Caso 16-05, Alcalde, Municipalidad Distrital de El Tambo, Sergio Cárdenas Alarcón / diario Correo, Huancayo

Queja

Huancayo, 17 de marzo de 2005.

SEÑOR.
DR. MARCIAL RUBIO CORREA.
PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE ÉTICA DEL CONSEJO DE PRENSA
PERUANA.
Calle Los Ángeles N° 211, Miraflores.
Lima.

De mi mayor consideración:

Sirva la presente para saludarlo y a la vez felicitarlo por las funciones que viene desempeñando como Presidente del Tribunal de Ética del consejo de Prensa Peruana.

La presente misiva, tiene como motivo expresarle los acontecimientos periodísticos que se vienen suscitando en la Región Central, específicamente en la Ciudad de Huancayo.

El hecho Sr. Presidente, es que la Empresa Periodística que publica el Diario correo en esta ciudad, constantemente viene efectuando publicaciones carentes de objetividad con relación al Distrito de El Tambo, de la Ciudad de Huancayo, de la cual soy su Alcalde.

Ante esas publicaciones malintencionadas, la Municipalidad Distrital de El Tambo, publicaba las ACLARACIONES PAGADAS EN EL MISMO DIARIO CORREO, pero son tantas las publicaciones con esas características que nuestro exiguo presupuesto no alcanza para pagar aclaraciones y publicaciones continuas.

Por ello, ante la última publicación totalmente calumniosa que salió publicada el día 10 de Marzo de 2005, el Procurador Público Municipal al ver que se atacaba la imagen del Alcalde de la Municipalidad Distrital de El Tambo Sergio Cárdenas Alarcón, presentó una Carta Notarial Aclaratoria y Rectificatoria, la misma que pese a estar enmarcada dentro del marco Constitucional, y pese a los requerimientos para su aclaración, en tres oportunidades, NO HA SIDO PUBLICADA LA RECTIFICACIÓN, por el Diario Correo de la Ciudad de Huancayo, inobservándose lo estipulado por el Artículo 2o, Inciso 7) de la Constitución Política del Estado y por lo establecido por la Ley 26775, modificado por la Ley N° 26847, que establecen el Derecho de Rectificación de Personas Afectadas por Afirmaciones Inexactas en los medios de comunicación social.

A fin de merituar lo expuesto, se remite a Vuestro ilustre despacho, las copias fedateadas y simples de las publicaciones y Cartas de Rectificación presentadas por la Municipalidad Distrital de El Tambo, que acreditan la mala fe al momento de emitir las publicaciones por parte del Diario Correo de la Ciudad de Huancayo.

Asimismo, sirva la presente para SOLICITAR AUDIENCIA CON LA PRESIDENCIA DE SU CARGO, a fin de exponer personalmente todos estos hechos, por lo que agradeceré se sirva señalar fecha y hora para dicha Audiencia, en la misma que, documentadamente y en mayor abundancia, acreditare lo expuesto.

Esperando la atención de la presente me suscribo de ud. Expresándole las muestras de mi consideración y estima personal.

Atentamente,

SERGIO I. CARDENAS ALARCÓN
Alcalde

(Ver documento original)


Respuesta del medio

Huancayo, 21 de marzo del 2005

Señores
Tribunal de Ética
Consejo de la Prensa Peruana
Presente.-

De mi consideración.

