Caso 29-03, Ministro de Defensa, Aurelio Loret de Mola / programa La Ventana Indiscreta, Frecuencia Latina

Queja

Lima, 20 de Octubre de 2003

Señor Doctor
MARIO PASCO COSMÓPOLIS
Presidente del Tribunal de Ética
del Consejo de la Prensa Peruana
Ciudad

Estimado señor:
Adjunto a la presente se servirá encontrar un vídeo que demuestra cómo, por cuarta vez consecutiva, la señora Valenzuela no se toma el trabajo de investigar un poquito para proporcionar una información veraz al televidente.
Bastaría una breve visita a los Registros Públicos para comprobar que el Banco Regional del Norte se fusionó con Solventa dando lugar al NORBANK. No he sido director ni abogado de ninguna de esas instituciones financieras. Si lo fui del Banco del Progreso y dejé de serlo cuando se fusionó con NORBANK dando lugar al NBK Bank.
Por lo tanto ruego a usted y por su intermedio a los integrantes del Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana, que considere la presente como una ampliación de mi solicitud de queja contra la señora Valenzuela por las mismas razones acotadas en ésta.
Sin más sobre el particular, quedo de usted.
Atentamente

Aurelio Loret de Mola                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                    
Ministro de Defensa

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Resolución

TRIBUNAL DE ÉTICA
CONSEJO DE LA PRENSA PERUANA
RESOLUCIÓN No. 29-03-TE/2004

VISTA:

La queja presentada con fecha 20 de octubre del 2003, por el Dr. Aurelio Loret de Mola contra el programa «La Ventana Indiscreta» de Frecuencia Latina, Canal 2, a raíz de la difusión del informe en dicho programa el día 19 de octubre del 2003;

CONSIDERANDO:

  1. Que el programa «La Ventana Indiscreta» de Frecuencia Latina, Canal 2, hizo un informe el día 19 de octubre del 2003 en el que por la forma de presentación de textos e imágenes se da a entender que el entonces Ministro de Defensa Aurelio Loret de Mola Böhme fue director del NBK Bank y que en calidad de tal tuvo responsabilidad en los problemas que aquejaron a dicha institución bancaria
  2. Que los registros públicos muestran que el Dr. Aurelio Loret de Mola no fue director del NBK Bank. Fue Director de un banco que se fusionó con un segundo banco para formar el NBK Bank. Sin embargo, al producirse la fusión el Dr. Aurelio Loret de Mola cesó toda relación en calidad de abogado o de director con estos bancos.
  3. Que en consecuencia la información dada en el programa «La Ventana Indiscreta» de Frecuencia Latina, Canal 2, vinculando al Dr. Aurelio Loret de Mola como Director con el NBK Bank es falsa.

SE RESUELVE:

  1. Declarar fundada la queja interpuesta por el Dr. Aurelio Loret de Mola Böhme contra el programa «La Ventana Indiscreta» de Frecuencia Latina, Canal 2, emitido el día 19 de octubre del 2003;
  2. Disponer que el programa «La Ventana indiscreta” de Frecuencia Latina, Canal 2, dé a conocer esta resolución, de manera adecuada, en su programa más próximo; y,
  3. En caso que el programa «La ventana Indiscreta» Frecuencia Latina, Canal 2, no difunda esta resolución en un plazo dado, el Tribunal de Ética dispondrá su publicación en otros medios de comunicación, asociados al Consejo de la Prensa Peruana.

En Lima, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil cuatro.

MARCIAL RUBIO CORREA     ALFONSO DE LOS HEROS PA.
Presidente                                  Vicepresidente

CECILIA BLONDET                MARIO PASCO COSMÓPOLIS
Vocal                                         Vocal

ARMANDO ZOLEZZI MOLLER        ALBERTO CAZORLA TALLERI
Vocal                                                     Vocal

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Publicación en el medio

Caso-29-03-Publicación-en-La-Republica-Res.-Nº-29-03-TE-2004