derecho al buen nombre, debemos decir que somos respetuosos de todos los derechos, pero en la labor periodística tenemos un compromiso mayor con la verdad y la justicia. Creemos que las notas en discusión están ajustadas a esa premisa
Atentamente

Raúl Alfredo Wiener Fresco
DNI 07717557
Periodista
Jefe de la Unidad de Investigación
Diario La Primera

(Ver documento original)


Resolución

TRIBUNAL DE ÉTICA
CONSEJO DE LA PRENSA PERUANA
RESOLUCIÓN No. 008-TE/2011

Lima, 7 de diciembre de 2011.

EL TRIBUNAL DE ÉTICA VISTA:

La queja presentada por el señor Ramón Mujica Pinilla, (23-11), con relación a los artículos «Empresa de Director de Biblioteca Nacional dañó ruinas en Oquendo», «Mujica y destrucción del patrimonio arqueológico» y «Rara desaparición de libros en la Biblioteca Nacional» y el aviso «La violencia delincuencia! y la corrupción tienen nombres ‘Los Mujica»‘, publicados en el diario La Primera, el 18 de julio, 20 de agosto, 3 y 6 de septiembre del 2011, respectivamente; así como la respuesta enviada por el señor Raúl Alfredo Wiener Fresco, Jefe de la Unidad de Investigación del diario La Primera.

CONSIDERANDO

Que el denunciante refiere en su queja que en las últimas semanas previas a su ratificación como Director de la Biblioteca Nacional se le imputó, sin prueba alguna, estar presiónando al Ministro de Cultura en ese entonces, Juan Ossio, para defender a una persona procesada por la destrucción del patrimonio arqueológico en el Ex Fundo Oquendo. Por ello envió una carta de rectificación, que fue publicada mutilada y le «imputaron nuevas mentiras» las cuales no respondió por «no tener garantías que serían publicadas». Refiere además que el diario La Primera ha publicado un aviso pagado a página entera, en el que se le acusa de ser delincuente y de estar vinculado con el asesinato de dos campesinos del Ex Fundo Oquendo y de un topógrafo que hace años laboró con su familia. Refiere además que en dicho aviso, también se afirma que se encuentra vinculado a mafias de traficantes de tierras. Al respecto, el denunciante niega los hechos señalados en el aviso.

Que el Jefe de la Unidad de Investigación del diario La Primera afirma que el 18 de julio, dicho medio de comunicación publicó un artículo respecto al proceso penal seguido contra el abogado Carlos Condorcahuanca, apoderado de la empresa Promotora Oquendo, por haber destruido ruinas preincas. Entre los socios de la empresa se encontraba el director de la Biblioteca Nacional en funciones Ramón Mujica Pinilla, lo que crea un conflicto de intereses, ya que la denuncia contra dicho abogado fue presentada por el Instituto Nacional de Cultura, entidad de la que forma parte la Biblioteca Nacional. Refiere además, que en el texto no se menciona que Mujica estuviera implicado en el daño o estaría protegiendo al depredador o presionando al ministro para defender al procesado. Respecto a la carta notarial enviada por el denunciante, Raúl Wiener afirma que el diario La Primera publicó el integró de la rectificación, pero se excluyó el segundo párrafo por tratarse de un tema ajeno.

Que respecto al artículo publicado el 3 de septiembre, Raúl Wiener señala que se trata de información respecto a la acusación contra el personal técnico de la Biblioteca Nacional. Sobre el aviso, refiere que es responsabilidad de los contratantes cuyos nombres aparecen al final de la publicación.

Que el Tribunal observa que la rectificación enviada por el denunciante al diario La Primera fue publicada el 18 de julio, pero bajo el título «Mujica y destrucción del patrimonio arqueológico» con comentarios, contradiciendo el precedente establecido por el Tribunal Constitucional en la sentencia emitida en el expediente 3362-2004- AA/TC, en la que dispone que «el medio de comunicación no podrá insertar en la misma nota rectificatoria, como titular o comentario, nuevas apreciaciones o noticias, pues, al insistir, revertir o poner en duda la rectificación del reclamante, se desvirtuaría la naturaleza de la rectificación, anulando el contenido esencial de dicho derecho fundamental». Asimismo el medio de comunicación no solicitó la versión del denunciante antes de la publicación del artículo difundido, el 18 de julio, aspecto fundamental que evita que la información sea difundida en forma parcializada y por ente no sea veraz.

Que respecto al artículo publicado el 3 de septiembre el denunciante no sustenta expresamente las razones por las cuales se encuentra afectado.

Que respecto al aviso materia de la queja, si bien se trata de publicidad, no se identifica fehacientemente a sus autores. Asimismo en él se publica información que acusa al denunciante de ser autor de varios delitos, sin presentar pruebas que la sustenten. Al respecto, el Tribunal de Ética considera que los medios de comunicación deben evitar que la publicidad que difunden atente contra el honor de las personas, sobre todo si en ella se atribuyen la comisión de graves delitos.

En uso de las atribuciones conferidas por su Reglamento.

RESUELVE

Primero.- Declarar fundada la queja presentada por el señor Ramón Mujica Pinilla, con relación a los artículos «Empresa de Director de Biblioteca Nacional dañó ruinas en Oquendo», «Mujica y destrucción del patrimonio arqueológico» y el aviso «La violencia delincuencia! y la corrupción tienen nombres ‘Los Mujica'», publicados en el diario La Primera, el 18 de julio, 20 de agosto y 6 de setiembre del 2011.

Segundo.- Declarar infundada la queja presentada por el señor Ramón Mujica Pinilla, con relación al artículo «Rara desaparición de libros en la Biblioteca Nacional»

Tercero.- Exhortar a los medios de comunicación que cautelen que los avisos publicitarios que difundan no contengan afirmaciones que atribuyan la comisión de delitos o dañen el honor de las personas.

Cuarto.- Disponer que el diario La Primera publique la presente resolución en el plazo de ocho días de notificada. Si no realizara tal publicación, el Tribunal de Ética dispone que la resolución sea difundida en los medios de comunicación asociados en el Consejo de la Prensa Peruana.

Regístrese, comuníquese y archívese.

TERESA QUIROZ VELASCO               ALFONSO DE LOS HEROS PÉREZ-ALBELA
PRESIDENTA                                            VICEPRESIDENTE

ÚRSULA FREUNDT-THURNE            GRACIELA FERNÁNDEZ-BACA
VOCAL                                                        VOCAL

LUIS PEIRANO FALCONÍ                DIEGO GARCÌA-SAYÁN
VOCAL                                                  VOCAL

WALTER ALBÁN PERALTA
VOCAL

(Ver documento original)


 

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