En atención a su carta del 16 de marzo, referente al caso 16-05 de la queja alcanzada a la Presidencia por el Sr. Alcalde de El Tambo, Sergio Cárdenas Alarcón, sobre una serie de publicaciones consigna¬das en nuestras ediciones de Correo Huancayo, especialmente el día 10 de marzo del 2005, alcanzó a Uds. los descargos correspondien¬tes.
1. – La información redactada por la periodista Elizabeth Gómez Ra-mos responde a declaraciones formuladas por los regidores Luz Vidal de Vadillo, Ninoska Véliz, Rosa Córdova, Abel Quispe Villalobos, Wilfre- do Antialón, quienes cuestionaron las reiteradas ausencias del men¬cionado burgomaestre a las sesiones de consejo. Esto fue en sesión del miércoles 9 de marzo en horas de la mañana, donde se tocó como primer punto de agenda «las continuas faltas del alcalde» e incluso se sometió a votación la suspensión de la reunión por la ausencia del mencionado personaje, dejándose constancia de la misma y además la concejal Vidal de Vadillo refirió las fechas que no había concurrido Cárdenas Alarcón, fecha en que tampoco estuvo presente.
Incluso estas ausencias constan en las respectivas actas.
Sin embargo, el alcalde refiere que asistió a las diferentes reunio¬nes, según carta rectificatoria y contradictoria que nos alcanza, que no fue publicada pues no amerita la misma. Por ello se les alcanza el documento fechado el 25 de febrero, donde explica sobre su ausen¬cia del 2 de febrero, pero en la carta aclaratoria señala que él sí presidió la sesión de ese día. (Docl)
Incluso, en la carta alcanzada a la Dirección de Correo reconoce que estuvo ausente por motivos de salud a algunas reuniones, como en otras no concurrió por gestiones que le compete realizar ante dife¬rentes instancias.
Consta además en el acta de esa fecha, segundo párrafo que so¬licita permiso para acudir a una Inspección de un puente, es decir, no llegó a presidir dicha reunión, solo estuvo al inicio.
Como podrán darse cuenta Correo no faltó a la verdad y menos la información carece de sustento, ya que se basó en informes ofrecidos por varios regidores.
Es más, la carta aclaratoria carece de legalidad ya que la suscribe el procurador público Javier Gutiérrez López, quien incumpliendo sus funciones sale en defensa del alcalde, cosa que no le compete, situa¬ción que ya motivó una denuncia en su contra ante el Consejo Nacio¬nal de Defensa Judicial del Estado por las regidoras Ninoska Véliz y Rosa Córdova (Doc2).
Al día siguiente de la mencionada información consignada se re¬cogió las explicaciones del alcalde Sergio Cárdenas, que no hace otra cosa de confirmar lo detallado por Correo.
Habría que señalar, además, curiosamente muchas de las actas de las sesiones desarrolladas en el referido municipio sufren de ma¬nipulaciones e incluso se «pierden» misteriosamente las grabaciones de los audios, tal como se le adjunta (Doc3)
Para desmentir y descartar cualquier mal intención de Correo se alcanza al Tribunal de Etica las actas de las sesiones en donde el primer regidor del Concejo preside las mismas. (Doc4)
2. – Refiere el alcalde que las noticias publicadas en Correo sobre su gestión son tendenciosas, sin embargo debemos de precisar que en cualquier gobierno local, regional e incluso el central califica los «destapes»periodísticos como una campaña de desprestigio, cosa que no es parte de nuestro diario ni ahora ni nunca.
Cabe precisar a ustedes Señores miembros del Tribunal de Etica que producto de estos informes periodísticos, que fueron tratados con la mayor responsabilidad por Correo, hoy son materia de proce¬sos que se ventilan en el Poder Judicial y de los cuales se espera los respectivos fallos, donde varios funcionarios se encuentran implica¬dos. (Doc5)
Como Correo en esta oportunidad no queremos ahondar en estos detalles, pero cabe la precisión que por estos escándalos puestos al descubierto en algunos casos por Correo y en otros por diferentes medios, el mencionado alcalde fue expulsado de su partido, decisión informada mediante conferencia de prensa por la secretaria general Nidia Vilchez Yucra en mayo del 2004 (Doc6).
Estamos convencidos que lo informado se ajusta a hechos objeti¬vos y no subjetivos, pues no es política de Correo Huancayo publicar «noticias tendenciosas».

Sin otro particular, me suscribo de Uds.

Atentamente

Héctor Jorge Mayhuire Rodríguez
Director Correo Huancayo

(Ver documento original)


Resolución

EL TRIBUNAL DE ÉTICA
CONSEJO DE LA PRENSA PERUANA
RESOLUCIÓN N° 21-TE/2005

Lima, 18 de mayo del 2005.

El Tribunal de Ética:

VISTA:

La carta 44-2005-MDT/A dirigida por el Acalde Distrital de El Tambo, Huancayo al Presidente del Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana solicitando rectificación de la información dada por el diario Correo de Huancayo (Caso N° 16-05) del 10 de marzo del 2005; el descargo presentado por el director del Correo de Huancayo con fecha 21 de marzo del 2005 así como su carta del 5 de abril del 2005; y copias de las actas de sesiones del Concejo Distrital de El Tambo.

CONSIDERANDO:

Que la solicitud de rectificación presentada se refiere a información dada por el Diario Correo de Huancayo en su edición del 10 de marzo pasado en un artículo titulado “Ediles cuestionan faltas de alcalde a sesiones de concejo», firmado por doña Elizabeth Gómez R. al que se añade un recuadro en el que se mencionan ocho sesiones del Concejo Municipal del distrito de El Tambo, Huancayo, de las cuales se informa que sólo una y la mitad de la otra fueron presididas por el Alcalde;

Que este Tribunal solicitó copias de las actas de sesiones del Concejo distrital de El Tambo y en ellas, que cuentan con las firmas de los regidores, se constata que el Alcalde figura presidiendo cinco de nueve sesiones (19, 24 y 26 de Enero del 2005; 4 y 28 de febrero del 2005). Al propio tiempo consta que en  otra sesión (la del 2 de febrero del 2005) el Alcalde presidió inicialmente y luego pidió permiso para retirarse a tener una conversación sobre obras, para la cual lo había citado el Presidente del Gobierno Regional a la hora de la sesión del Concejo. Que en otras dos sesiones existe información de que el Alcalde ha dejado de asistir, a una por razones de salud y a otra por haber sido citado por el Obispo para discutir programas de ayuda a la población;

Que en consecuencia, no es exacta la información aparecida en la edición del diario Correo de Huancayo del 10 de marzo del 2005 si la cotejamos con las actas oficiales del Municipio respectivo, cosa que pudo hacer la periodista encargada de escribir la nota;

Que el Director del Diario Correo de Huancayo sostiene que «la información redactada por la periodista Elizabeth Gómez Ramos responde a declaraciones formuladas por los regidores Luz Vidal de Vadillo. Ninoska Veliz, Rosa Córdova, Abel Quispe Villalobos y Wilfredo Antalón, quienes cuestionaron las reiteradas ausencias del mencionado burqomaestre a las sesiones de concejo»:

Que, sin embargo, la información presentada en el cuadro «debe saber que» anexo al articulo antes referido y ubicado en la página 3 de la edición de Correo de Huancayo del 10 de marzo del 2005 es una información que se presenta como verdadera en os hechos, sin serlo como se desprende de las actas de sesión del Concejo antes citadas;

Que, por consiguiente, es pertinente que se haga la rectificación de información de hechos materia del caso;

En uso de las atribuciones conferidas por su Reglamento.

RESUELVE:

Artículo 1o Disponer que el Diario Correo do Huancayo publique la carta rectificatoria presentada por el alcalde de Tambo, Huancayo, don Sergio Cárdenas Alarcón, en relación al artículo “Ediles cuestionan faltas de alcalde a sesiones de concejo» de la edición del 10 de marzo del 2005, en especial, por la información dada en el recuadro “debe saber qué”.

Artículo 2o Si la rectificación no fuere hecha en un plazo de siete días calendario de recibida esta resolución, el Tribunal de Ética dispone la publicación de esta resolución en los medios de comunicación afiliados al Consejo de la Prensa Peruana.

Regístrese, comuníquese y archívese.

MARCIAL RUBIO CORREA                       ALFONSO DE LOS HEROS PA.
Presidente                                                     Vicepresidente

ALBERTO CAZORLA TALLERI             ARMANDO ZOLEZZI MOLLER
Vocal                                                                 Vocal          

TERESA QUIROZ VELASCO
Vocal  

(Ver documento original)